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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 31 de mayo de 2008 373252 PREDIO 1G Av. Grau Nº 1578 – 1586 – 1598 Jr. Lluta Nº 108 – 116 – 120 – 124 VERTICE LADO DISTANCIA ANG. INTERNO ESTE (X) NORTE (Y) A A-B 12,00 90º17’17” 280948,0641 8666768,4179 B B-C 34,27 89º52’37” 280955,5351 8666777,8086 C C-D 12,10 88º56’33” 280982,3054 8666756,4166D D-A 34,02 90º53’33” 280974,5787 8666747,1049 TOTAL 92,39 360º0’0” POLIGONAL Nº 2 PREDIO 2A Av. Grau Nº 1600 – 1604 – 1608 VERTICE LADO DISTANCIA ANG. INTERNO ESTE (X) NORTE (Y) A A-B 22,10 89º43’35” 280964,8735 8666789,5611 B B-C 16,15 90º16’25” 280978,6324 8666806,8557 C C-D 22,10 90º0’0” 280991,3152 8666796,8643D D-A 16,25 90º0’0” 280977,6393 8666779,5044 TOTAL 76,60 360º0’0” PREDIO 2B Av. Grau Nº 1624 – 1630 VERTICE LADO DISTANCIA ANG. INTERNO ESTE (X) NORTE (Y) A A-B 26,00 89º50’12” 280978,6324 8666806,8557 B B-C 10,50 90º9’47” 280994,7801 8666827,2335 C C-D 26,00 89º50’13” 281003,0282 8666820,7357D D-A 10,50 90º9’48” 280986,8805 8666800,3580 TOTAL 73 360º0’0” 207208-1 MUNICIPALIDAD DE ATE Aprueban proyecto de regularización de habilitación urbana ejecutada de terreno ubicado en el Fundo La Puruchuca RESOLUCIÓN DE GERENCIA Nº 103 Ate, 22 de mayo de 2008 EL GERENTE DE DESARROLLO URBANO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE VISTO: El Expediente N° 48117-2007 seguido por la ASOCIACION DE VIVIENDA SAN FRANCISCO DE ASIS, por el cual solicitan la aprobación de Regularización de Habilitación Urbana Ejecutada, denominada Urbanización “Alpamayo” para el Uso Residencial de Densidad Media “RDM”, Otros Usos “OU”, Protección y Tratamiento Paisajista “PTP” del terreno de 148,980.09 m2; ubicado en el Fundo La Puruchuca, del Valle de Ate Bajo, distrito de Ate, provincia y departamento de Lima. CONSIDERANDO: Que, mediante Ofi cio N° 572-2008-MML-GDU-SPHU de fecha 14 de marzo de 2008 la Sub Gerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas de la Municipalidad Metropolitana de Lima comunica a la Asociación de Vivienda San Francisco de Asís que habiendo efectuado la evaluación correspondiente por dicha Sub Gerencia, advierte que la propuesta de Regularización de Habilitación Urbana Ejecutada para el uso Residencial de Densidad Media “RDM”, Otros Usos “OU” y Protección y Tratamiento Paisajista “PTP” cumple con los Planes Urbanos en lo referente a zonifi cación, vías y aportes reglamentarios de conformidad a lo establecido en las Ordenanzas N° 1099- MML, N° 341-MML y N° 836-MML respectivamente; para tales efectos se adjunta el plano signado con el N° 002-2008-MML-GDU-SPHU correspondiente a la Visación del Plano de Lotización para el procedimiento administrativo antes mencionado; de acuerdo a lo estipulado en el Decreto de Alcaldía N° 082-MML publicado el 29 de diciembre de 2006. Que, mediante Resolución de Sub Gerencia N° 020 de fecha 17 de enero de 2008 se resuelve otorgar la Visación del Plano Perimétrico N° 020-2008-SGPUC-GDU/MDA y Memoria Descriptiva para Fines Notariales seguido por la Asociación de Vivienda San Francisco de Asís, correspondiente al terreno de 148,980.09 m2 ubicado en el Fundo La Puruchuca situado en el Valle de Ate Bajo, distrito de Ate, provincia y departamento de Lima. Que, mediante Acuerdo N° 06 tomado en Sesión N° 05-2008-CTDHU/MDA de fecha 18 de abril de 2008 la Comisión Técnica Dictaminadora de Habilitación Urbana emitió dictamen FAVORABLE aprobando el Proyecto de Regularización de Habilitación Urbana Ejecutada para Uso Residencial de Densidad Media “RDM”, Otros Usos “OU”, Protección y Tratamiento Paisajista “PTP” del terreno de 148,980.09 m2, del distrito de Ate, provincia y departamento de Lima; estableciéndose para la zonifi cación “RDM” el Aporte de Recreación Pública con un área de 13,095.93 m2 constituido por el Parque Los Gladiolos con 2,241.14 m2, Parque Las Margaritas con 2,312.48 m2, Parque Los Tulipanes con 1,068.08 m2, Plazuela Los Lirios con 2,257.70 m2 y Parque Las Azucenas con 5,216.53 m2; el Aporte de Renovación Urbana con 1,375.48 m2 ubicado en el lote 02 de la Manzana “T”; el Aporte del Ministerio de Educación con 2,150.00 m2 ubicado en el lote 13 de la Manzana “F”, con un défi cit de 600.80 m2; asimismo se estableció como défi cit el Aporte de Parques Zonales con 2,750.80 m2 y Servicios Públicos Complementarios – Otros Fines con 2,750.80 m2 y para la zonifi cación “OU” los siguientes défi cits de Aportes: Parques Zonales con 434.90 m2, Renovación Urbana con 260.94 m2 y Servicios Complementarios – Otros Fines con 173.96 m2, los cuales deberán ser redimidos en dinero de conformidad con el Artículo 10° de la Ordenanza N° 836-MML. Que, mediante Valorización N° 014-2008-SGPUC-GDU/MDA de fecha 23 de abril de 2008 se efectuó la liquidación referente al défi cit de aporte de Servicios Públicos Complementarios – Otros Fines de 2,750.80 m2 para la Zonifi cación “RDM” y por Proyectos de Habilitación Urbana con autorización para Ejecutar Obras, de acuerdo con lo estipulado en el Decreto de Alcaldía N° 079/MML, la cual asciende a un monto total de S/. 152,712.20 nuevos soles y mediante Resolución Sub Gerencial de Recaudación y Control N° 045-2008-SGRyC-GAT/MDA de fecha 29 de abril de 2008, resuelve aprobar la solicitud de Fraccionamiento en 6 cuotas de la mencionada valorización y con Recibo de Pago N° 0004192265 de fecha 29 de abril de 2008 pagado en la tesorería de esta Corporación Municipal, acreditan la cancelación de la primera cuota por un monto de S/. 45,000.00 de la mencionada Resolución de Fraccionamiento. Que, los administrados mediante Anexo N° 1783-08 de fecha 5 de mayo de 2008 presentan un Reajuste al Plano de Lotización aprobado por la Comisión Técnica de Habilitaciones Urbanas donde acumulan 2 lotes de la Manzana “M”, corrigen el área de algunos lotes de la Manzana “H” y rectifi can el área del Parque Las Azucenas a 5,183.16 m2, manteniéndose inalterable el área de los demás aportes reglamentarios así como invariable el diseño urbano aprobado. Que, el Artículo décimo de la Ordenanza N° 836- MML, establece que sólo para el caso de Habilitaciones Urbanas Ejecutadas, en el supuesto de comprobarse la inexistencia de áreas reservadas total o parcialmente para Aportes Reglamentarios, procederá el pago de la redención en dinero del déficit, hasta ante de a expedición de la Resolución que apruebe la Recepción de Obras. Que, mediante Informe N° 014-2008-DEHE de fecha 20 de mayo de 2008, emitido por el Área de Habilitaciones Urbanas de la Sub Gerencia de Planificación Urbana y Catastro se concluye que el presente trámite de Regularización de Habilitación Urbana Ejecutada es Procedente, indicándose asimismo que la asociación ha cumplido con presentar Descargado desde www.elperuano.com.pe