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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE MARZO DEL AÑO 2008 (24/03/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 16

TEXTO PAGINA: 13

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 24 de marzo de 2008 369319 Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, según Resolución Nº 380-2008-TC-S3 de 04.02.2008, sanción que entrará en vigencia a partir del cuarto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. 15.VID AGRO S.A.C. Inhabilitación por doce (12) meses en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por haber presentado documentos falsos o inexactos, causal tipifi cada en el numeral 9) del artículo 294º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, según Resolución Nº 390-2008-TC-S1 de 04.02.2008, sanción que entrará en vigencia a partir del cuarto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. 16.RESAL E.I.R.L. Mediante Resolución Nº 481-2008- TC-S3 de 14.02.2008, se declaró infundado el recurso de reconsideración presentado por la indicada empresa contra la Resolución Nº 177-2008-TC-S4 de 21.01.2008, que le sanciona con un (01) año de inhabilitación en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por haber presentado documentos falsos o inexactos, causal tipifi cada en el numeral 9) del artículo 294º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM. 17.PROVEEDOR R.S. BOCHE E.I.R.L. Mediante Resolución Nº 481-2008-TC-S3 de 14.02.2008, se declaró infundado el recurso de reconsideración presentado por la indicada empresa contra la Resolución Nº 177-2008-TC-S4 de 21.01.2008, que le sanciona con un (01) año de inhabilitación en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por haber presentado documentos falsos o inexactos, causal tipifi cada en el numeral 9) del artículo 294º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM. 18. D.L.C. SALAS GROUP S.A.C. Inhabilitación por quince (15) meses en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por el incumplimiento injustifi cado de sus obligaciones derivadas del Contrato dando lugar a su resolución, causal tipifi cada en el literal b) del artículo 205º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, según Resolución Nº 490-2008-TC-S3 de 15.02.2008, sanción que entrará en vigencia a partir del cuarto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. 19. IMPORTACIONES DIANA S.A. Mediante Resolución Nº 501-2008-TC-S3 de 18.02.2008, se declaró infundado el recurso de reconsideración presentado por la indicada empresa contra la Resolución Nº 183-2008-TC-S3 de 21.01.2008, que le sanciona con catorce (14) meses de inhabilitación en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por no haber suscrito injustifi cadamente el contrato, causal tipifi cada en el numeral 1) del artículo 294º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM. 20.ELOY JESÚS SALAZAR MATTA. Inhabilitación por ocho (08) meses en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por haber presentado documentos falsos o inexactos, causal tipifi cada en el numeral 9) del artículo 294º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, según Resolución Nº 525-2008-TC-S3 de 20.02.2008, sanción que entrará en vigencia a partir del cuarto día hábil siguiente de publicada la indicada resolución. 21.CONCRETO TRANSFORMADO S.A. Inhabilitación por doce (12) meses en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por dar lugar a la resolución del contrato por causal atribuible a su parte, infracción tipifi cada en el numeral 2) del artículo 294º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, según Resolución Nº 527-2008-TC-S3 de 20.02.2008, sanción que entrará en vigencia a partir del cuarto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. 22.LAB DEPOT S.A. Mediante Resolución Nº 528- 2008-TC-S3 de 20.02.2008, se declaró infundado el recurso de reconsideración presentado por la indicada empresa contra la Resolución Nº 247-2008-TC-S3 de 25.01.2008, que le sanciona con nueve (09) meses de inhabilitación en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por haber presentado documentos falsos o inexactos, causal tipifi cada en el numeral 9) del artículo 294º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM. 23.REINELL PERÚ de IVÁN HERNÁNDEZ CORTÉZ. Mediante Resolución Nº 529-2008-TC-S3 de 20.02.2008, se declaró improcedente el recurso de reconsideración presentado por la indicada persona contra la Resolución Nº 163-2008-TC-S3 de 18.01.2008, que le sanciona con trece (13) meses de inhabilitación en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por dar lugar a la resolución de la orden de servicios por causal atribuible a su parte, infracción tipifi cada en el numeral 2) del artículo 294º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM. 24.PEDRO VLADIMIRO LEÓN MARTÍNEZ. Mediante Resolución Nº 530-2008-TC-S3 de 20.02.2008, se declaró infundado el recurso de reconsideración presentado por la indicada persona contra la Resolución Nº 348-2008-TC-S3 de 31.01.2008, que le sanciona con tres (03) meses de inhabilitación en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por haber presentado documentos falsos o inexactos, causal tipifi cada en el numeral 9) del artículo 294º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM. 25.ANJACK MÉDICA S.A.C. Mediante Resolución Nº 531-2008-TC-S3 de 20.02.2008, se declaró infundado el recurso de reconsideración presentado por la indicada empresa contra la Resolución Nº 347-2008-TC-S3 de 31.01.2008, que le sanciona con ocho (08) meses de inhabilitación en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por haber presentado documentos falsos o inexactos, causal tipifi cada en el numeral 9) del artículo 294º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM. 26.MERCEDES GROUP S.A.C. Mediante Resolución Nº 542-2008-TC-S3 de 21.02.2008, se declaró infundado el recurso de reconsideración presentado por la indicada empresa contra la Resolución Nº 350-2008-TC-S3 de 31.01.2008, que le sanciona con catorce (14) meses de inhabilitación en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por participar en un proceso de selección sin contar con inscripción vigente en el Registro Nacional de Proveedores, infracción tipifi cada en el numeral 5) del artículo 294º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM. 27. COMERCIALIZADORA DIBASAC E.I.R.L. Inhabilitación por quince (15) meses en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por dar lugar a la resolución de la orden de compra por causal atribuible a su parte, infracción tipifi cada en el numeral 2) del artículo 294º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, según Resolución Nº 544-2008-TC-S3 de 21.02.2008, sanción que entrará en vigencia a partir del cuarto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. 28.COMERCIAL JOREASA S.A.C. Inhabilitación por quince (15) meses en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por dar lugar a la resolución de la orden de compra por causal atribuible a su parte, infracción tipifi cada en el numeral 2) del artículo 294º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, según Resolución Nº 544-2008-TC-S3 de 21.02.2008, sanción que entrará en vigencia a partir del cuarto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. 29.COMERCIAL FERRETERA CASADO de GISELA CASADO SOSA. Inhabilitación por quince (15) meses en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por dar lugar a la resolución de la orden de compra por causal atribuible a su parte, infracción tipifi cada en el numeral 2) del artículo 294º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, según Resolución Nº 544-2008-TC-S3 de 21.02.2008, sanción que entrará en vigencia a partir del cuarto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución.