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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 23 de octubre de 2008 381995 Matrimonio Civil Masivo a llevarse a cabo en el distrito de Comas, y; CONSIDERANDO:Que, mediante documento de visto, la Unidad de Estado Civil y Cementerios, informa que el nuevo TUPA de la Municipalidad Distrital de Comas, aprobado mediante Ordenanza Nº 262-C/MC, de fecha 05 de mayo de 2008, publicada en el diario ofi cial “El Peruano”, con fecha 15 de mayo de 2008, ratifi cada mediante Acuerdo de Concejo Nº 410, de la Municipalidad Metropolitana de Lima, no se establecen los derechos de trámite que deben asumir los contrayentes para los matrimonios masivos que se desarrollen en el distrito de Comas; Que, mediante Decreto de Alcaldía Nº 02-2008-A/MC, de fecha 18 de enero de 2008, publicado en el Diario Ofi cial El Peruano con fecha 01 de febrero de 2008, se dispone la Celebración de los matrimonios civiles masivos, a realizarse en diversos sectores del distrito durante año 2008; Que, con ocasión de celebrarse el 47º Aniversario del Distrito de Comas, la Municipalidad Distrital de Comas ha programado la realización del Cuarto Matrimonio Civil Masivo, el mismo, que se realizará el día 06 de diciembre de 2008; Que, para la realización del Matrimonio Civil Masivo, se requiere establecer el costo del derecho de trámite, a efectos, de proporcionársele a los contrayentes las facilidades del caso, debiendo tener en cuenta, que la mayoría de contrayentes por la carencia de recursos económicos no han podido formalizar su unión; Estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones conferidas por el inciso 6 del artículo 20º de la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades; y, Con el Visto Bueno del Jefe de la Unidad de Estado Civil y Cementerio, Secretario General, Gerente de Administración y Finanzas, Gerente de Asuntos Jurídicos y del Gerente Municipal. SE DECRETA:Artículo Primero.- DISPONER, la celebración del Cuarto Matrimonio Civil Masivo, a realizarse el día sábado 06 de Diciembre de 2008, estableciéndose el costo de S/.50.00 nuevos soles por derecho de trámite. Artículo Segundo.- La Gerencia de Administración y Finanzas, a través de la Subgerencia de Tesorería en coordinación con la Unidad de Estado Civil y Cementerios, adoptarán las horas de atención más adecuadas y brindará las facilidades que requieren los contrayentes para el pago correspondiente de este derecho. Artículo Tercero.- Encargar a la Subgerencia Estadística e informática y a la Unidad de Comunicación Municipal la difusión del presente Decreto de Alcaldía. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.MIGUEL ÁNGEL SALDAÑA REÁTEGUI Alcalde 267869-1 MUNICIPALIDAD DE EL AGUSTINO Aprueban recepción de obras de habilitación urbana y autorizan a asociación la adjudicación de lotes de terreno RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 225-08-A-SEGE-02-MDEA El Agustino, 12 de septiembre de 2008 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE EL AGUSTINO. VISTO: El Expediente Administrativo Nº 03668-03 y Anexos, promovido por el Sr. Digno Emérito Villaverde Ramírez, en calidad de representante de la ASOCIACIÓN DE VIVIENDA NACIONES UNIDAS, mediante el cual solicita la Recepción de Obras de la Habilitación Urbana en Vía de Regularización, del terreno de 12,360.00 m2., constituido por la parcela Rústica denominada San José que formó parte del Fundo Vicentelo Bajo ubicado en el Distrito de El Agustino, Provincia y Departamento de Lima. CONSIDERANDO: Que, la Asociación de Vivienda Naciones Unidas es propietaria del terreno, mediante Escritura de Compra – Venta el 15.67 % de Acciones y Derechos, otorgados por la Sra. Humberta Pérez Vásquez celebrada el 27-05-1991, que equivale a 12,360.00 m2., y se encuentra inscrita en el Asiento 15, fojas 251 del tomo 729 del registro de propiedad e inmueble de Lima con fecha 19-07-1991. Que, con Resolución Nº 168-94-MLM-SMDU-DMDU de fecha 11 de noviembre del 1994, se resolvió aprobar los Estudios Preliminares de la Habilitación Urbana en Vía de Regularización, para uso de Vivienda Taller “I1–R4” del terreno de Doce Mil Trescientos Sesenta Metros Cuadrados (12,360.00 m2), ubicado en el Distrito de El Agustino, Provincia y Departamento de Lima. Y se otorga un plazo de seis (6) meses para solicitar proyectos defi nitivos. Que conforme al inciso b) del Artículo 8º del Texto Único Ordenado del Reglamento de la Ley General de Habilitaciones Urbanas, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 11-98-MTC, la Recepción de Obra tiene por objeto que el solicitante obtenga la conformidad de las obras urbanas que haya ejecutado en concordancia con la Habilitación Urbana aprobada, cuyo procedimiento se encuentra establecido en los Artículos 18º, 19º, 20º, 21º y 22º. Que mediante Carta Nº 122-1995-SGZE, del 29 de Setiembre de 1995, SEDAPAL otorgo la Aprobación al Proceso de Recepción de las Obras de Agua Potable y Alcantarillado que dará Servicio a la Habilitación de la referencia. Que mediante Carta de EDELNOR de fecha 05-06- 2001, informan que los Terrenos ocupados por la Asociación de Vivienda Naciones Unidas, se encuentran en una zona electrifi cada, contando con Redes del Subsistema de Distribución Secundaria e Instalaciones de Alumbrado Público. Que con Ofi cio Nº 049-2002-DDU-MDEA, la Municipalidad de El Agustino comunica que la Pavimentación de las Calles de la Asociación de Vivienda Naciones Unidas se realizó el año 2000, la cual esta concluida en su totalidad y en buen estado. Que, de conformidad a la Liquidación de Pagos por défi cit de aportes referido a Recreación Pública, cuyo valor es S/. 2,698.06 (Dos Mil Seiscientos Noventa y Ocho y 06/100 Nuevos Soles), que fue abonado a la Municipalidad de El Agustino conforme a los Recibos Nº 011394 ( 1,700.00), Nº 0190048 (800.00) y Nº 013856 (198.06). Que, mediante Resolución Jefatural Nº 2081-2008- ED, se aprueba la valorización respecto al défi cit de Aporte referidos al Ministerio de Educación por proceso de Habilitación Urbana para uso de Vivienda Taller I1 – R4, del terreno de 12,360.00 m2., cuyo valor asciende a S/. 6,602.02 (Seis Mil Seiscientos Dos con 02/100 Nuevos Soles) equivalente al área de 247.20 m2. Dicho monto fue abonado al Ministerio de Educación con Factura Nº 003528 el 05-08-2008. Que según Informe Nº 522-2008-SGCAT/HU-GDU- MDEA, de fecha 05-09-08, la Sub Gerencia de Catastro y Habilitación Urbana, que la presente Recepción de Obra, de conformidad al Plano de Replanteo Defi nitivo de Lotización Recepción de Obras de Habilitación Urbana, las obras ejecutadas se ajustan a la resolución expedida en la etapa de la Aprobación de la Habilitación Urbana en Vía de Regularización. Que con el visto bueno de la Gerencia de Desarrollo Urbano, Asesoría Legal y estando los fundamentos expuestos en la parte considerativa y en uso de las facultades conferidas por el Inciso 3.6.1 del capítulo II del artículo Nº 79 de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972, Ley General de Habilitaciones Urbanas – Ley Nº 26878 y sus Normas Complementarias, Decreto de Alcaldía Nº 079 de la Municipalidad Metropolitana de Lima, Ley de Procedimiento Administrativo General Nº 27444. SE RESUELVE: Artículo 1º.- APROBAR, la RECEPCIÓN DE OBRA de la Habilitación Urbana en Vía de Regularización, para uso de Descargado desde www.elperuano.com.pe