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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE MARZO DEL AÑO 2008 (13/03/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 34

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 13 de marzo de 2008 368608 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 172-88-RE, del 28 de abril de 1988, se emitió la Tabla de Jurisdicciones de las Ofi cinas Consulares del Perú en el exterior, la misma que estableció para el Consulado General en Guayaquil, República del Ecuador, circunscripción en las provincias de Guayas, Galápagos, Los Ríos y Manabí; Que, mediante mensaje Nº 411, del 25 de febrero de 2008, el Consulado General del Perú en Guayaquil informó que a través de la Ley Nº 206, publicada el 7 de noviembre de 2007, se creó en la República del Ecuador la provincia de “Santa Elena” como unidad territorial, política y administrativa, cuyo Cantón de Salinas integraba la provincia de Guayas; Que, resulta necesario proceder a dar coherencia y actualizar la circunscripción del Consulado General del Perú en Guayaquil, de acuerdo a la nueva división política de la República del Ecuador; Con la opinión favorable de la Subsecretaría de Comunidades Peruanas en el Exterior del Ministerio de Relaciones Exteriores y del Consulado General del Perú en Guayaquil, Jefatura de Servicios Consulares en la República del Ecuador; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 118º inciso 11) de la Constitución Política del Perú; en los artículos 37º y 38º del Reglamento Consular del Perú, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 076-2005-RE del 5 de octubre de 2005, así como en la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares; DECRETA:Artículo Primero.- Modifi car la Resolución Suprema Nº 172-88-RE, del 28 de abril de 1988, en lo que se refi ere a la circunscripción del Consulado General del Perú en Guayaquil, República del Ecuador; el mismo que a partir de la fecha tendrá circunscripción consular en las provincias de Guayas, Santa Elena, Galápagos, Los Ríos y Manabí. Artículo Segundo.- El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Relaciones Exteriores. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los doce días del mes de marzo del año dos mil ocho. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 175449-4 Modifican D.S. Nº 026-2007-RE en lo referente a la circunscripción del Consulado General del Perú en Quito, República del Ecuador DECRETO SUPREMO Nº 007-2008-RE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 026-2007-RE, del 27 de abril de 2007, se estableció que el Consulado General del Perú en Quito, República del Ecuador; tiene circunscripción consular en las provincias de Bolívar, Carchi, Cotopaxi, Esmeralda, Imbabura, Napo Pastaza, Sucumbios, Orellana, Pichincha y Tungurahua; Que, mediante mensaje Nº 490, del 11 de diciembre del 2007, el Consulado General del Perú en Quito informó que a través del Decreto Nº 2007-95 el Congreso de la República del Ecuador creó la provincia de “Santo Domingo de los Tsáchilas”, cuyo Cantón Santo Domingo de los Colorados integraba la provincia de Pichincha; Que, resulta necesario proceder a dar coherencia y actualizar la circunscripción del Consulado General del Perú en Quito, de acuerdo a la nueva división política de la República del Ecuador; Con la opinión favorable de la Subsecretaría de Comunidades Peruanas en el Exterior del Ministerio de Relaciones Exteriores y del Consulado General en Quito, República del Ecuador; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 118º inciso 11) de la Constitución Política del Perú; en los artículos 37º y 38º del Reglamento Consular del Perú, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 076-2005-RE del 5 de octubre de 2005, así como en la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares; DECRETA: Artículo Primero.- Modifi car el Decreto Supremo Nº 026- 2007-RE, del 27 de abril de 2007, en lo que se refi ere a la circunscripción del Consulado General del Perú en Quito, República del Ecuador; el mismo que a partir de la fecha tendrá circunscripción consular en las provincias de Bolívar, Carchi, Cotopaxi, Esmeralda, Imbabura, Napo, Pastaza, Sucumbios, Orellana, Pichincha, Santo Domingo de los Tsáchilas y Tungurahua. Artículo Segundo.- El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Relaciones Exteriores. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los doce días del mes de marzo del año dos mil ocho. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 175449-5 Delegan facultades para suscribir el Acuerdo con el Gobierno de Papúa Nueva Guinea sobre Supresión de Visas para Portadores de Pasaportes Diplomáticos, Especiales y Oficiales RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 072-2008-RE Lima, 12 de marzo de 2008Visto el Memorándum (SAP) Nº SAP0200/2008 de 28 de febrero de 2008, de la Subsecretaría para Asuntos de Asia, Cuenca del Pacífi co, África y Medio Oriente del Ministerio de Relaciones Exteriores; Debiéndose suscribir el “Acuerdo entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno del Estado Independiente de Papúa Nueva Guinea sobre Supresión de Visas para Portadores de Pasaportes Diplomáticos, Especiales y Ofi ciales” ; De conformidad con lo establecido en el inciso g) del artículo 5º del Decreto Ley Nº 26112, de 28 de diciembre de 1992, y el Decreto Supremo Nº 031-2007-RE de 21 de mayo de 2007; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Delegar en la persona del señor Embajador Claudio Julio de La Puente Ribeyro, Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República del Perú en el Commonwealth de Australia, las facultades sufi cientes para que suscriba el “Acuerdo entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno del Estado Independiente de Papúa Nueva Guinea sobre Supresión de Visas para Portadores de Pasaportes Diplomáticos, Especiales y Ofi ciales” . Artículo 2º.- Extender los Plenos Poderes correspondientes al señor Embajador Claudio Julio de La Puente Ribeyro, Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República del Perú en el Commonwealth de Australia. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 175449-19