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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 2 de octubre de 2008 380728 para la ejecución de Proyectos de Infraestructura Social y Productiva del Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social - FONCODES, en el año 2008. 1.2. Transferencia Programática: Aquellos recursos públicos cuya ejecución en el ámbito de los Gobiernos Locales está condicionada al cumplimento de las políticas nacionales para la Superación de la Pobreza y la Estrategia Nacional de Seguridad Alimentaría 2004-2015; así como al monitoreo y evaluación de los resultados del uso de los recursos en el marco del Convenio de Gestión. 1.3. Convenio de Cooperación: Acuerdo suscrito por el MIMDES y los Gobiernos Locales Distritales No Verifi cados con el objeto de desarrollar capacidades básicas para el cumplimiento de los mecanismos de verifi cación y la gestión efi ciente de los Proyectos de Infraestructura Social y Productiva. 1.4. Acta de Entrega y Recepción: Documento suscrito por el Alcalde y el Jefe Zonal de FONCODES o quien haga sus veces en representación del MIMDES, mediante el cual se formaliza la entrega de las transferencias programáticas para la ejecución de Proyectos de Infraestructura Social y Productiva, con la documentación e información pertinente. 1.5. Convenio de Gestión: Acuerdo suscrito por el MIMDES y los Gobiernos Locales Distritales Verifi cados con el objeto de garantizar la gestión efi ciente y efi caz de las transferencias programáticas destinadas a la ejecución de proyectos de infraestructura social y productiva, en el cual se establecen las obligaciones de ambas partes respecto al uso, monitoreo y evaluación; asumiendo los Gobiernos Locales el compromiso de informar al MIMDES sobre la ejecución de los Proyectos. 2. MECANISMOS DE VERIFICACIÓN QUE DEBERAN CUMPLIR LOS GOBIERNOS LOCALES DISTRITALES. Los requisitos que deberán cumplir los Gobiernos Locales Distritales para la transferencia de recursos destinados a fi nanciar Proyectos de Infraestructura Social y Productiva son los siguientes: MECANISMO DE VERIFICACIÓN PARA LA TRANSFERENCIA DE LOS RECURSOS PRESUPUESTALES DESTINADOS A LA EJECUCIÓN DE PROYECTOS DE INFRAESTRUCTURA SOCIAL Y PRODUCTIVA – MIMDES – FONCODESDOCUMENTACIÓN QUE DEBEN PRESENTAR LOS GOBIERNOS LOCALES PARA EVIDENCIAR EL CUMPLIMIENTO DE LOS MECANISMOS DE VERIFICACIÓN Suscripción del Convenio de Cooperación entre el MIMDES y la Municipalidad Distrital.Copia simple del Convenio de Cooperación suscrito entre el MIMDES y la Municipalidad Distrital. Priorización y selección de proyectos de infraestructura social y productiva a ejecutar con las transferencias programáticas asignadas a los Gobiernos Locales para el año 2008, en el marco de las prioridades establecidas en el Plan de Desarrollo Concertado y Presupuesto Participativo y de acuerdo a la Directiva Nº 023-2004-MIMDESCopia simple del Programa de inversiones del presupuesto participativo, debidamente refrendada por el Alcalde, en donde se incluya el o los proyectos a transferirse. Perfi l técnico de la viabilidad de los proyectos de infraestructura social y productiva seleccionados para su ejecución en el año 2008.Copia simple del Per fi l técnico de cada uno de los proyectos seleccionados para ejecución el año 2008 con los recursos a transferirse. Informe de viabilidad técnica social y económica de los proyectos de infraestructura social y productiva a nivel de perfi l suscrito por un profesional colegiado y refrendado por el Alcalde Existencia de una unidad, dentro de la estructura orgánica de la Municipalidad, responsable de gestionar los proyectos de infraestructura que sean fi nanciados con los recursos transferidos. Copia simple del ROF o su modi fi catoria que incorpore o adecue una Unidad Orgánica (área, jefatura, dirección u otra) cuya función sea la gestión de los Proyectos de infraestructura. Contar con los servicios de un profesional responsable de la ejecución de los proyectos de infraestructura social y productiva a transferirseTítulo profesional o grado académico Copia simple del documento que acredite el vínculo laboral o contractual de un profesional (Ingeniero o Arquitecto). Promoción de la participación y vigilancia ciudadanaCopia simple de las tres últimas actas las reuniones realizadas por el Consejo de Coordinación 3. PROCEDIMIENTO Y PLAZOS: 3.1 La suscripción del Convenio de Cooperación, entre el MIMDES, representado por el Jefe Zonal de FONCODES, y los Gobiernos Locales, se realizará hasta el 15 de Octubre del año 2008.3.2 La vigencia de los Convenios de Cooperación será hasta el 15 de noviembre del 2008. 3.3 Los documentos que respaldan el cumplimiento de los Mecanismos de Verifi cación serán presentados en las Ofi cinas de la Secretaria de Descentralización de la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM), a partir del 10 de octubre del 2008, sito en la Av. 28 de Julio Nº 879 – 4to piso - Mirafl ores - Lima. 3.4 La Validación de la documentación para el cumplimiento de los Mecanismos de Verifi cación por parte de la Secretaria de Descentralización de la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM), a partir del 15 de octubre del 2008. 3.5 La Presidencia del Consejo de Ministros (PCM), a través de la Secretaría de Descentralización, emitirá y publicará en el Diario Ofi cial El Peruano la correspondiente Resolución que contenga la lista de los Gobiernos Locales que hayan cumplido los Mecanismos de Verifi cación. 3.6 La suscripción de las Actas de Entrega y Recepción y de los Convenios de Gestión, con los Gobiernos Locales que hayan cumplido los Mecanismos de Verifi cación se realizará a partir de la publicación de la Resolución referida en el numeral 3.5. 3.7 Gobiernos Locales, se detalla a continuación la relación de Gobiernos Locales considerados para la Transferencia de recursos presupuestales destinados a la Ejecución de Proyectos de Infraestructura Social y Productiva de FONCODES. N° Departamento Provincia Distrito 1 Cusco Chumbivilcas Velille 2 Cusco Espinar Pallpata3 Cusco La Convención Maranura 4 Cusco La Convención Santa Teresa 5 Cusco Paucartambo Paucartambo 6 Ucayali Coronel Portillo Manantay 259211-1 AGRICULTURA Exoneran al Instituto Nacional de Innovación Agraria - INIA del pago por derecho de inscripción de variedades nativas en el Registro de Cultivares Comerciales, que conduce el Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA DECRETO SUPREMO Nº 022-2008-AG EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 28477 declara a los cultivos, crianzas nativas y especies silvestres indicadas en el anexo de la Ley y a los que posteriormente apruebe el Ministerio de Agricultura por Resolución Ministerial, como patrimonio natural de la Nación, encargando a dicho Ministerio, en coordinación con los gobiernos regionales, locales y otras entidades públicas y privadas, la responsabilidad del registro, la difusión, conservación y promoción de los mismos; Que, el artículo 67º del Reglamento Técnico de Certifi cación de Semillas, aprobado por Decreto Supremo Nº 024-2005-AG, establece que con el propósito de fomentar la producción de semilla de la clase certifi cada de variedades nativas, el Instituto Nacional de Investigación Agraria - INIA, o quien haga sus veces, se encarga de iniciar los ensayos de identifi cación para la inscripción en el Registro de Cultivares Comerciales, de todas aquellas variedades nativas susceptibles de ser aprovechadas económicamente, quedando exoneradas de los ensayos de adaptación y efi ciencia; Que, en la actualidad el país cuenta con un gran número de variedades nativas de interés comercial y amplio uso, como