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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE MARZO DEL AÑO 2008 (13/03/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 39

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 13 de marzo de 2008 368613 Dólares americanos), amparados con Declaración Única de Aduanas Nº 118-2006-10-155440-00 de fecha 4-Set-06, con un peso bruto manifestado de 12,203 kilos, según Volante de Despacho Nº 0000065225 de fecha 17-Ago-06 y un peso bruto recibido de 11,690 kilos, amparados con la DUA antes indicada, enviados en dos contenedores de 40´ Nº PONU7692903 y Nº TRLU5327061. La donación sirvió para atender a las personas con discapacidad según los objetivos del programa de impacto social: “Ruedas para el Mundo 2006”, desarrollado en las ciudades de Lima, Trujillo, Arequipa, Ancash, y Callao, entre otras; Que, mediante Decreto Supremo Nº 041-2004- EF se delega al Ministerio de Relaciones Exteriores, la facultad de aprobar mediante Resolución Ministerial la inafectación de IGV e ISC a las donaciones efectuadas a favor de ENIEX, ONGD-PERU e IPREDA, a que se refi ere el primer considerando; Que, en consecuencia corresponde al Sector Relaciones Exteriores, aprobar la donación efectuada por Joni and Friends a favor de la asociación CORAZONES UNIDOS CON LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, Decreto Legislativo Nº 935, Decreto Supremo Nº 041-2004-EF y la Resolución Suprema Nº 508-93-PCM; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Aprobar la inafectación del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) correspondiente a la donación efectuada por Joni and Friends a favor de la asociación CORAZONES UNIDOS CON LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD, consistente en 1,052 bultos conteniendo 224 sillas de ruedas usadas, 32 pares de muletas usadas, 112 andadores usados, 92 bastones usados, 22 cajas pequeñas de piezas de sillón de ruedas, 05 cajas grandes de piezas de sillón de ruedas, 229 sillas de ruedas usadas, 24 pares de muletas usadas, 285 andadores usados, 25 bastones usados y 02 paquetes de espuma usada, con un valor FOB de US$ 173,929.00, según dos Cartas de Donación ambas de fecha 28-Jul-06 y Rectifi cación de Carta e Inventario de Envío de fecha 28-Jun-07, y un valor FOB de US$ 174,831.00 (Ciento setenta y cuatro mil ochocientos treinta y uno y 00/100 Dólares americanos), amparados con Declaración Única de Aduanas Nº 118-2006-10-155440-00 de fecha 4-Set-06, con un peso bruto manifestado de 12,203 kilos, según Volante de Despacho Nº 0000065225 de fecha 17-Ago-06 y un peso bruto recibido de 11,690 kilos, amparados con la DUA antes indicada, enviados en dos contenedores de 40´ Nº PONU7692903 y Nº TRLU5327061. La donación sirvió para atender a las personas con discapacidad según los objetivos del programa de impacto social: “Ruedas para el Mundo 2006”, desarrollado en las ciudades de Lima, Trujillo, Arequipa, Ancash, y Callao, entre otras. Artículo Segundo.- Remitir copia de la presente Resolución a la Contraloría General de la República, a la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria -SUNAT y al interesado, para los efectos a que se contrae el Decreto Supremo Nº 041-2004-EF, dentro de los plazos establecidos. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 164117-4 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0164/RE Lima, 4 de febrero de 2008Visto, los expedientes Nº 13649-2006, Nº 2758-2007, Nº 5405-2007 y Nº 9802-2007, presentados por SOCIOS EN SALUD - SUCURSAL PERU, mediante los cuales solicita, en vía de regularización, la inafectación del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) respecto a la donación recibida de Partners In Health, con sede en Boston, Massachusetts, Estados Unidos de América.CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con el literal k) del artículo 2º y el segundo párrafo del artículo 67º del TUO de la Ley del Impuesto General a las Ventas - IGV e Impuesto Selectivo al Consumo - ISC, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF y normas modifi catorias, no se encuentran gravadas con el IGV e ISC, entre otros, las donaciones que se realicen a favor de las Entidades e Instituciones Extranjeras de Cooperación Técnica Internacional (ENIEX), Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo (ONGD-PERU) nacionales e Instituciones Privadas sin fi nes de lucro receptoras de donaciones de carácter asistencial o educacional (IPREDA), que se encuentren inscritas en el Registro que tiene a su cargo la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI), y siempre que sea aprobada por Resolución Ministerial del Sector correspondiente; Que, SOCIOS EN SALUD - SUCURSAL PERU, se encuentra inscrita en el Registro de ENIEX que conduce la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI, de conformidad con el Decreto Legislativo Nº 719 Ley de Cooperación Técnica Internacional y el Decreto Supremo Nº 015-92-PCM Reglamento de la Ley de Cooperación Técnica Internacional; Que, mediante Carta de Donación de fecha 30 de junio de 2002, legalizada por el Consulado General del Perú en Boston se observa que, Partners In Health ha efectuado una donación a favor de SOCIOS EN SALUD - SUCURSAL PERU; Que, los bienes donados consisten en 01 bulto, conteniendo medicinas, con un valor FOB de US$ 1,200.00 (Un mil doscientos y 00/100 Dólares americanos), según Carta de Donación de fecha 30-Jun-02, con un peso bruto de 22.50 kilos, de acuerdo al Comprobante de Deposito de Equipaje Nº 224 de fecha 30-Jun-02. Donación usada en el “Proyecto Colaborativo para el Fortalecimiento de la Estrategia DOTS Plus en el Perú, años 2001 - 2005”, bajo convenio entre el Ministerio de Salud, Socios en Salud y el Programa de Enfermedades Infecciosas y Cambio Social de la Escuela de Medicina de Harvard Boston, USA; Que, mediante Decreto Supremo Nº 041-2004- EF se delega al Ministerio de Relaciones Exteriores, la facultad de aprobar mediante Resolución Ministerial la inafectación de IGV e ISC a las donaciones efectuadas a favor de ENIEX, ONGD-PERU e IPREDA, a que se refi ere el primer considerando; Que, en consecuencia corresponde al Sector Relaciones Exteriores, aprobar la donación efectuada por Partners In Health a favor de SOCIOS EN SALUD - SUCURSAL PERU; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 719, Decreto Supremo Nº 015-92-PCM, Decreto Supremo Nº 055-99-EF, Decreto Legislativo Nº 935 y el Decreto Supremo Nº 041-2004-EF; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Aprobar, en vía de regularización, la inafectación del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) correspondiente a la donación efectuada por Partners In Health a favor de SOCIOS EN SALUD - SUCURSAL PERU consistente en 01 bulto, conteniendo medicinas, con un valor FOB de US$ 1,200.00 (Un mil doscientos y 00/100 Dólares americanos), según Carta de Donación de fecha 30-Jun-02, con un peso bruto de 22.50 kilos, de acuerdo al Comprobante de Deposito de Equipaje Nº 224 de fecha 30-Jun-02. Donación usada en el “Proyecto Colaborativo para el Fortalecimiento de la Estrategia DOTS Plus en el Perú, años 2001 - 2005”, bajo convenio entre el Ministerio de Salud, Socios en Salud y el Programa de Enfermedades Infecciosas y Cambio Social de la Escuela de Medicina de Harvard Boston, USA. Artículo Segundo.- Remitir copia de la presente Resolución a la Contraloría General de la República, a la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria - SUNAT y al interesado, para los efectos a que se contrae el Decreto Supremo Nº 041-2004-EF, dentro de los plazos establecidos. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 164117-5