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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 2 de octubre de 2008 380729 es el caso de la papa que con una antigüedad de más de 7,000 años constituyó alimento fundamental de las culturas prehispánicas, las que sin embargo, no se encuentran inscritas en el Registro de Cultivares Comerciales; Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 11º de la Ley Nº 27262 - Ley General de Semillas y los artículos 4º, 5º, inciso c), y 18º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2001-AG, el Servicio Nacional de Sanidad - SENASA conduce el Registro de Cultivares Comerciales, en su condición de Autoridad de Semillas, habiéndose fi jado en el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del SENASA, por el derecho de inscripción en ese Registro, un monto equivalente al quince por ciento (15%) de la Unidad Impositiva Tributaria; Que, con el objeto de promover el registro de cultivares de variedades nativas y la producción de semilla certifi cada de las mismas, es necesario exonerar al Instituto Nacional de Investigación Agraria - INIA (hoy Instituto Nacional de Innovación Agraria - INIA, en virtud de la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, dada por Decreto Legislativo Nº 997) del pago de la tasa por el derecho de inscripción; Que, el artículo 74º de la Constitución Política del Perú establece que los tributos se crean, modifi can o derogan, o se establece una exoneración, exclusivamente por Ley o Decreto Legislativo en caso de delegación de facultades, salvo los aranceles y tasas, los cuales se regulan mediante Decreto Supremo; Que, de otro lado, es necesario encargar al INIA el mantenimiento de las variedades nativas inscritas en el Registro de Cultivares Comerciales, con el propósito de que mantengan su pureza genética, conservando su distinguibilidad, estabilidad y homogeneidad; siendo igualmente importante defi nir el concepto de variedad nativa; De conformidad con el inciso 8) del artículo 118º de la Constitución Política del Perú y el numeral 44.6 del artículo 44º de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General; DECRETA:Artículo 1º.- Exoneración a INIA por inscripción de variedades nativas Exonérese al Instituto Nacional de Innovación Agraria - INIA, del pago por derecho de inscripción de variedades nativas en el Registro de Cultivares Comerciales, que conduce el Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA. Artículo 2º.- Del mantenimiento de la variedad nativa inscrita Inscrita la variedad nativa en el Registro de Cultivares Comerciales, el INIA se encargará de su mantenimiento, desarrollando todas las actividades necesarias para conservar la pureza genética de la variedad inscrita. Artículo 3º.- Defi nición de variedad nativa Para efectos del presente Decreto Supremo, se entenderá por variedad nativa al conjunto de plantas cultivadas que cumplen con la defi nición de cultivar, utilizadas tradicionalmente por los agricultores o campesinos de una zona determinada y que no ha pasado por un proceso de mejoramiento sistemático y científi camente controlado. Se considera como sinónimo de los términos variedades autóctonas o tradicionales. Artículo 4º.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Agricultura y el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, el primer día del mes de octubre del año dos mil ocho. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros ISMAEL BENAVIDES FERREYROS Ministro de Agricultura LUIS M. VALDIVIESO M. Ministro de Economía y Finanzas 259647-2Designan Jefe de la Oficina de Personal de la Oficina General de Administración del INADE RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0849-2008-AG Lima, 30 de setiembre de 2008 CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Ministerial Nº 546-2007-AG, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el 8 de noviembre de 2007, se designó a Jesús Elías Carrillo Balceda como Jefe de la Ofi cina de Personal de la Ofi cina General de Administración del Instituto Nacional de Desarrollo - INADE; Que, a través del Acuerdo Nº 28-2006 de la sesión Nº 14-2006 del Consejo Directivo del INADE, celebrado el 5 de setiembre de 2006, se acordó delegar a la Presidencia Ejecutiva la facultad de elevar la propuesta de cargos de confi anza conforme a la necesidad institucional del INADE; Que, en virtud a lo anteriormente indicado, la Presidencia Ejecutiva del INADE ha propuesto mediante Ofi cio Nº 2088-2008-INADE-1101, del 16 de setiembre de 2008, dar por concluida la designación a la que se refi ere la Resolución Ministerial Nº 546-2007-AG y designar a Luis Zoilo Benavides Manrique para asumir el cargo de Jefe de la Ofi cina de Personal de la Ofi cina General de Administración del INADE; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158 – Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, Ley Nº 27594 – Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de Funcionarios Públicos, Decreto Legislativo Nº 997 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, y su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 017-2001-AG; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dar por concluida, a partir de la fecha, la designación de JESÚS ELÍAS CARRILLO BALCEDA como Jefe de la Ofi cina de Personal de la Ofi cina General de Administración del Instituto Nacional de Desarrollo - INADE, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- Designar, a partir de la fecha, a LUIS ZOILO BENAVIDES MANRIQUE como Jefe de la Ofi cina de Personal de la Ofi cina General de Administración del Instituto Nacional de Desarrollo - INADE. Regístrese, comuníquese y publíquese.ISMAEL BENAVIDES FERREYROS Ministro de Agricultura 259465-1 Aceptan renuncia de Sub Gerente de Estudios de la Gerencia de Estudios del INADE RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0850-2008-AG Lima, 30 de setiembre de 2008 CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Ministerial Nº 191-2007-AG, se designó a MAXIMO ANTONIO LAZO LARIENA como Sub-Gerente de Estudios de la Gerencia de Estudios del Instituto Nacional de Desarrollo - INADE; Que, mediante Ofi cio Nº 2119-2008-INADE-1101-SG, el Presidente Ejecutivo del Instituto Nacional de Desarrollo –INADE, comunica que el citado funcionario ha formulado renuncia al cargo que venía desempeñando por lo que solicita se formalice la aceptación de la citada renuncia con efectividad al 24 de setiembre del 2008; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158 – Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, Ley Nº 27594 – Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el