Norma Legal Oficial del día 10 de octubre del año 2008 (10/10/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

El Peruano MORDAZA, viernes 10 de octubre de 2008

NORMAS LEGALES

381257

CONSIDERANDO: Que, el articulo 191 de la Constitucion Politica del Estado, senala que: "Los gobiernos regionales tienen autonomia politica, y administrativa en los asuntos de su competencia"; Que, el articulo 36. c) de la Ley 27783 - Ley de Bases de la Descentralizacion", establece que "Son competencias compartidas de los Gobiernos Regionales: . . . c) la promocion, gestion y regulacion de actividades economicas y productivas en su ambito y nivel, correspondientes a los sectores agricultura. . ., transportes, comunicaciones y medio ambiente"; Que, el articulo 9. g) de la Ley 27867 - Ley Organica de Gobiernos Regionales, prescribe como una de las competencias constitucionales de los Gobiernos Regionales: "Promover el desarrollo socioeconomico regional; asi como promover y regular actividades y/o servicios en materia de agricultura, pesqueria (...), comunicaciones, educacion, salud y medio ambiente conforme a ley"; Que, el Gobierno Regional de Tacna, previendo el desarrollo de proyectos tendientes a mejorar la calidad de MORDAZA de la poblacion regional, viene ejecutando el Proyecto "Fomento de la Educacion Ambiental como Herramienta para el Desarrollo Sostenible de la Region Tacna", por el cual, la sociedad tacnena en su conjunto, adquiere conciencia de su medio, es decir, genera una conciencia ambiental con el objetivo de contribuir al mejoramiento sostenible de la calidad de MORDAZA de la poblacion de la Region. Asimismo, uno de los objetivos regionales, es establecer una adecuada implementacion de politicas ambientales por lo que se ha incluido el tema ambiental en el Plan Institucional de los diferentes sectores; Que, con O cio Nº 420-2008-GGR-PR-GOB.REG. TACNA la Presidencia Regional solicita al Consejo Regional, aprobar la Politica Ambiental de la Direccion Regional de Salud de Tacna, adjuntando al mismo el Informe Nº 0206-2008-GRPPAT/GOB.REG.TACNA y el Informe Nº 195-2008-GRPPAT/GOB.REG.TACNA; ambos de la Gerencia Regional de Planeamiento Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, asimismo los Informes Nº 548-ORAJ/G.R.TACNA, Nº 183-2008-MAHF-ORAJ-GRT ambos de la O cina Regional de Asesoria Juridica y el Nº 026-2008-GRRNyGMA/GOB.REG.TACNA de la Gerencia Regional Recursos Naturales y Gestion del Medio Ambiente, todos los documentos opinan, recomiendan y sustentan la aprobacion de la Politica Ambiental de la Direccion Regional Sectorial de Salud de Tacna; Que, el Pleno del Consejo Regional, en merito a sus atribuciones, y por las consideraciones expuestas, debatido y conforme a los articulos 15 literal a), 36 y 37 literal a) y 38 de la Ley 27867 - Ley Organica de Gobiernos Regionales, y el articulo 27 del Reglamento Interno del Consejo Regional de Tacna, en Sesion Extraordinaria de la fecha, ha aprobado la siguiente;

Dado en la sede del Gobierno Regional de Tacna, al dia quince de Setiembre del ano dos mil ocho. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Gobierno Regional de Tacna

262383-1

Declaran como Politica Regional la inclusion del emprendimiento en la curricula de la Educacion Basica Regular en la Region Tacna
ORDENANZA REGIONAL Nº 018-2008-CR/GOB.REG.TACNA
EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE TACNA POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna, con fecha once de setiembre del ano dos mil ocho, en Sesion Extraordinaria, aprobo la siguiente Ordenanza Regional; CONSIDERANDO: Que, el articulo 191 de la Constitucion Politica del Estado, senala que: "Los gobiernos regionales tienen autonomia politica, y administrativa en los asuntos de su competencia"; Que, el articulo 9. g) de la Ley Nº 27867 - Ley Organica de Gobiernos Regionales, prescribe como una de las competencias constitucionales de los Gobiernos Regionales: "Promover el desarrollo socioeconomico regional; asi como promover y regular actividades y/o servicios en materia de agricultura, pesqueria (...), comunicaciones, educacion, salud y medio ambiente conforme a ley"; Que, el articulo 31 de la Ley Nº 28044 ­ Ley General de Educacion senala: "Son objetivos de la Educacion Basica: a) Formar integralmente al educando en los aspectos fisico, afectivo y cognitivo para el logro de su identidad personal y social, ejercer la ciudadania y desarrollar actividades laborales y economicas que le permitan organizar su proyecto de MORDAZA y contribuir al desarrollo del pais. b) Desarrollar capacidades, valores y actitudes que permitan al educando aprender a lo largo de toda su vida. c) Desarrollar aprendizajes en los MORDAZA de las ciencias, las humanidades, la tecnica, la cultura, el arte, la educacion fisica y los deportes, asi como aquellos que permitan al educando un buen uso y usufructo de las nuevas tecnologias"; Que, se debe adecuar el modelo educativo hacia un sistema de formacion basado en competencias laborales, sociales, politicas, culturales, de valores que entreguen herramientas practicas a los estudiantes, que les permitan un desarrollo de Emprendimiento de iniciativas, ideas y proyectos; Que, la educacion con estos nuevos metodos, formara ciudadanos constructores de su propia historia capaces de detectar y localizar sus cualidades emergentes en este modelo que el MORDAZA globalizado privilegia y exige. El animo no es desconocer el valor de los sistemas tradicionales de formacion, de capacitacion y de su instruccion, sino de adicionar las metodologias que nos ofrecen los nuevos tiempos para el desarrollo del Capital Humano; Que, mediante O cio Nº 021-2008-CODS-TACNA la Comision Ordinaria de Desarrollo Social, asumiendo sus funciones emite el Dictamen Nº 001-2008-CR-CODS, aprobando por unanimidad la propuesta normativa regional de "Declarar como Politica Regional la Inclusion del Emprendimiento en la Curricula de la Educacion Basica Regular en la Region Tacna"; Que, el Pleno del Consejo Regional, en merito a sus atribuciones, y por las consideraciones expuestas, debatido y conforme a los articulos 15 literal a), 36 y 37 literal a) y 38 de la Ley 27867 - Ley Organica de Gobiernos Regionales, en Sesion Extraordinaria de la fecha, ha aprobado la siguiente;

ORDENANZA REGIONAL
Articulo Primero.- APROBAR la "POLITICAAMBIENTAL DE LA DIRECCION REGIONAL SECTORIAL DE SALUD DE TACNA", la misma que anexa forma parte de la presente Ordenanza Regional. Articulo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia General Regional y Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestion del Ambiente del Gobierno Regional de Tacna; y, a la Direccion Regional Sectorial de Salud de Tacna, para que en coordinacion con las demas entidades publicas, implementen la presente Ordenanza Regional. Articulo Tercero.- PUBLICAR y DIFUNDIR la presente Ordenanza Regional en el Diario O cial El Peruano y en el MORDAZA electronico de la Institucion, en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 42 de la Ley Organica de Gobiernos Regionales. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de Tacna, para su promulgacion. En la MORDAZA de Tacna, al dia once de setiembre del ano dos mil ocho. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Consejero Delegado del Consejo Regional de Tacna POR TANTO: Mando se registre, noti que, difunda y cumpla.

ORDENANZA REGIONAL:
Articulo Primero.- DECLARAR COMO POLITICA REGIONAL LA INCLUSION DEL EMPRENDIMIENTO EN

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