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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 27 de noviembre de 2008 384006 expediente técnico debidamente aprobado, fraccionando la contratación de Mano de Obra califi cada, teniendo responsabilidad de estos hechos el Arq. Juan Carlos Bancayan Maco y el Ing. Renato Martín Luna López, Jefes de la DIDUR, uno después del otro sucesivamente. Asimismo, los contratos y sus respectivas adenda fueron visados por Lic. Luis Enrique Fernández Moncada, ex Gerente Municipal, Arq. Juan Carlos Bancayan y posteriormente por el Ing. Renato Martín Luna López, Jefes de la DIDUR. También, se realizó un Proceso de Adjudicación Directa Pública Nº 01-2006, por subasta inversa Presencial, otorgando la buena pro a la Empresa SIDER SELVA S.A.C, empresa que tuvo 37 días de incumplimiento en la entrega del producto requerido (cemento), cometiendo la Falta Grave de no ejecutar la carta fi anza Nº 00031490 por el importe de S/. 29,474.02 del INTERBANK, haciendo del conocimiento del Gerente Municipal Lic. Luis Enrique Fernández Moncada, a través de las áreas de Logística y DIDUR, cayendo el Gerente Municipal en negligencia para cautelar los intereses de la Institución. Que, por estas consideraciones la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios, designada con Resolución de Alcaldía Nº 637-2008-MPB/A, considera, teniendo en cuenta que el “informe sobre el Examen Especial Nº 001-2008-2-2980” procedente del Órgano de Control Institucional, correspondiente a la Observación Nº 01, tiene carácter de prueba pre constituida, conforme a lo previsto por Inciso f) del Artículo 15º de la Ley 27785, existe mérito sufi ciente para abrirse proceso administrativo para que los hechos sean debidamente valorados, en tanto que la conducta detallada en los considerandos precedentes, se adecua a la tipifi cación de faltas contenidas en el artículo 28º del Decreto Legislativo 276. Estando a la recomendación de la Comisión Permanente de Procesos Administrativos y Disciplinarios y a los previsto por el Decreto Legislativo 276, el Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, las normas citadas y en uso de las facultades conferidas el numeral 6) del Artículo 20° de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972; SE RESUELVE:Artículo Primero.- ABRIR Proceso Administrativo Disciplinario a los ex Funcionarios Ing. Víctor Verástegui Arrascue, ex jefe de la División de Desarrollo Urbano y Rural ( DIDUR), CPC Holger Sardón Pariente, ex Jefe de la Unidad de Administración Financiera y Recursos Humanos, Ing. Dany Martín Ríos Sajami, ex Funcionarios de la DIDUR Lic. Luis Fernández Moncada, ex Gerente Municipal, Ing. Renato Martín Luna López, ex Jefe de DIDUR, Arq. Juan Carlos Bancayan Maco, ex Jefe de la DIDUR y a la Funcionaria CPC. Yeni Emérita Aranda Ponce, Jefe del área de Contabilidad y Administración Financiera. Artículo Segundo.- La Comisión Permanente de Procesos Administrativos y Disciplinarios designada con Resolución de Alcaldía Nº 637-2008-MPB/A de la Municipalidad Provincial de Bellavista, se encargará del proceso precedentemente abierto. Regístrese, comuníquese y archívese. SALVADOR CAMPOS RODRIGO Alcalde 282346-1 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE POMABAMBA Designan Auxiliar y Ejecutor Coactivo de la Municipalidad Centro Poblado de Chuyas RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 05-2008-MCPCH Chuyas, 2 de octubre del 2008VISTO: El Informe de la Comisión Responsable de organizar el Proceso de Selección de Concurso Público de Méritos para la designación de Ejecutor y Auxiliar Coactivo de la Municipalidad Centro Poblado de Chuyas; CONSIDERANDO:Que conforme a los artículos 5º y 7º de la Ley de Procedimiento de Ejecución Coactivo Nº 26979, el Auxiliar Coactivo tiene como función colaborar con el Ejecutor, delegándole éste las facultades señaladas por ley, y su designación se efectuará mediante concurso público de méritos; Que, el señor ISAAC MATIAS TAMARA ZAMORA, ha sido declarado ganador del Concurso Público de Méritos para el cargo de Auxiliar Coactivo; Que, en mérito a lo expuesto y a las atribuciones conferidas por el artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Designar al señor ISAAC MATIAS TAMARA ZAMORA, como Auxiliar Coactivo de la Municipalidad Centro Poblado de Chuyas, para el cumplimiento de las Obligaciones Tributarias y No Tributarias. Artículo Segundo.- Disponer la publicación en el Diario Ofi cial la presente resolución. Regístrese, comuníquese y cúmplase.ALEJANDRO MARTÍN DIESTRA QUIÑONES AlcaldeMunicipalidad C.P. Chuyas 282621-1 RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 06-2008-MCPCH Chuyas, 2 de octubre del 2008VISTO: El Informe de la Comisión Responsable de organizar el Proceso de Selección de Concurso Público de Méritos para la designación de Ejecutor y Auxiliar Coactivo de la Municipalidad Centro Poblado de Chuyas; CONSIDERANDO:Que conforme a los artículos 3º y 7º de la Ley de Procedimiento de Ejecución Coactivo Nº 26979, el Ejecutor Coactivo ejerce a nombre de la Entidad, las acciones de coerción para el cumplimiento de la Obligación, y su designación se efectuará mediante concurso público de méritos; Que, el abogado FELIPE GULLERMO SILVA SOLOGUREN, ha sido declarado ganador del Concurso Público de Méritos para el cargo de Ejecutor Coactivo; Que, el Ejecutor Coactivo debe ejercer además las facultades reguladas por el Capítulo III, de la Ley Nº 26979, el mismo que establece el ámbito de aplicación correspondiente a las obligaciones tributarias a cargo de los Gobiernos Locales, hecho que se debe precisar en acto resolutorio; Que, en mérito a lo expuesto y a las atribuciones conferidas por el artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Designar al abogado FELIPE GULLERMO SILVA SOLOGUREN, como Ejecutor Coactivo de la Municipalidad Centro Poblado de Chuyas, siendo el titular del Procedimiento y ejerce a nombre de la Entidad, las acciones de coerción para el cumplimiento de las Obligaciones Tributarias y No Tributarias. Artículo Segundo.- Disponer la publicación en el Diario Ofi cial la presente resolución. Regístrese, comuníquese y cúmplase.ALEJANDRO MARTÍN DIESTRA QUIÑONES AlcaldeMunicipalidad C.P. Chuyas 282621-2Descargado desde www.elperuano.com.pe