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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 27 de noviembre de 2008 384005 ITEM DISTRITO NOMBRE DEL PROYECTO N°MONTO EN S/. 33SAN JUAN DE LURIGANCHOMEJORAMIENTO DE VIAS PARA PERMITIR EL ACCESO A LOS SISTEMAS DE AGUA Y DESAGUE EN LA AMPLIACION SANTA MARIA PARCELA 2-SECTOR PROLONGACION SANTA MARIA, DISTRITO DE SAN JUAN DE LURIGANCHO - LIMA - LIMA78112 118,807.00 34MEJORAMIENTO DE VIAS PARA PERMITIR EL ACCESO A LOS SISTEMAS DE AGUA Y DESAGUE EN LA AGRUPACION FAMILIAR 09 DE FEBRERO, PROYECTO INTEGRAL LOS ANGELES, DISTRITO DE SAN JUAN DE LURIGANCHO - LIMA - LIMA78219 121,004.00 35CONSTRUCCION DE MURO DE CONTENCION EN LA AGRUPACION FAMILIAR VICTOR RAUL HAYA DE LA TORRE - CAMPOY, DISTRITO DE SAN JUAN DE LURIGANCHO - LIMA – LIMA78981 107,568.00 TOTAL 4,762,142.00 282486-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE BELLAVISTA Instauran proceso administrativo disciplinario a ex funcionarios RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 652-2008-MPB/A Bellavista, 6 de Noviembre del 2008.EL ALCALDE, PRESIDENTE DEL GOBIERNO PROVINCIAL DE BELLAVISTA; VISTO:Vistos, el Informe de CEPAD N° 003- 2008-MPB de la Comisión Especial de Procesos Administrativos y Disciplinarios de la Municipalidad Provincial de Bellavista, designada con Resolución de Alcaldía Nº 637-2008-MPB/A, en relación al “informe sobre el Examen Especial Nº 001-2008-2-2980” procedente del Órgano de Control Institucional, correspondiente a las Adquisiciones y Contrataciones realizadas por la Municipalidad Provincial de Bellavista durante el Período del 01 de Enero del 2005 hasta el 31 de Diciembre del 2006, y; CONSIDERANDO:Que, con Ofi cio Nº 431-2008-MPB/A, se remite al Presidente de la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios, el “informe sobre el Examen Especial Nº 001-2008-2-2980” procedente del Órgano de Control Institucional, correspondiente a las Adquisiciones y Contrataciones realizadas por la Municipalidad Provincial de Bellavista durante el Período del 01 de Enero del 2005 hasta el 31 de Diciembre del 2006, para que proceda a CALIFICAR la gravedad de las faltas y recomendar si se abre o no procesos disciplinarios a los funcionarios y ex funcionarios comprometidos en responsabilidades administrativas en el referido informe del órgano de Control Interno, de acuerdo al artículo 166º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM. Con Informe de CEPAD Nº 003-2008-MPB del 31 de Octubre del 2008, la indicada comisión pone a consideración del Despacho de Alcaldía el Informe correspondiente, precisando las observaciones y conclusiones del Informe de Auditoría que determina responsabilidad de los ex Funcionarios Víctor Verástegui Arrascue, ex jefe de la División de Desarrollo Urbano y Rural, CPC Holger Sardón Pariente, ex Jefe de la Unidad de Administración Financiera y Recursos Humanos, Lic. Luis Fernández Moncada, ex Gerente Municipal y el asesor externo, Ing. Renato Martín Luna López, ex Jefe de DIDUR, Arq. Juan Carlos Bancayan Maco, ex Jefe de la DIDUR y de la Funcionaria CPC. Yeni Emérita Aranda Ponce, Jefe del área de Contabilidad y Administración Financiera. Que, de la revisión efectuada a las Adquisiciones y Contrataciones realizadas por la Municipalidad Provincial de Bellavista durante el Período del 01 de Enero del 2005 hasta el 31 de Diciembre del 2006, se evidencia que la Funcionaria y Ex Funcionarios no cumplieron con la Normatividad Vigente referido a los Procesos de adjudicación Directa Selectiva emitida por CONSUCODE, incurriendo en faltas y omisiones de las normas que rigen para estos tipos de proceso, como por ejemplo no tener aprobado las bases administrativas, no invitar a tres postores, las bases administrativas no están suscritas por ningún miembro del comité especial, el expediente del proceso no cuenta con el respectivo estudio del mercado, etc. En el desarrollo del proceso, la adquisición directa de los materiales eléctricos a la Empresa Electromecánica El Detalle SRL por un monto total de S/. 105,669.56, fue superior en S/. 13,280.56, que fue el valor referencial de la segunda convocatoria, también se evidenció que con fecha 19 de mayo del 2006, se formuló el cuadro comparativo de cotizaciones y Acta de Otorgamiento de Buena Pro, documentos suscritos por la CPC. YENI EMÉRITA ARANDA PONCE, Jefe del área de contabilidad y Administración Financiera, el encargado de Logística y la Asistente de Logística, en la cual registran la participación de las Empresas Comercial Silvana y Electromecánica el Detalle SRL, siendo que la cotización de la Empresa a quien se adquirió directamente los materiales no cuenta con la fi rma de su representante legal, argumento por lo cual no fue admitida la propuesta económica de Model Service SRL en el proceso declarado desierto en segunda convocatoria por el Comité especial de Adjudicación y además el monto por el cual se dio la buena pro, sobrepasaba los límites para una compra directa de menor cuantía y se pagó en exceso el monto de S/. 7,754.37, comparando con la propuesta de Model Service SRL. Asimismo, las adquisiciones de material de Construcción se realizaron en forma Fraccionada sin respetar la normatividad sobre procesos de Adjudicación de Menor Cuantía, aplicables a estos tipos de adquisiciones que se tenía que realizar para llevar adelante la referida Obra, como el proceso de Adjudicación Directa de menor cuantía Nº 010-2005-MPB, mediante le cual se otorgó la Buena Pro a las empresas MADEC SRL y SIDER SELVA SRL por un importe de S/. 25,106.00 y S/. 19,200.00, proceso que no respetó el procedimiento a seguir, adquiriendo directamente a las Indicadas empresas, sin Respetar las Normas de CONSUCODE para estos tipos de Procesos, estas Faltas se pueden resumir en que no existía aprobación de las bases Administrativas, no fue publicado en el SEACE las respectivas Bases Administrativas, los Ofi cios de Invitación a los Proveedores están adulteradas para adecuarlas a la fecha de la convocatoria, etc. Teniendo responsabilidad administrativa por fi rmar las actas de otorgamiento de Buena Pro el CPC HOLGER GUSTAVO SARDÓN PARIENTE, ex Jefe (e) de la Unidad Administrativa, Financiera, Patrimonio y Recursos Humanos, actitud que dio lugar a formalizar una Buena Pro a pesar que existía una oferta menor del producto Cemento Portland de S/. 17.48 por bolsa de 50Kg. Contra los S/.19.20 por bolsa de 50Kg. que se pagó a la Empresa SIDER SELVA SRL. Ocasionando un perjuicio económico de S/. 1720.00 a la Institución. También orden expreso del Econ. OSCAR PINEDA MORALES, ex Gerente encargado, se prestó estos materiales adquiridos a la Obra “Construcción de 04 aulas I:E 0202 Consuelo, lo que demuestra la falta de planifi cación en la adquisición de materiales que conduce a un riesgo innecesario de pérdida de materiales por caducidad. Asimismo, en el año 2006, fueron adquiridos 1185 bolsas de Cemento por un monto de S/. 25,069.50 a la Empresa AMERICANA DE COMERCIO, dicha adquisición se tenía que hacer mediante proceso de menor Cuantía, sin embargo, se compró en forma directa y fraccionada a la referida Empresa, omitiendo las Normas de CONSUCODE sobre Procesos de Adquisición de Menor Cuantía, siendo involucrado el Ing. DANY MARTÍN RÍOS SAJAMÍ, porque en su condición de contratado como Asistente de Ingeniería, no advirtió a su jefe inmediato sobre la utilización del perfi l técnico “culminación de Balsa Cautiva Puerto Bellavista – Sangapilla, como instrumento para efectuar los requerimientos de materiales, pese a decir que había evaluado el referido perfi l y no contar con el documento de aprobación pertinente. También en las “Adquisiciones y Contrataciones de Bienes y Servicios para la Obra Pavimentación Rígida de vía de acceso del 1º al 3º piso ampliación Bellavista”, se realizaron sin contar con el Descargado desde www.elperuano.com.pe