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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 24 de marzo de 2008 369310 VISTA: La Resolución Ministerial Nº 1380-2007-RE, de 29 de noviembre de 2007, que autorizó el viaje en Misión Ofi cial (Comisión Especial de Servicios en el Extranjero), a los expedicionarios integrantes de la Décimo Octava Campaña Científi ca del Perú a la Antártida (ANTAR XVII), para que se trasladen a la Estación Científi ca Antártica Machu Picchu (ECAMP) en la Isla Rey Jorge, Antártida, vía la ciudad de Punta Arenas, República de Chile; asignándoles los viáticos respectivos de la siguiente manera: Por permanencia en la República de Chile, a razón de US $ 200.00 diarios, otorgándoselos para un total de cuatro (04) días; y por permanencia en la Estación Científi ca Antártica Machu Picchu (ECAMP), a razón de US $ 40.00 diarios y para un total de cuarenta y tres (43) días; CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0112-2008- RE, de 29 de enero de 2008, se amplió la asignación de viáticos a los expedicionarios de la Décimo Octava Campaña Científi ca del Perú a la Antártida (ANTAR XVIII) por permanencia en Punta Arenas, República de Chile, para un (01) día adicional; Que, tomando en cuenta los viáticos otorgados al amparo de las resoluciones ministeriales glosadas en los párrafos precedentes, se obtiene que se otorgó a los Expedicionarios de la ANTAR XVIII, un total de cinco (05) días de viáticos para permanencia en Punta Arenas, República de Chile, y la Base Antártica Chilena “Presidente Eduardo Frei Montalvo” y cuarenta y tres (43) días de viáticos para permanencia en la Estación Científi ca Antártica Machu Picchu (ECAMP); Que, de acuerdo a los Informes Nº 001-2008-OPNS- IAP, de 14 de febrero de 2008, y Nº 01-08-CDCP/IAP/RE, de 21 de febrero de 2008, el área de Operaciones de la Expedición ANTAR XVIII, a su retorno al territorio peruano, rindió la información correspondiente al itinerario fi nal de la expedición, donde se indican los días de permanencia efectiva tanto en la Estación Científi ca Antártica Machu Picchu (ECAMP) que fueron treinta y nueve (39) días; como en la ciudad de Punta Arenas, República de Chile, y la Base Antártica Chilena “Presidente Eduardo Frei Montalvo”, que fueron un total de nueve (09) días; restando, por tanto, otorgar viáticos para cuatro (04) días de estancia habidos en la ciudad Punta Arenas, República de Chile, y la Base Antártica Chilena “Presidente Eduardo Frei Montalvo”; Que, de lo expuesto en los considerandos precedentes se colige que es necesario regularizar la asignación de viáticos para los Expedicionarios de la Décimo Octava Campaña Científi ca del Perú a la Antártida (ANTAR XVIII), otorgándoles los viáticos que cubran los gastos de los cuatro (04) días de permanencia de los habidos tanto en la ciudad Punta Arenas, como en la Base Antártica Chilena “Presidente Eduardo Frei Montalvo”, antes señalados, los cuales no se consideraron en las resoluciones correspondientes; Teniendo en cuenta el Memorándum (IAP) Nº 105/2008, de 05 de marzo de 2008, del Asesor del Despacho Ministerial en Asuntos Antárticos; De conformidad con la Resolución Ministerial Nº 1213- 2007-RE, el Decreto de Urgencia Nº 036-2007 y la Resolución Ministerial Nº 1270-2007-RE, el Ministerio de Relaciones Exteriores cuenta con la disponibilidad presupuestaria para asumir los gastos por concepto de viáticos de los expedicionarios de la Decimoctava Campaña Científi ca del Perú a la Antártida (ANTAR XVIII); SE RESUELVE:Artículo Primero.- Autorizar la ampliación de la asignación de viáticos a los expedicionarios de la Décimo Octava Campaña Científi ca del Perú a la Antártida (ANTAR XVIII), que fueron comisionados por la Resolución Ministerial Nº 1380-2007-RE, para viajar en Misión Ofi cial (Comisión Especial de Servicios en el Extranjero), con la fi nalidad de cubrir gastos de permanencia en la ciudad de Punta Arenas, República de Chile y en la Base Antártica Chilena “Presidente Eduardo Frei Montalvo”, por cuatro (04) días adicionales a los previamente otorgados mediante la Resolución Ministerial Nº 1380-2007-RE, y la Resolución Ministerial Nº 112-2008-RE; asignación que será de US$ 200.00 (Dos cientos y 00/100 dólares americanos) por día.Artículo Segundo.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, serán cubiertos con cargo al Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta: 33879: - Promoción de Acciones de Investigación Científi ca y del Medio Ambiente Antártico, debiéndose rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días, de acuerdo con el siguiente detalle: Nº Cargo Nombres y ApellidosViáticos por día US$Número de días Total viáticos US$ 1 Com. FAP Carlos Alfonso del Castillo Pinto 200.00 4 800.002 Com. ING Juan José Hernández Rodríguez 200.00 4 800.003 May ING Amillton Atalaya Juscamaita 200.00 4 800.004 SO1. MCE Ulices Vargas Vargas 200.00 4 800.005 Tco3 MA Juan Régulo Verastegui Castañeda 200.00 4 800.006 EC. Juan Oswaldo Zegarra Heras 200.00 4 800.007 EC. Demetrio López Castañeda 200.00 4 800.008 EC. Genaro Telésforo Toledo Rodríguez 200.00 4 800.009 EC. Roberto Zamudio Cerna 200.00 4 800.00 10 EC. Tiburcio Quispe Alata 200.00 4 800.00 11 Tco. Jefe Marcos Pacheco Sánchez 200.00 4 800.00 12 Tco3 IM Albino Alberto Milla Alegre 200.00 4 800.0013 SO1º MEI Carlos Augusto Rivas Dimas 200.00 4 800.0014 Luís Fernando Suárez Salas 200.00 4 800.00 15 Ana Contreras Marín 200.00 4 800.0016 May FAP José Washington Castillo Estremadoyro 200.00 4 800.0017 Raúl Eymard Sánchez Scaglioni 200.00 4 800.0018 Liliana Elizabeth Ayala Ayala 200.00 4 800.00 19 Luís Fernando Felipe Alvites 200.00 4 800.0020 Orlando Ccora Tuya 200.00 4 800.00 21 Manuel Arturo Echeandía Soberón 200.00 4 800.0022 Arturo Daniel Gonzáles Araujo 200.00 4 800.0023 Johan Nicolás Veerman Castro 200.00 4 800.00 24 Percy Gallegos Alejos 200.00 4 800.0025 Patricia Irene Gagliuf fi Flores 200.00 4 800.00 Artículo Tercero.- Los expedicionarios integrantes de la Décimo octava Campaña Científi ca del Perú a la Antártida (ANTAR XVIII) deberán rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días, por concepto de viáticos consignados en la presente Resolución; y mediante declaración jurada, por el tiempo de permanencia en la Estación Científi ca Antártica Macchu Picchu (ECAMP), según los informes elaborados por el Área de Operaciones de la Expedición ANTAR XVIII respecto a la permanencia en dicha estación científi ca. Artículo Cuarto.- La presente Resolución no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 178301-1 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Otorgan autorización a persona natural para prestar servicio de radiodifusión sonora comercial en FM en la localidad de Mazamari - Pangoa RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 219-2008-MTC/03 Lima, 14 de marzo de 2008VISTO, el Expediente Nº 2004-017902 presentado por don EDWIN MONTALVO RAYME, sobre otorgamiento de autorización para prestar el servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en el distrito de Pangoa, provincia de Satipo, departamento de Junín; CONSIDERANDO:Que, el artículo 14º de la Ley de Radio y Televisión - Ley Nº 28278, establece que para la prestación del servicio de radiodifusión, en cualquiera de las modalidades, se requiere de autorización, la cual se otorga por Resolución