Norma Legal Oficial del día 02 de octubre del año 2008 (02/10/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano MORDAZA, jueves 2 de octubre de 2008

NORMAS LEGALES
POR TANTO: Mando se publique y cumpla.

380719

149.1 En las investigaciones penales por los delitos tipificados en el Titulo Decimo Tercero del Libro MORDAZA del Codigo Penal, sera de exigencia obligatoria la evacuacion de un informe fundamentado por escrito por la autoridad ambiental, MORDAZA del pronunciamiento del fiscal provincial o fiscal de la investigacion preparatoria en la etapa intermedia del MORDAZA penal. El informe sera evacuado dentro de un plazo no mayor de treinta (30) dias, contados desde la recepcion del pedido del fiscal de la investigacion preparatoria o del juez, bajo responsabilidad. Dicho informe debera ser merituado por el fiscal o juez al momento de expedir la resolucion o disposicion correspondiente. 149.2 En las investigaciones penales por los delitos tipificados en el Titulo Decimo Tercero del Libro MORDAZA del Codigo Penal que MORDAZA desestimadas, el fiscal evaluara la configuracion del delito de Denuncia Calumniosa, contemplado en el articulo 402º del Codigo Penal."

Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, el primer dia del mes de octubre del ano dos mil ocho. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros

259647-1

PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS
Autorizan viaje del Ministro de la Produccion a Espana y encargan su Despacho al Ministro de Agricultura
RESOLUCION SUPREMA Nº 228-2008-PCM
MORDAZA, 1 de octubre del 2008 VISTOS: el Informe Tecnico Nº 013-2008-PRODUCE/ DM-Ases del Gabinete de Asesores del Despacho Ministerial, el Informe (viaje) Nº 0137-2008-PRODUCE/ OGPP-Octai de la Oficina de Cooperacion Tecnica y Asuntos Internacionales de la Oficina General de Planificacion y Presupuesto, el Informe Nº 665-2008PRODUCE/OGPP-Op de la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planificacion y Presupuesto, asi como el Informe Nº 213-2008-PRODUCE/OGAJ-EAF de la Oficina General de Asesoria Juridica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante comunicacion de fecha 19 de setiembre de 2008, la Directora de la Feria Internacional de Productos MORDAZA Congelados - CONXEMAR, invita al ingeniero MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Ministro de la Produccion a asistir a su 10ma. edicion, la cual se llevara a cabo en la MORDAZA de MORDAZA, Reino de Espana, del 7 al 9 de octubre de 2008; Que, asimismo, a traves de la comunicacion de fecha 19 de setiembre de 2008, el Secretario General de la Federacion de Empresas de la Comunidad Valenciana Contratistas de Obras de la Administracion - FECOVAL, invita tambien al ingeniero MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Ministro de la Produccion, a realizar una visita al L'Oceanografic, del 8 al 10 de octubre de 2008, aprovechando su estadia en el Reino de Espana; Que, la Asociacion Espanola de Mayoristas, Importadores, Transformadores y Exportadores de Productos de la Pesca y Acuicultura, es una entidad integrada por 286 empresas, la cual organiza cada ano la Feria Internacional de Productos MORDAZA Congelados CONXEMAR, que constituye un referente para el MORDAZA de la transformacion de los productos MORDAZA a nivel mundial, siendo el certamen mas importante en este ambito, donde se exponen los ultimos avances tecnologicos de la industria transformadora, comercializadora y auxiliar; Que, la FECOVAL ha desarrollado entre sus proyectos emblematicos el L'Oceanografic, complejo donde se representan los diferentes habitats marinos, contando con mas de 45,000 ejemplares de 500 especies marinas diferentes, siendo considerado el acuario mas grande de Europa; Que, en tal sentido, resulta conveniente autorizar el viaje del Ministro de la Produccion, ingeniero MORDAZA MORDAZA MORDAZA a las ciudades de MORDAZA y MORDAZA, Reino de Espana, a fin de tomar conocimiento sobre los ultimos avances tecnologicos de aplicacion pesquera y acuicola, asi como, tomar contacto con las principales empresas transformadoras de productos pesqueros y con los

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS
PRIMERA.- De las sanciones a las personas juridicas Si el hecho punible fuera cometido en ejercicio de la actividad de cualquier persona juridica o utilizando su organizacion para favorecerlo o encubrirlo, el juez notificara a la autoridad administrativa competente a fin de que se imponga una multa a dicha persona juridica, que podra ascender hasta el doble de los beneficios obtenidos a consecuencia de la actividad ilicita. SEGUNDA.- Exentos del alcance de la Ley Estan fuera del alcance de lo previsto en la presente Ley, las comunidades campesinas y comunidades nativas que realicen actividades de caza, pesca, extraccion y MORDAZA con fines de subsistencia.

DISPOSICION MODIFICATORIA
UNICA.- Modificacion del Decreto Legislativo Nº 1090 Modificase la MORDAZA disposicion complementaria final del Decreto Legislativo Nº 1090, la cual queda redactada de la siguiente manera: "SEGUNDA.- La autoridad forestal competente solo podra transferir a titulo gratuito los productos forestales que MORDAZA decomisado o declarado en abandono, de acuerdo con lo establecido en el Reglamento de la materia."

DISPOSICIONES FINALES
PRIMERA.- Reglamentacion El articulo 4º y la primera disposicion complementaria de la presente Ley seran reglamentadas dentro de los noventa (90) dias a partir de la entrada en vigencia de la presente Ley. SEGUNDA.- Vacatio Legis Los articulos 310º, 310º-A, 310º-B y 310º-C del Codigo Penal, modificados e introducidos, respectivamente, por esta Ley, entran en vigencia a partir del 1 de enero de 2009. Comunicase al senor Presidente de la Republica para su promulgacion. En MORDAZA, a los veintitres dias del mes de setiembre de dos mil ocho. MORDAZA MORDAZA QUESQUEN Presidente del Congreso de la Republica MORDAZA AGUINAGA RECUENCO Primer Vicepresidente del Congreso de la Republica AL SENOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

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