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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 13 de marzo de 2008 368614 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0165/RE Lima, 4 de febrero de 2008Visto, los expedientes Nº 9051-2007 y Nº 9259-2007, presentados por la ASOCIACION VIDA PERU, mediante los cuales solicita la inafectación del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) respecto a la donación recibida de Wheelchair Foundation, con sede en Danville, California, Estados Unidos de América. CONSIDERANDO:Que, de acuerdo con el literal k) del artículo 2º y el segundo párrafo del artículo 67º del TUO de la Ley del Impuesto General a las Ventas - IGV e Impuesto Selectivo al Consumo - ISC, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF y normas modifi catorias, no se encuentran gravadas con el IGV e ISC, entre otros, las donaciones que se realicen a favor de las Entidades e Instituciones Extranjeras de Cooperación Técnica Internacional (ENIEX), Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo (ONGD-PERU) nacionales e Instituciones Privadas sin fi nes de lucro receptoras de donaciones de carácter asistencial o educacional (IPREDA), que se encuentren inscritas en el Registro que tiene a su cargo la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI), y siempre que sea aprobada por Resolución Ministerial del Sector correspondiente; Que, la ASOCIACION VIDA PERU, se encuentra inscrita en el Registro de Instituciones Privadas sin fi nes de lucro receptoras de donaciones de carácter asistencial o educacional (IPREDA), que conduce la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI, de conformidad con la Directiva de procedimientos de aceptación y aprobación, internamiento de donaciones de carácter asistencial o educacional provenientes del exterior, aprobada por Resolución Suprema Nº 508-93-PCM; Que, mediante Certifi cado de Donación de fecha 20 de diciembre de 2006, legalizado por el Consulado General del Perú en San Francisco, se observa que, Wheelchair Foundation ha efectuado una donación a favor de la ASOCIACION VIDA PERU; Que, los bienes donados consisten en 295 cajas, conteniendo sillas de ruedas y repuestos de sillas de ruedas, con un valor FOB de US$ 21,311.40 (Veintiún mil trescientos once y 40/100 Dólares americanos), amparados con Declaración Única de Aduanas Nº 118-2007-10-076407-01-0-00 de fecha 16-Abr-07, con un peso bruto manifestado de 6,193.43 kilos, según Conocimiento de Embarque Nº 5860092631 de fecha 14-Mar-07, y un peso bruto recibido de 6,210 kilos, amparados con la DUA antes indicada. La donación se destinó para el apoyo a instituciones y/o personas de bajos recursos económicos, y fue distribuida en coordinación con el Rotary Club Internacional Distrito 4450, de acuerdo a la Declaración Jurada de fecha 18-Jul-07; Que, mediante Decreto Supremo Nº 041-2004- EF se delega al Ministerio de Relaciones Exteriores, la facultad de aprobar mediante Resolución Ministerial la inafectación de IGV e ISC a las donaciones efectuadas a favor de ENIEX, ONGD-PERU e IPREDA, a que se refi ere el primer considerando; Que, en consecuencia corresponde al Sector Relaciones Exteriores, aprobar la donación efectuada por Wheelchair Foundation a favor de la ASOCIACION VIDA PERU; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, Decreto Legislativo Nº 935, Decreto Supremo Nº 041-2004-EF y la Resolución Suprema Nº 508-93-PCM; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar la inafectación del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) correspondiente a la donación efectuada por Wheelchair Foundation a favor de la ASOCIACION VIDA PERU, consistente en 295 cajas, conteniendo sillas de ruedas y repuestos de sillas de ruedas, con un valor FOB de US$ 21,311.40 (Veintiún mil trescientos once y 40/100 Dólares americanos), amparados con Declaración Única de Aduanas Nº 118-2007-10-076407-01-0-00 de fecha 16-Abr-07, con un peso bruto manifestado de 6,193.43 kilos, según Conocimiento de Embarque Nº 5860092631 de fecha 14-Mar-07, y un peso bruto recibido de 6,210 kilos, amparados con la DUA antes indicada. La donación se destinó para el apoyo a instituciones y/o personas de bajos recursos económicos, y fue distribuida en coordinación con el Rotary Club Internacional Distrito 4450, de acuerdo a la Declaración Jurada de fecha 18-Jul-07; Artículo Segundo.- Remitir copia de la presente Resolución a la Contraloría General de la República, a la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria -SUNAT y al interesado, para los efectos a que se contrae el Decreto Supremo Nº 041-2004-EF, dentro de los plazos establecidos. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 164117-6 Oficializan el “IV Congreso de la Asociación Latinoamericana de Cuidados Paliativos” y el “I Congreso de la Sociedad Peruana de Cuidados Paliativos”, a realizarse en la ciudad de Lima RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0276/RE Lima, 28 de febrero de 2008VISTO:El ofi cio 197-2008-DVM/MINSA de fecha 8 de febrero de 2008, mediante el cual el Viceministro de Salud, solicita a nombre de la Asociación Latinoamericana de Cuidados Paliativos, la ofi cialización del “IV Congreso de la Asociación Latinoamericana de Cuidados Paliativos” y el “I Congreso de la Sociedad Peruana de Cuidados Paliativos”, a realizarse en la ciudad de Lima del 26 al 29 de marzo de 2008. CONSIDERANDO: Que el objetivo principal de los eventos es proveer: 1) educación de calidad para el desarrollo y promoción de los cuidados paliativos en América Latina; y 2) un espacio para facilitar la transmisión de nuevos conocimientos y tecnología. De conformidad con los artículos 1 y 2 del Decreto Supremo Nº 001-2001-RE, de fecha 3 de enero del 2001 y el inciso m) del artículo 5 del Decreto Ley Nº 26112, Ley Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores de 29 de diciembre de 1992. SE RESUELVE:Artículo Primero.- Ofi cializar el “IV Congreso de la Asociación Latinoamericana de Cuidados Paliativos” y el “I Congreso de la Sociedad Peruana de Cuidados Paliativos”, a realizarse en la ciudad de Lima, del 26 al 29 de marzo de 2008. Artículo Segundo.- La presente Resolución no irrogará gastos al Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores 172499-1