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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 10 de octubre de 2008 381257 CONSIDERANDO: Que, el artículo 191 de la Constitución Política del Estado, señala que: “Los gobiernos regionales tienen autonomía política, y administrativa en los asuntos de su competencia”; Que, el artículo 36. c) de la Ley 27783 - Ley de Bases de la Descentralización”, establece que “Son competencias compartidas de los Gobiernos Regionales: . . . c) la promoción, gestión y regulación de actividades económicas y productivas en su ámbito y nivel, correspondientes a los sectores agricultura. . ., transportes, comunicaciones y medio ambiente”; Que, el artículo 9. g) de la Ley 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, prescribe como una de las competencias constitucionales de los Gobiernos Regionales: “Promover el desarrollo socioeconómico regional; así como promover y regular actividades y/o servicios en materia de agricultura, pesquería (…), comunicaciones, educación, salud y medio ambiente conforme a ley”; Que, el Gobierno Regional de Tacna, previendo el desarrollo de proyectos tendientes a mejorar la calidad de vida de la población regional, viene ejecutando el Proyecto “Fomento de la Educación Ambiental como Herramienta para el Desarrollo Sostenible de la Región Tacna”, por el cual, la sociedad tacneña en su conjunto, adquiere conciencia de su medio, es decir, genera una conciencia ambiental con el objetivo de contribuir al mejoramiento sostenible de la calidad de vida de la población de la Región. Asimismo, uno de los objetivos regionales, es establecer una adecuada implementación de políticas ambientales por lo que se ha incluido el tema ambiental en el Plan Institucional de los diferentes sectores; Que, con O ¿ cio Nº 420-2008-GGR-PR-GOB.REG. TACNA la Presidencia Regional solicita al Consejo Regional, aprobar la Política Ambiental de la Dirección Regional de Salud de Tacna, adjuntando al mismo el Informe Nº 0206-2008-GRPPAT/GOB.REG.TACNA y el Informe Nº 195-2008-GRPPAT/GOB.REG.TACNA; ambos de la Gerencia Regional de Planeamiento Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, asimismo los Informes Nº 548-ORAJ/G.R.TACNA, Nº 183-2008-MAHF-ORAJ-GRT ambos de la O ¿ cina Regional de Asesoría Jurídica y el Nº 026-2008-GRRNyGMA/GOB.REG.TACNA de la Gerencia Regional Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente, todos los documentos opinan, recomiendan y sustentan la aprobación de la Política Ambiental de la Dirección Regional Sectorial de Salud de Tacna; Que, el Pleno del Consejo Regional, en mérito a sus atribuciones, y por las consideraciones expuestas, debatido y conforme a los artículos 15 literal a), 36 y 37 literal a) y 38 de la Ley 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, y el artículo 27 del Reglamento Interno del Consejo Regional de Tacna, en Sesión Extraordinaria de la fecha, ha aprobado la siguiente; ORDENANZA REGIONAL Artículo Primero.- APROBAR la “POLÍTICA AMBIENTAL DE LA DIRECCIÓN REGIONAL SECTORIAL DE SALUD DE TACNA”, la misma que anexa forma parte de la presente Ordenanza Regional. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia General Regional y Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Ambiente del Gobierno Regional de Tacna; y, a la Dirección Regional Sectorial de Salud de Tacna, para que en coordinación con las demás entidades públicas, implementen la presente Ordenanza Regional. Articulo Tercero.- PUBLICAR y DIFUNDIR la presente Ordenanza Regional en el Diario O ¿ cial El Peruano y en el portal electrónico de la Institución, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 42 de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de Tacna, para su promulgación. En la ciudad de Tacna, al día once de setiembre del año dos mil ocho. JUAN VARGAS GOMEZ Consejero Delegado delConsejo Regional de Tacna POR TANTO:Mando se registre, noti ¿ que, difunda y cumpla.Dado en la sede del Gobierno Regional de Tacna, al día quince de Setiembre del año dos mil ocho. HUGO ORDOÑEZ SALAZAR Presidente del Gobierno Regional de Tacna 262383-1 Declaran como Política Regional la inclusión del emprendimiento en la currícula de la Educación Básica Regular en la Región Tacna ORDENANZA REGIONAL Nº 018-2008-CR/GOB.REG.TACNA EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE TACNA POR CUANTO:El Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna, con fecha once de setiembre del año dos mil ocho, en Sesión Extraordinaria, aprobó la siguiente Ordenanza Regional; CONSIDERANDO:Que, el artículo 191 de la Constitución Política del Estado, señala que: “Los gobiernos regionales tienen autonomía política, y administrativa en los asuntos de su competencia”; Que, el artículo 9. g) de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, prescribe como una de las competencias constitucionales de los Gobiernos Regionales: “Promover el desarrollo socioeconómico regional; así como promover y regular actividades y/o servicios en materia de agricultura, pesquería (…), comunicaciones, educación, salud y medio ambiente conforme a ley”; Que, el artículo 31 de la Ley Nº 28044 – Ley General de Educación señala: “Son objetivos de la Educación Básica: a) Formar integralmente al educando en los aspectos físico, afectivo y cognitivo para el logro de su identidad personal y social, ejercer la ciudadanía y desarrollar actividades laborales y económicas que le permitan organizar su proyecto de vida y contribuir al desarrollo del país. b) Desarrollar capacidades, valores y actitudes que permitan al educando aprender a lo largo de toda su vida. c) Desarrollar aprendizajes en los campos de las ciencias, las humanidades, la técnica, la cultura, el arte, la educación física y los deportes, así como aquellos que permitan al educando un buen uso y usufructo de las nuevas tecnologías”; Que, se debe adecuar el modelo educativo hacia un sistema de formación basado en competencias laborales, sociales, políticas, culturales, de valores que entreguen herramientas prácticas a los estudiantes, que les permitan un desarrollo de Emprendimiento de iniciativas, ideas y proyectos; Que, la educación con estos nuevos métodos, formará ciudadanos constructores de su propia historia capaces de detectar y localizar sus cualidades emergentes en este modelo que el mundo globalizado privilegia y exige. El ánimo no es desconocer el valor de los sistemas tradicionales de formación, de capacitación y de su instrucción, sino de adicionar las metodologías que nos ofrecen los nuevos tiempos para el desarrollo del Capital Humano; Que, mediante O ¿ cio Nº 021-2008-CODS-TACNA la Comisión Ordinaria de Desarrollo Social, asumiendo sus funciones emite el Dictamen Nº 001-2008-CR-CODS, aprobando por unanimidad la propuesta normativa regional de “Declarar como Política Regional la Inclusión del Emprendimiento en la Currícula de la Educación Básica Regular en la Región Tacna”; Que, el Pleno del Consejo Regional, en mérito a sus atribuciones, y por las consideraciones expuestas, debatido y conforme a los artículos 15 literal a), 36 y 37 literal a) y 38 de la Ley 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en Sesión Extraordinaria de la fecha, ha aprobado la siguiente; ORDENANZA REGIONAL: Artículo Primero.- DECLARAR COMO POLITICA REGIONAL LA INCLUSION DEL EMPRENDIMIENTO EN