Norma Legal Oficial del día 01 de septiembre del año 2008 (01/09/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 24

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, lunes 1 de setiembre de 2008

giros que por su naturaleza requieran desarrollar sus actividades, en otros horarios de acuerdo a las condiciones especificas dispuestas por la Municipalidad y que se consignaran en las respectivas autorizaciones. · Cumplir con los compromisos asumidos con la Municipalidad para el mejoramiento de la infraestructura MORDAZA y ornato de La Victoria. · Expender alimentos en envases descartables, cuidando que los recipientes que los almacenan deberan estar en MORDAZA estado de higiene y conservacion y contar con tapas o cubiertas de proteccion adecuada; en caso de los citricos conservarlos en envases en MORDAZA, para mantener la vitamina "C", desechar los aceites quemados para asegurar que no se consuma aceites que contengan radicales. · Instalar por su cuenta y costo, los modulos en numero, caracteristicas y ubicaciones autorizadas. · Utilizar el modulo exclusivamente para desarrollar el giro autorizado. · No modificar bajo ninguna circunstancia las caracteristicas especificadas para el modulo autorizado. · Desmontar los modulos y desocupar las ubicaciones para la instalacion de estos, al termino de la vigencia de las autorizaciones, responsabilizandose que los espacios MORDAZA entregados en las mismas condiciones en que fueron recibidos. 2.2 Prohibiciones: Las personas autorizadas se encuentran prohibidas de: · Desarrollar giro distinto al autorizado por la Municipalidad. · Utilizar y/o vender en el desarrollo de sus actividades articulos adulterados o de contrabando. · Protagonizar o provocar escandalos publicos, faltar el respeto a los usuarios y/o a la autoridad. · Utilizar megafonos, equipos de musica amplificadores, de sonido y otros medios de generen ruidos. · Utilizar conexiones clandestinas de electricidad, telefonicas u otras similares. · Exhibir publicidad sin autorizacion previa de la Municipalidad. V. ACCIONES COMPLEMENTARIAS Y EXCEPCIONES: Las propuestas y proyectos de normas en tramite, relacionadas al desarrollo de actividades comerciales y/o de servicios con uso temporal de la via publica en el distrito de La MORDAZA, deberan ser reevaluadas de acuerdo a los resultados del presente Plan Piloto. Las zonas de reglamentacion especial no se encuentran comprendidas en el presente Plan Piloto. VI. ACCIONES DEL PLAN PILOTO: La Gerencia de Desarrollo Economico, y la Sub Gerencia de Comercio Informal y Mercados, se encuentran encargadas de: 1. Monitorear el desarrollo del Plan Piloto de acuerdo a la competencia de cada area. 2. Proponer las modificaciones y correctivos necesarios para el mejor desarrollo del Plan Piloto. 3. Realizar reuniones de coordinacion y de evaluacion periodicamente. 4. Emitir un Informe final de balance y resultados de la implementacion del Plan Piloto. VII. RESULTADOS: 1. Los resultados del presente Plan Piloto deberan consignarse en un Informe Final. Este informe debera contener necesariamente una propuesta de ubicaciones, giros a ser autorizados, procedimientos para la autorizacion, vigencia de las autorizaciones y obligaciones y prohibiciones de los autorizados. 2. La Gerencia de Desarrollo Economico en un plazo no mayor de sesenta (60) dias del termino de la vigencia del presente Plan Piloto, se encuentra encargada de proyectar las normas para la aplicacion de las propuestas senaladas en el informe referido en el numeral precedente. 245409-1

PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHANCHAMAYO
Declaran de necesidad y utilidad publica el saneamiento fisico legal de terreno de la urbanizacion MORDAZA MORDAZA de MORDAZA
(Se publica el Acuerdo de la referencia a solicitud de la Municipalidad Provincial de Chanchamayo mediante Oficio N° 069-2008-OAJ-MPCH. recibido el 29 de agosto de 2008) ACUERDO DE CONCEJO Nº 070-2008-MPCH La MORDAZA, 29 de febrero del 2008 VISTO: En Sesion Ordinaria de Concejo Nº 04 de fecha 28 de febrero del 2008, el Informe Legal Nº 091-2008OAJ/MPCH presentado por el Abog. MORDAZA MORDAZA Chacaltana, Asesor Legal Interno de la Municipalidad Provincial de Chanchamayo; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad al Art. 194º de la Constitucion Politica del Estado en concordancia con el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades Ley Nº 27972, las Municipalidades son Organos de Gobierno Local, con autonomia politica, administrativa y economica en los asuntos de su competencia; Que, de conformidad al Art. 41º de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972, se precisa que los acuerdos son decisiones que toma el concejo, referidas a los asuntos especificos de interes publico, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del organo de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o MORDAZA institucional; Que, con Informe Legal Nº 091-2008-OAJ/MPCH documento con expediente administrativo Nº 395/SG, el Abog. MORDAZA MORDAZA Chacaltana, Asesor Legal Interno de la Municipalidad Provincial de Chanchamayo comunica respecto al Saneamiento Fisico Legal del terreno de la urbanizacion MORDAZA MORDAZA de Praga; Por estas consideraciones, con el visto MORDAZA de la Oficina de Asesoria Legal, en uso de las facultades conferidas por la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, el Concejo Municipal en Sesion Ordinaria de Concejo Nº 04 de fecha 28 de febrero del 2008, por MORDAZA unanime; ACUERDA: Articulo Primero.- DECLARAR de necesidad y utilidad publica y de preferente interes social el Saneamiento Fisico Legal del predio comprendido como urbanizacion MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, ubicado en el Sector de MORDAZA del MORDAZA de esta MORDAZA de La MORDAZA, de un area de 1,692.00 m2 y un perimetro de 212.14 m.l. conforme a la memoria descriptiva y plano perimetrico elaborado por la Subgerencia de Desarrollo Territorial y Saneamiento Fisico Legal, disponiendo su inscripcion registral en el Registro de Bienes Inmuebles de la Oficina Registral de La MORDAZA conforme a Ley. Articulo Segundo.- PUBLICAR el presente Acuerdo de Concejo en el diario de mayor circulacion, conforme a Ley. Registrese, comuniquese y archivese. LIV M. HAUG LANDMO Alcaldesa 245093-1

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