Norma Legal Oficial del día 13 de marzo del año 2008 (13/03/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 44

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 13 de marzo de 2008

por lo que resulta necesario reemplazar las piezas por accesorios originales. Asimismo, dichos repuestos solo son comercializados por el representante de la MORDAZA en el Peru, la empresa Ascensores Schindler del Peru S.A., el cual resulta ser el unico abastecedor del bien requerido, el que por lo expuesto constituye un bien que no admite sustituto. Que, el articulo 19, literal e) del T.U.O de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo N° 083-2004-PCM, establece que estan exoneradas de los procesos de seleccion las adquisiciones y contrataciones que se realicen cuando los bienes y servicios no admitan sustitutos y exista proveedor unico para lo cual debera emitirse la resolucion del Titular del Pliego de la Entidad, acompanada obligatoriamente de un informe tecnico legal realizandose dichas contrataciones y adquisiciones mediante acciones inmediatas de acuerdo con el articulo 20º del mencionado cuerpo legal; Que, asimismo el articulo 144° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 084-2004-PCM, establece que: "En los casos en que no existan bienes o servicios sustitutos a los requeridos por el area usuaria y siempre que exista un solo proveedor en el MORDAZA nacional, la Entidad podra contratar directamente. Se considerara que existe unico proveedor en los casos que por razones tecnicas o relacionadas con la proteccion de derechos se hayan establecido razones de exclusividad del proveedor"; Que, por tanto, en atencion a la normatividad MORDAZA mencionada y de conformidad con la opinion tecnica especializada de la Oficina de Servicios Generales y Mantenimiento del Hospital, se puede afirmar que la empresa Ascensores Schindler del Peru S.A., es la unica autorizada para representar al fabricante del producto en el Peru, asi como la que puede satisfacer el requerimiento de la Entidad, por lo que resulta procedente la exoneracion del MORDAZA de Adjudicacion Directa Selectiva para su adquisicion; Que, con Resolucion Directoral Nº 0021-DGHONADOMANI-SB-2008, se aprobo el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones para el ejercicio fiscal 2008 el cual incluye el MORDAZA de seleccion para la adquisicion de repuestos para ascensores; Estando a lo informado por la Oficina General de Asesoria Juridica mediante Informe N° 2395-2007-OGAJ/ MINSA documento que se emite en calidad de informe legal; Con el visado del Director General del Hospital Nacional Docente Madre-Nino "San Bartolome", el Director General de la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio de Salud; y, el Viceministro de Salud; De conformidad con el T.U.O de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo N° 083-2004-PCM y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 084-2004-PCM y a lo establecido en el Articulo 8° literal l) de la Ley N° 27657Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Exonerar del MORDAZA de Adjudicacion Directa Selectiva la adquisicion de repuestos para ascensores al Hospital Nacional Docente Madre-Nino "San Bartolome", por tratarse de un bien sujeto a unico proveedor en el MORDAZA y no existir la posibilidad de que se admitan bienes sustitutos. El monto de dicha adquisicion ascendera a un valor referencial total de S/. 140 193.64 (Ciento cuarenta mil ciento noventa y tres con 64/100 Nuevos Soles) con cargo a la fuente de financiamiento de Recursos Ordinarios. Articulo 2°.- Disponer la publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano y en el SEACE, dentro de los 10 dias habiles de su emision, asi como la remision a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado de MORDAZA de la misma y de los informes que la sustentan, dentro de los 10 dias habiles siguientes a la fecha de aprobacion. Articulo 3º.- Disponer que la Oficina de Logistica del Hospital Nacional Docente Madre-Nino "San Bartolome"

se encargue de realizar la adquisicion exonerada por la presente resolucion a traves de acciones directas e inmediatas. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA GARRIDO-LECCA MONTANEZ Ministro de Salud 174630-5

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Autorizan viaje de Inspectores de la Direccion General de Aeronautica Civil a EE.UU., en comision de servicios y sin irrogar gastos al Estado
RESOLUCION SUPREMA Nº 028-2008-MTC MORDAZA, 12 de marzo de 2008 VISTO: El Informe Nº 089-2008-MTC/12 del 25.02.08, de la Direccion General de Aeronautica Civil, y; CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27619, en concordancia con su MORDAZA reglamentaria aprobada por Decreto Supremo Nº 0472002-PCM, regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores, funcionarios publicos o representantes del Estado; Que, el numeral 8.2 del articulo 8º de la Ley Nº 29142, Ley del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2008, establece que quedan prohibidos los viajes al exterior de servidores o funcionarios publicos con cargo a recursos publicos, habiendose previsto excepciones las cuales seran autorizadas mediante Resolucion Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros; Que, la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil del Peru, establece que la Autoridad Aeronautica Civil es ejercida por la Direccion General de Aeronautica Civil como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, conforme a lo dispuesto en el articulo 4º de la Ley Nº 27261, es un objetivo permanente del Estado en materia de Aeronautica Civil, asegurar el desarrollo de las operaciones aerocomerciales en un MORDAZA de MORDAZA competencia y con estricta observancia de las normas tecnicas vigentes; Que, la Direccion General de Aeronautica Civil, a fin de mantener una estricta observancia sobre las normas tecnicas vigentes y mantener la calificacion otorgada al Peru por la Organizacion de Aviacion Civil Internacional, debe efectuar la atencion de las solicitudes de servicios descritos en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en concordancia con sus facultades de supervision e inspeccion de todas las actividades aeronauticas civiles; Que, el Informe Nº 048-2008-MTC/12.04, de fecha 22.02.08, de la Direccion de Seguridad Aeronautica de la Direccion General de Aeronautica Civil, senala que la empresa MORDAZA Up S.A., con Carta MORDAZA UP-JIE-Nº 045-08, presentada el 19.02.08, en el MORDAZA del Procedimiento Nº 5 de la seccion correspondiente a la Direccion General de Aeronautica Civil (Evaluacion del Personal Aeronautico), establecido en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 0082002-MTC, actualizado mediante Resolucion Ministerial Nº 644-2007-MTC/01 del 28.10.07, solicita a la Direccion General de Aeronautica Civil, efectuar los chequeos

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