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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE MARZO DEL AÑO 2008 (13/03/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 35

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 13 de marzo de 2008 368609 Autorizan al INDECOPI efectuar pago de cuota a la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI) RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 073-2008-RE Lima, 12 de marzo de 2008VISTO:El Ofi cio Nº 066-2008/GEG-INDECOPI, de 26 de febrero de 2008, del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI), por el que solicita al Ministerio de Relaciones Exteriores la expedición de la Resolución Suprema que autorice el pago de adeudos a la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI); CONSIDERANDO:Que el artículo 67º, numeral 67.3, de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, autoriza a las entidades del Sector Público a pagar, con cargo a sus respectivos presupuestos, las cuotas del Gobierno peruano a los organismos internacionales de los cuales el Perú es miembro; Que es obligación del Perú cumplir con el pago de las cuotas a los organismos internacionales de manera que permitan potenciar la capacidad de negociación en las gestiones diplomáticas y acrecentar el benefi cio de los fl ujos de cooperación y asistencia técnica internacional; Que, en consecuencia, es necesario autorizar el pago de adeudos al Organismo Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI), con cargo al presupuesto del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI); Estando a lo acordado; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar al Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI), a efectuar el pago de CHF 12,739.00 (DOCE MIL SETECIENTOS TREINTA Y NUEVE Y 00/100 FRANCOS SUIZOS) a la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI), correspondiente al pago del saldo de la cuota 2005, cuota 2006 y cuota 2007. Artículo 2º.- Los gastos que demande lo dispuesto en el artículo precedente, serán fi nanciados con cargo al presupuesto del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI). Artículo 3º.- La equivalencia en moneda nacional será establecida según el tipo de cambio vigente a la fecha de pago. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 175449-20 Dan por terminadas las funciones de Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en el Estado de Israel RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 074-2008-RE Lima, 12 de marzo de 2008Vista la Resolución Suprema Nº 218-2005-RE, de 12 de setiembre de 2005, que nombró al entonces Ministro en el Servicio Diplomático de la República Luis Gilberto Mendívil Canales, como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en el Estado de Israel; Vista la Resolución Ministerial Nº 1113-RE, de 6 de octubre de 2005, que fi jó el 1 de noviembre de 2005, como la fecha en la que el citado funcionario diplomático debió asumir funciones como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en el Estado de Israel; De conformidad con los artículos 7º, 13º inciso a) y 30º de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República; y los artículos 62º, 185º inciso b), 187º y 189º inciso b) del Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 130-2003-RE; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dar por terminadas las funciones del Embajador en el Servicio Diplomático de la República Luis Gilberto Mendívil Canales, como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en el Estado de Israel. Artículo Segundo.- Cancelar las Cartas Credenciales y los Plenos Poderes correspondientes. Artículo Tercero.- La fecha de término de funciones se fi jará por Resolución Ministerial. Artículo Cuarto.- Aplicar el egreso que irrogue la presente Resolución a las partidas correspondientes del Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 175449-21 Dan por terminadas las funciones de Cónsul General del Perú en Nagoya, Japón RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 075-2008-RE Lima, 12 de marzo de 2008Vista la Resolución Suprema Nº 265-2007-RE, de 20 de setiembre de 2007, que nombró Cónsul General del Perú en Nagoya, Japón, al Embajador en el Servicio Diplomático de la República, Eduardo Manuel Alfredo Llosa Larrabure; Vista la Resolución Ministerial Nº 1183-RE, de 1 de octubre de 2007, que fi jó el 1 de noviembre de 2007, como la fecha en que el citado funcionario diplomático debió asumir funciones como Cónsul General del Perú en Nagoya, Japón; De conformidad con los artículos 7º y 13º inciso a) de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República; y los artículos 62º, 185º inciso b), 187º y 189º inciso b) del Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 130-2003-RE; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dar por terminadas las funciones del Embajador en el Servicio Diplomático de la República, Eduardo Manuel Alfredo Llosa Larrabure, como Cónsul General del Perú en Nagoya, Japón. Artículo Segundo.- Cancelar las Letras Patentes correspondientes. Artículo Tercero.- La fecha de término de funciones se fi jará por Resolución Ministerial. Articulo Cuarto.- Aplicar el egreso que irrogue la presente Resolución a las partidas correspondientes