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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 13 de mayo de 2008 372185 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA Disponen el embanderamiento general del distrito con motivo de realizarse la V Cumbre ALC-UE DECRETO DE ALCALDÍA Nº 010-2008-ALC/MDLV La Victoria, 12 de mayo de 2008EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA CONSIDERANDO: Que, conforme lo establecido en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, concordado con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades -Ley Nº 27972-, las municipalidades gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, entre los días 13 y 17 de mayo del presente año se llevará a cabo en nuestro país la V Cumbre de Jefes de Estado de América Latina, el Caribe y la Unión Europea (ALC-UE), a la cual asistirán un total de 60 Jefes de Estado de las diferentes naciones que integran este foro; Que, asimismo, durante los días 16 y 17 de los corrientes, nuestro país será anfi trión de la V Cumbre de Jefes de Estado y Gobiernos de América Latina, el Caribe y la Unión Europea - 2008; Que, se ha publicado con fecha 9 de mayo del presente en el Diario Ofi cial El Peruano el Decreto Supremo Nº 036-2008- PCM con el que se dispone el embanderamiento general y obligatorio de todos los inmuebles públicos y privados ubicados en Lima Metropolitana y la Provincia Constitucional del Callao los días 16 y 17 de mayo de 2008, con excepción de los inmuebles de las Misiones Diplomáticas, Representaciones Permanentes de Organismos Internacionales y Ofi cinas Consulares acreditadas ante el Gobierno Nacional; Que, siendo responsabilidad de las autoridades municipales velar por el cumplimiento de lo dispuesto en el indicado dispositivo; En uso de las atribuciones conferidas en el numeral 6) del artículo 20º de la Ley Nº 27972, DECRETA: Artículo Primero.- Disponer el embanderamiento general de todos los inmuebles públicos y privados ubicados en el distrito de La Victoria del 16 al 17 de mayo de 2008, con motivo de la realización de la V Cumbre de Jefes de Estado y de Gobiernos de América Latina, el Caribe y la Unión Europea 2008. Artículo Segundo.- Exceptuar de lo dispuesto en el artículo precedente a los inmuebles de las Misiones Diplomáticas, Representaciones Permanentes de Organismos Internacionales y Ofi cinas Consulares acreditadas ante el Gobierno Nacional, ubicadas en la jurisdicción del distrito de La Victoria. Artículo Tercero.- Precisar que el uso del escudo en la Bandera Nacional sólo será empleado por las entidades y organismos públicos conforme a Ley. Artículo Cuarto.- Encargar a la Subgerencia de Imagen Institucional y Comunicación Social, en coordinación con la Gerencia de Seguridad Ciudadana, la difusión y el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía. Regístrese, comuníquese y cúmplase. ALBERTO SÁNCHEZ AIZCORBE C. Alcalde 199074-1MUNICIPALIDAD DE LOS OLIVOS Aprueban el Reglamento para la Preparación, Convocatoria y Ejecución del Proceso de Presupuesto Participativo ORDENANZA Nº 299-CDLO Los Olivos, 24 de abril de 2008EL CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DE LOS OLIVOS VISTO: El Dictamen Conjunto Nº 001-2007-MDLO/ CPC-CAL-CDU-CEJ-CEP de las Comisiones Permanentes de Participación Ciudadana, Asuntos Legales, Desarrollo Urbano, Economía y Presupuesto; y, CONSIDERANDO: Que, los Artículos 195° y 197° de la Constitución Política del Perú establecen que los gobiernos locales promueven el desarrollo y la economía local así como promueven, apoyan y reglamentan la participación vecinal en el desarrollo local; Que, mediante la Ley N° 28056 - “Ley Marco del Presupuesto Participativo” y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 171-2003-EF se establecen disposiciones y lineamientos que permiten asegurar la efectiva participación de la Sociedad Civil en el proceso de programación participativa del presupuesto; Que el Artículo 53º de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades dispone que los Municipios se rigen por Presupuestos Participativos anuales como instrumentos de administración y gestión, los mismos que se formulan, aprueban y ejecutan conforme a la Ley de la materia y en concordancia con los planes de desarrollo concertados en su jurisdicción, precisando el artículo 97° que los planes de desarrollo municipal concertados y sus presupuestos participativos tienen un carácter orientador de la inversión asignación y ejecución de los recursos municipales, los que deben ser aprobados por el Concejo Municipal; Que, de acuerdo al Artículo 112° de la acotada Ley Orgánica de Municipalidades, los gobiernos locales promueven la participación vecinal en la formulación, debate y concertación de sus planes de desarrollo, presupuesto y gestión; Que, la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto, acorde con el Instructivo N° 002-2008-EF.76. Instructivo para el Proceso del Presupuesto Participativo para el año fi scal 2009 aprobado con Resolución Directoral Nº 021-2008-EF/76.01, con Informe N° 007-2007-MDLO/OPP remite las fases, reglas, procedimiento y Cronograma propuesto para el citado proceso; Estando a lo dictaminado y en ejercicio de las atribuciones conferidas por los numerales 8) y 9) del Artículo 9º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de las Municipalidades, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, el Concejo Municipal, por unanimidad, aprobó la siguiente: ORDENANZA Nº 299-CDLO QUE APRUEBA EL REGLAMENTO PARA EL PLANEAMIENTO, CONVOCATORIA /SELECCIÓN DE PARTICIPANTES Y DESARROLLO DEL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LOS OLIVOS PARA EL AÑO FISCAL 2009 Artículo Primero.- APROBAR el Reglamento para la Preparación, Convocatoria y Ejecución del Proceso del Presupuesto Participativo para el Año Fiscal 2008 de la Municipalidad Distrital de Los Olivos, que consta de 04 Títulos, 42 Artículos, cuatro Disposiciones Finales Descargado desde www.elperuano.com.pe