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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE OCTUBRE DEL AÑO 2008 (23/10/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 22

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 23 de octubre de 2008 381980  Certifi cado de vigencia de poder expedido por la Ofi cina Registral de Lima de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, correspondiente a la Partida Nº 12141062 pedido con fecha 26 de Agosto del 2008, que acredita la vigencia del poder respectivo.  Certifi cado de Inspección de Taller Nº PER-311/08- 132- 001 de fecha 22 de Abril del 2008, emitido por la Entidad Certifi cadora de Conversiones BUREAU VERITAS DEL PERU S.A., señalando que el taller cumple con los requisitos exigidos en los numerales 6.1.2, 6.1.3 y 6.1.4 de la Directiva Nº 001-2005-MTC/15.  Planos de ubicación y de distribución del taller, detallando sus instalaciones y diversas áreas que lo componen, con su respectiva memoria descriptiva.  Relación de equipos, maquinaria y herramientas requeridas por el numeral 6.1.3 de la Directiva antes citada, a la que se adjunta la declaración jurada del representante legal de la solicitante en el sentido que su representada es propietaria de los citados bienes, y la resolución de homologación vigente del analizador de gases expedido por la Dirección General de Asuntos Socio Ambientales del MTC conforme a lo establecido en las normas vigentes.  Nómina del personal técnico del Taller que incluye sus nombres completos y copias de sus documentos de identidad, copia simple de los títulos que acreditan su califi cación en mecánica automotriz y electricidad automotriz, copia simple de los títulos y/o certifi caciones que acreditan su califi cación en conversiones vehiculares del sistema de combustión a GNV expedido por el Proveedor de Equipos Completos-PEC con el cual el taller mantiene vínculo contractual y copia de los documentos que acreditan la relación laboral o vínculo contractual con el taller.  Copia de la constancia de Inscripción Nº 0572- 2007-PRODUCE/DVI/DGI-DNTSI, de MULTISERVICIOS MAEL S.A.C., ante el Registro de Productos Industriales Nacionales del Ministerio de la Producción como proveedor de Equipos Completos – PEC.  Copia del Contrato de Concesión de fecha 09 de mayo del 2006, celebrado por la solicitante con el proveedor de Equipos Completos – PEC autorizado MULTISERVICIOS MAEL S.A.C., mediante el cual se garantiza el normal suministro de los kits de conversión, así como el soporte técnico y la capacitación del personal.  Copia de los Contratos de Arrendamiento celebrado entre Doña Johana Clara Montalvo Moscoso con la solicitante, mediante el cual se acredita la posesión legítima de la infraestructura requerida en el numeral 6.1.2 de la Directiva anteriormente mencionada.  Copia de la Licencia de Funcionamiento vigente expedida por la Municipalidad Distrital La Molina.  Copia de la Póliza de seguro de responsabilidad civil extracontractual Nº 1824555 emitida por LA POSITIVA Seguros y Reaseguros, destinada a cubrir los daños a los bienes e integridad personal de terceros generados por accidentes que pudieran ocurrir en sus instalaciones, por el monto de 200 UIT conforme a los términos señalados en el numeral 6.2.10 de la Directiva Nº 001-2005-MTC/15. De conformidad con la Ley 27791, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; la Ley Nº 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre; Decreto Supremo Nº 058-2003-MTC que aprueba el Reglamento Nacional de Vehículos y la Directiva Nº 001-2005-MTC/15 que aprueba el “Régimen de Autorización y Funcionamiento de las Entidades Certifi cadoras de Conversiones y de los Talleres de Conversión a GNV”. SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar por el plazo de cinco (5) años, a contarse desde la publicación de la presente resolución, a la empresa DEXCAR MULTISERVICIOS S.A.C., para operar el taller ubicado en Avenida Javier Prado Este N° 5930 La Molina, provincia de Lima y departamento de Lima, como Taller de Conversión a Gas Natural Vehicular (GNV), a fi n de realizar las conversiones del sistema de combustión de los vehículos a GNV. Artículo 2º.- La empresa autorizada, bajo responsabilidad, debe presentar a la Dirección General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones el correspondiente “Certifi cado de Inspección del Taller” vigente emitido por alguna Entidad Certifi cadora de Conversiones antes del vencimiento de los plazos que a continuación se señalan:ACTOFecha máxima de presentación Primera Inspección anual del taller 22 de Abril del 2009 Segunda Inspección anual del taller 22 de Abril del 2010 Tercera Inspección anual del taller 22 de Abril del 2011 Cuarta Inspección anual del taller 22 de Abril del 2012 Quinta Inspección anual del taller 22 de Abril del 2013 En caso que la empresa autorizada no presente el correspondiente “Certifi cado de Inspección del Taller” vigente al vencimiento de los plazos antes indicados, se procederá conforme a lo establecido en el numeral 6.6 de la Directiva Nº 001-2005-MTC/15 referida a la caducidad de la autorización. Artículo 3º .- La empresa autorizada, bajo responsabilidad, debe presentar a la Dirección General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones la renovación de la póliza de seguro de responsabilidad civil extracontractual contratada antes del vencimiento de los plazos que a continuación se señalan: ACTOFecha máxima de presentación Primera renovación o contratación de nueva póliza 12 de mayo del 2009 Segunda renovación o contratación de nueva póliza 12 de mayo del 2010 Tercera renovación o contratación de nueva póliza 12 de mayo del 2011 Cuarta renovación o contratación de nueva póliza 12 de mayo del 2012 Quinta renovación o contratación de nueva póliza 12 de mayo del 2013 En caso que la empresa autorizada, no cumpla con presentar la renovación o contratación de una nueva póliza al vencimiento de los plazos antes indicados, se procederá conforme a lo establecido en el numeral 6.6 de la Directiva Nº 001-2005-MTC/15 referida a la caducidad de la autorización. Articulo 4. -La presente Resolución Directoral entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Regístrese, publíquese y cúmplase.JULIO CÉSAR CHÁVEZ BARDALES Director GeneralDirección General de Transporte Terrestre 265948-1 ORGANISMOS AUTONOMOS MINISTERIO PUBLICO Encargan funciones de la Fiscalía Superior Decana del Distrito Judicial de San Martín y del despacho de la Primera Fiscalía Superior Mixta de San Martín RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 1424-2008-MP-FN Lima, 22 de octubre de 2008 VISTO Y CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Nº 650, expedida por el doctor Percy Peñaranda Portugal, Fiscal Supremo Titular, designado en la Fiscalía Suprema de Control Interno, en el caso 293-2008-SAN MARTÍN, se dispuso la medida de abstención en el ejercicio de la función fi scal contra el doctor Antonio Ruíz Sánchez, Fiscal Superior Titular Decano del Distrito Judicial de San Martín, con el propósito de asegurar la efi ciencia del procedimiento y la resolución que ponga fi n al mismo, extendiéndose esta medida hasta la expedición de la resolución respectiva en el proceso disciplinario aperturado en su contra y consentida que sea la misma. Que, por Resolución Nº 071-2008-MP-FN-JFS, de fecha 13 de octubre del 2008, se declara Infundado el recurso de Descargado desde www.elperuano.com.pe