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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE MAYO DEL AÑO 2008 (04/05/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 20

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 4 de mayo de 2008 371778 2.8 Compra de certifi cados y abono de los fondos Luego de conocido el resultado, se procederá a la transferencia de los certifi cados a favor del BCRP y se procederá a abonar la suma correspondiente en la cuenta corriente en moneda nacional o extranjera de la entidad participante en el BCRP, en el caso que las posea, de lo contrario la entidad participante deberá comunicar por escrito el destino de los fondos hacia una entidad que sea titular de una cuenta corriente en moneda nacional o extranjera en el BCRP, según corresponda 3. DE LA RECOMPRA DIRECTA La recompra directa de certifi cados se realiza fuera del mecanismo de subasta, de acuerdo a las condiciones y características que el BCRP determine en cada oportunidad. El BCRP comunicará en cada caso la disponibilidad de estas operaciones por los medios señalados en el numeral 2.1. Las propuestas deberán ser presentadas al Departamento de Operaciones Monetarias y Cambiarias de la Gerencia de Operaciones Monetarias y Estabilidad Financiera, en el formulario que esta proporcione. Las propuestas se enviarán al facsímil que se indique en el anuncio, con la clave de seguridad que corresponda y hasta la hora de cierre para la recepción de las propuestas. En el anuncio de los resultados y el abono de la moneda nacional o extranjera se procederá según lo establecido en los numerales 2.7 y 2.8 del presente reglamento. 4. VIGENCIA El presente reglamento rige a partir del día de su publicación en el diario ofi cial El Peruano. 195868-1 REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL Autorizan a procurador iniciar acciones legales a presuntos responsables de la comisión de delito contra la fe pública RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 240-2008-JNAC/RENIEC Lima, 25 de abril del 2008.VISTOS: El Ofi cio Nº 117-2008/GP/RENIEC, de la Gerencia de Procesos y el Informe Nº 000068-2008-GAJ/RENIEC, de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el Sistema Automatizado de Identifi cación Dactilar – AFIS de propiedad del RENIEC, ha detectado suplantaciones, identidades múltiples y otros, de ciudadanos al comparar sus impresiones dactilares con la base de datos del registro, y mediante los Informes de Homologación Monodactilar Nº 3051, 2968, 3050, 3013, 3032, 2990, 3005, 3035, 3034, 3020, 3048, 3061, 3049, 2994/AFIS/2007/DDG/GP/RENIEC e Informes de Homologación Monodactilar AFIS Nº 0009, 0007, 0008, 0010, 0022 y 0012-2008/DDG/GP/RENIEC, se determinó que veinte ciudadanos obtuvieron indebidamente doble inscripción con datos distintos en el Registro Único de Identifi cación de las Personas Naturales, siendo que en el último caso varió su fecha y lugar de nacimiento, manteniendo sus mismos nombres; siendo dichas inscripciones las siguientes: N° de Informe AFISD.N.I. CanceladoRes. de CancelaciónNombres y Apellidos de los presuntos responsablesD.N.I. Vigente 2192 44099928 276-2007/SGDI Jesusa Cóndor Poccori 16173631 1186 45389775 193-2007/SGDI Debora Franco Victorino 80146018 1877 43350055 259-2007/SGDI Ramón Rodríguez Chávez 026824571976 80178136 273-2007/SGDI Martha Andaluz López López 000280192200 80182066 276-2007/SGDI Enerson Torre Quispe 80093600N° de Informe AFISD.N.I. CanceladoRes. de CancelaciónNombres y Apellidos de los presuntos responsablesD.N.I. Vigente 1183 44790516 193-2007/SGDI Melitón Calisaya Vilcarana 42715276 2056 40571132 279-2007/SGDI María Angela Centón Orcco 004813822134 42876746 266-2007/SGDI Martha Charca Lupaca 01795620 1166 42698146 193-2007/SGDI María Concepción Paipay Apolaya 09812841 1829 42528239 225-2007/SGDI Angel Tocas Marreros 19412042 1177 44746704 193-2007/SGDI Julián Huarino Apaza 005018811179 42831628 193-2007/SGDI Mario Huarachi Roque 801902781165 43707680 193-2007/SGDI Julhy Ruquita Cuñañay Canayo 80513140 2131 80201945 266-2007/SGDI Domatila Doris Saguma Yaguana 02658668 1176 44745604 193-2007/SGDI Victoriano Condori Jallurana 023628911173 44752732 193-2007/SGDI Fiorella Elizabeth Ruíz Miyakawa 32887526 2197 41028162 276-2007/SGDI Alfredo Vallejo Pariona 80024708 1163 43783893 193-2007/SGDI José Luis Tapia Terrones 010524661184 43558402 193-2007/SGDI Luis Alberto Chacón Palacios 00368277 2202 80072926 276-2007/SGDI Alejandro Cruz Serrano 19922386 Que, si bien las resoluciones administrativas antes señaladas, excluyeron defi nitivamente la segunda inscripción, del Registro Único de Identifi cación de las Personas Naturales, se presume que los ciudadanos cuyos nombres aparecen en la relación, habrían cometido en agravio del RENIEC el delito contra la Fe Pública, en la modalidad de falsedad ideológica, tipifi cado en el artículo 428º del Código Penal, dado que ninguna persona puede tener dos identidades; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497; y en atención al Informe de la Gerencia de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar al Procurador Público encargado de los asuntos judiciales del RENIEC para que interponga las acciones legales que correspondan por la presunta comisión del delito contra la Fe Pública, en la modalidad de falsedad ideológica, en agravio del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil, contra los siguientes ciudadanos: Jesusa Cóndor Poccori; Debora Franco Victorino; Ramón Rodríguez Chávez; Martha Andaluz López López; Enerson Torre Quispe; Melitón Calisaya Vilcarana; María Angela Centón Orcco; Martha Charca Lupaca; María Concepción Paipay Apolaya; Angel Tocas Marreros; Julián Huarino Apaza; Mario Huarachi Roque; Julhy Ruquita Cuñañay Canayo; Domatila Doris Saguma Yaguana; Victoriano Condori Jallurana; Fiorella Elizabeth Ruíz Miyakawa; Alfredo Vallejo Pariona; José Luis Tapia Terrones; Luis Alberto Chacón Palacios y Alejandro Cruz Serrano. Artículo Segundo.- Remitir lo actuado al Procurador Público del RENIEC, para los fi nes a que se contrae la presente Resolución. Regístrese, publíquese y cúmplase.EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 195665-6 SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Autorizan viaje de funcionario a Tailandia para participar en reuniones sobre la implementación del Nuevo Acuerdo de Capital Basilea II RESOLUCIÓN SBS Nº 1260-2008 28 de abril de 2008Descargado desde www.elperuano.com.pe