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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2008 (15/11/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 68

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 15 de noviembre de 2008 383478 MUNICIPALIDAD DE SAN MIGUEL Dejan sin efecto el Artículo 3º de la Ordenanza Nº 154-MDSM DECRETO DE ALCALDÍA Nº 015-2008/MDSM San Miguel, 7 de noviembre de 2008EL ALCALDE DISTRITAL DE SAN MIGUELVISTOS, el informe Nº 392-2008GAJ/MDSM emitido por la Gerencia de Asuntos Jurídicos y el Memorando Nº 789-2008-GM/MDSM emitido por la Gerencia Municipal; CONSIDERANDO: Que, el 5 de julio de 2008 se publicó la Ordenanza Nº 154-MDSM que aprueba el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA de la Municipalidad Distrital de San Miguel, en cuyo artículo tercero se deroga la Ordenanza Nº 074-MDSM ratifi cada por Acuerdo de Concejo Nº 281 de la Municipalidad Metropolitana de Lima; Que, la Ordenanza Nº 607-MML establece que la ratifi cación por el Concejo Metropolitano de Lima constituye requisito indispensable para la vigencia de las ordenanzas en materia tributaria aprobadas por las municipalidades distritales; Que, el numeral 38.5 de la Ley Nº 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General establece que una vez aprobado el TUPA, toda modifi cación que no implique la creación de nuevos procedimientos, incrementos de derechos de tramitación o requisitos, se debe realizar por resolución ministerial del sector, norma regional de rango equivalente o decreto de alcaldía, según el nivel de gobierno respectivo; Que, en concordancia con el considerado precedente, el artículo 42º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, dispone que los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y efi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del concejo municipal; Estando a lo expuesto, y en uso de las atribuciones conferidas al Señor Alcalde por el inciso 6) del artículo 20º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; SE DECRETA: Artículo Primero.- Dejar sin efecto el artículo 3º de la Ordenanza Nº 154-MDSM, la misma que entrará en vigencia a partir del día siguiente de la publicación del Acuerdo de Concejo Metropolitano que la ratifi que. Artículo Segundo.- Encargar a la Secretaría General el fi el cumplimiento del presente decreto. Regístrese, comuníquese y publíquese. SALVADOR HERESI CHICOMA Alcalde 277939-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO Aceptan donación efectuada a favor de la Municipalidad a ser utilizada en la actividad denominada Desfile Internacional de Modas a favor de la Navidad del Niño Chalaco ACUERDO Nº 000272 Callao, 3 de noviembre de 2008El Concejo Municipal Provincial del Callao, visto en Sesión Ordinaria celebrada el 3 de noviembre de 2008, con el voto UNANIME del Cuerpo de Regidores y en uso de las facultades conferidas al Concejo por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 y su Reglamento de Organización Interior del Concejo, aprobado por Ordenanza Municipal Nº 034-2004; y CONSIDERANDO: Que, Constitución Política del Perú, en el artículo 194º, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica en los asuntos de su competencia; Que, la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, en el artículo 9º inciso 8, establece que es atribución del Concejo Municipal, aprobar, modifi car o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos; Que, mediante la Ordenanza Municipal Nº 00048 de fecha 29 de septiembre del 2007, se aprueba el Reglamento de Donaciones Efectuadas y/o Recibidas por la Municipalidad Provincial del Callao, en el Título Segundo, Disposiciones Comunes para la Aprobación de Donaciones, los artículos 10º, 11º, 13º, 14º y 17º, señalan que es atribución exclusiva del Concejo Municipal Provincial del Callao aprobar y aceptar las donaciones; Que, la Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto Nº 28411 en el artículo 69º establece que las donaciones dinerarias provenientes de instituciones nacionales o internacionales, públicas o privadas, serán aprobadas por Acuerdo de Concejo, debiendo consignarse la fuente donante y el destino de estos fondos públicos, debiendo ser publicado dicho Acuerdo en el Diario Ofi cial El Peruano cuando el monto materia de donación supere las cinco Unidades Impositivas Tributarias. Que, en la sesión de la fecha el señor Alcalde anunció que el 6 de diciembre de 2008 se llevaría a cabo en Chucuito Callao el Desfi le Internacional de Modas a favor de la Navidad del Niño Chalaco en el que participarán las más destacadas modelos nacionales e internacionales con la fi nalidad de fi nanciar la Navidad del Niño Chalaco, precisando que tal evento cuyo costo bordea los US $ 50,000.00 dólares americanos se fi nanciaría con donaciones de empresas que quieren únicamente que su logotipo aparezca en la emisión televisiva del evento a título de publicidad; Que, mediante carta S/N (Correspondencia Nº 20455) la empresa Neptunia S.A. presentó su propuesta de donar US$ 10,000.00 (Diez mil y 00/100 dólares) a favor de la Municipalidad Provincial del Callao para ser usado en el Desfi le Internacional de Modas a favor de la Navidad del Niño Chalaco a realizarse el 6 de diciembre de 2008 en Chucuito Callao; Que, mediante Memorando 900-A -2008-MPC-GGAJC de la Gerencia General de Asesoría Jurídica y Conciliación, se explican los detalles jurídicos y se pronuncia sobre la donación que se ofrece e invocando el artículo 9º inciso 26 de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, opina declarar procedente la aceptación de la donación precitada en el presente Acuerdo; Que, mediante Memorando Nº 1448-2008-MPC/ GGPPR, de la Gerencia General de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización, hace de conocimiento que es la Municipalidad aceptó la donación y que el monto ofrecido por la empresa Neptunia S.A. a favor de la Municipalidad Provincial del Callao, por US$ 10,000.00 (diez mil y 00/100 dólares americanos), cuyo destino es ser usado en la actividad denominada Desfi le Internacional de Modas a favor de la Navidad del Niño Chalaco a realizarse el 6 de diciembre de 2008, en el que participaran las más destacadas modelos nacionales e internacionales con la fi nalidad de fi nanciar la Navidad del Niño Chalaco, siendo procedente su aprobación por el Concejo Provincial del Callao, debiéndose autorizar a incorporar el monto donado y orientar el gasto en el Presupuesto Institucional de 2008; Que, en la sesión de la fecha, después de un amplio y alturado debate los señores regidores aprobaron aceptar la donación efectuada; Estando a lo expuesto y de acuerdo a lo dispuesto en la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, el Concejo Provincial del Callao; Descargado desde www.elperuano.com.pe