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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2008 (15/11/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 64

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 15 de noviembre de 2008 383474 Código InfracciónMulta Expresada en % UITMedida Complementaria 03-804Por causar ruidos molestos o nocivos en zonas industriales, que excedan los siguientes decibeles: 50 Clausura Temporal (15 días) 80 en el horario de 07:00 horas a 22:00 horas 70 en el horario de 22:00 horas a 07:00 horas 03-805Por producir ruidos nocivos o molestos sea cual fuere el origen y lugar (uso de bocinas, escapes libres. alto parlantes, megáfonos, equipo de sonido, sirenas, silbatos, cohetes, petardos y otros) excediendo los límites máximos permitidos50 Retención 03-806Por carecer o no utilizar protectores auditivos, según fuere el caso a persona que labora, anuncia, anima, oferta y/o vende dentro de recintos cerrados (locales comerciales, industriales y otros), cuando se vean expuestos a ruidos que sobrepasen los 75 decibeles50 03-807Por la utilización de equipos de sonidos, radios u otros en el interior de los vehículos de transporte público que excedan los límites permitidos50 03-808Por no contar con un sistema de acondicionamiento acústico o barreras aislantes los locales de espectáculos, que atenúe o impida la salida del ruido, capaz de producir molestia o daño a las personas100Clausura Temporal (hasta Regularización) 03-809 Por producir, los vehículos ruidos molestos y/o nocivos por el uso de bocinas, radios u otros 20 03-810Po no acatar las disposiciones de control y eliminación de ruidos evitando su propagación al exterior del inmueble50 Clausura Temporal (30 días) 03-811 Por causar ruidos molestos o nocivos por el empleo de servidumbres de aire o ventilación 50 Acondicionamiento 03-812Por permitir que equipos, máquinas y/o animales ubicados dentro de una propiedad, generen ruidos perturbatorios al vecindario30 03-813 Por ejeuctar instrumentos musicales denro de la vivienda, generando malestar al vecindario 2003-814Por producir sonidos o vibraciones que no superan los límites estabelcidos, pero que por su duración y/o persistencia generan malestar al vecindario30 03-815 Por llamar a gritos, (y/o a viva voz) a pasajeros (cobradores y chóferes) 10 03.900. Areas Verdes 03-901Por extraer, talar y/o podar árboles sin la debida autorización municipal, sin perjuicio de entregary/o abonar el importe equivalente a diez (10) arboles por cada arbol extraído20 03-902Por adherir elementos extraños a los árboles o áreas verdes ubicados en las áreas verdes de uso público10 Retiro 03-903Por instalar sistemas de iluminación en árboles ubicados en áreas públicas sin autorización de la municipalidad10 Retiro 03-904Por realizar actividades en las áreas verdes de uso público que impliquen riesgos para su conservación o que afecten directamente la vegetación arbórea existente (caza, pastoreo, quema o fogatas, recreación activa, estacionamiento de vehículos, aplicación de productos tóxicos o nocivos) Paralización, reparación y/o reposición de lo dañadoa) de 0.25 m2 a 1.00 m2 10 b) de 1.00 m2 a 3.00 m2 15 c) de 3.00 m2 a 5.00 m2 20 d) de 5.00 m2 a más 30 03-905Por no restituir en las áreas verdes de uso público de la jurisdicción respectiva, los árboles o especies vegetales dañadas o eliminadas50 03-906 Por obstruir y/o dañar los puntos de agua de las areas verdes de uso publico (por punto) 10 03-907 Por usar y/o aprovechar en bene fi cio particular los puntos de agua de las areas verdes de uso publico 15 03-908Por sembrar arbustos, plantas ornamentales u otras especies vegetales, en las areas verdes de uso publico, sin la autorización municipal5 Retiro 03-909 Por incinerar maleza o residuos de jardin en la via publica 1003-910Por efectuar cualquier obra de infraestructura en el subsuelo de los parques o bermas sin contar con la autorización municipal correspondiente200 03-911 Por instalar cercos en las areas verdes de uso publico 20 Retiro 03-912Por utilizar de modo eventual o permanente las areas verdes como letrina y/o para actos que atenten contra la moral y las buenas costumbres5 04.100. Habilitaciones Urbanas y Obras Privadas Código InfracciónMulta Expresada en % UITMulta Expresada en % Valor de ObraMedida Complementaria 04-101Por ejecutar obras de habilitación urbana sin contar con Resolución que autorice la ejecución de las mismas.50 por cada área menor o igual a 1 hectárea Paralización 04-102Por habilitar terreno sin contar con la Resolución de aprobación o autorización de ejecución de obra y la Resolución de Rati fi cación de la Municipalidad Metropolitana de Lima.100 por cada hectárea Paralización 04-103Por realizar obras de habilitación urbana en condiciones distintas a las señaladas en el proyecto aprobado.100 Reposición 04-104Por comercializar y/o promocionar lotes y/o parcelas sin contar con autorización de venta garantizada y/o careciendo de autorizaación municipal.50 Descargado desde www.elperuano.com.pe