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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2008 (03/09/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 8

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 3 de setiembre de 2008 379106 Torrelly, quienes prestan servicios en la Subdirección de Promoción del Turismo Receptivo de dicha entidad, a la ciudad de Sao Paulo, para que en representación de PROMPERÚ, desarrollen actividades vinculadas a la promoción turística del Perú; Que, la Ley Nº 29142, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008, prohíbe los viajes al exterior con cargo a recursos públicos, con algunas excepciones, entre ellas, los viajes que se efectúan para acciones de promoción de importancia para el Perú; De conformidad con la referida Ley Nº 29142, Ley Nº 27790, de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, Ley Nº 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, y sus modifi catorias, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y el Decreto Supremo Nº 009-2007-MINCETUR; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el viaje de las señoras María del Carmen De Reparaz Zamora y María Soledad Acosta Torrelly, quienes prestan servicios en la Subdirección de Promoción del Turismo Receptivo, a la ciudad Sao Paulo, República Federativa de Brasil, del 16 al 20 de setiembre de 2008, para que en representación de PROMPERÚ lleven a cabo diversas acciones de promoción del turismo, durante el evento mencionado en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución se efectuarán con cargo al Pliego Presupuestal 008 Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ, de acuerdo al siguiente detalle: María del Carmen De Reparaz Zamora: - Viáticos (US$ 200,00 x 4 días) : US$ 800,00 - Pasajes Aéreos : US$ 1 390,00- Tarifa Corpac : US$ 30,25 María Soledad Acosta Torrelly:- Viáticos (US$ 200,00 x 4 días) : US$ 800,00 - Pasajes Aéreos : US$ 1 390,00- Tarifa Corpac : US$ 30,25 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, las personas cuyo viaje se autoriza mediante el Artículo 1º de la presente Resolución, presentarán a la Titular de PROMPERÚ un informe detallado sobre las acciones realizadas y los logros obtenidos durante el evento al que asistirán; asimismo, deberán presentar la rendición de cuentas respectiva, de acuerdo a Ley. Artículo 4º.- La presente Resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y la Ministra de Comercio Exterior y Turismo. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros MERCEDES ARAOZ FERNÁNDEZ Ministra de Comercio Exterior y Turismo 246795-11 Autorizan viaje de profesional del Viceministerio de Comercio Exterior para participar en reunión de trabajo sobre la implementación del Acuerdo de Promoción Comercial con EE.UU. RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 134-2008-MINCETUR Lima, 2 de setiembre de 2008CONSIDERANDO: Que, la entrada en vigencia del Acuerdo de Promoción Comercial Perú - Estados Unidos (TLC Perú – Estados Unidos) exige la implementación de los compromisos previstos en el Capítulo Ambiental, en cuya razón se vienen realizando las gestiones y actividades necesarias para lograr dicho objetivo; Que, en tal sentido, se ha programado una reunión bilateral de trabajo con las agencias de Estados Unidos encargadas del tema ambiental (Ofi cina del Representante Comercial - USTR y el Departamento de Estado, entre otras), que se llevará a cabo en la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América, del 17 al 26 de setiembre de 2008, en la que se abordarán temas tales como el establecimiento de la Secretaría Internacional para recibir solicitudes y comentarios del público sobre implementación ambiental, posibilidad de que la OEA funcione como sede de la Secretaría Internacional y temas sobre la cooperación ambiental; Que, el Viceministro de Comercio Exterior ha solicitado que se autorice el viaje del señor Ernesto Guevara Lam, profesional que presta servicios en el Viceministerio de Comercio Exterior, a la ciudad de Washington D.C., para que en representación del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo participe en la mencionada reunión; Que, la Ley N° 29142, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008, prohíbe los viajes al exterior con cargo a recursos públicos, con algunas excepciones, entre ellas, los viajes que se efectúan en el marco de los acuerdos de negociación de tratados comerciales de importancia para el Perú; De conformidad con la citada Ley N° 29142, la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del MINCETUR, Ley N° 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus modifi catorias y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Ernesto Guevara Lam, profesional que presta servicios en el Viceministerio de Comercio Exterior, a la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América, del 15 al 27 de setiembre de 2008, para que en representación del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo participe en la reunión a que se refi ere la parte considerativa de la presente Resolución Suprema. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, estarán a cargo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes : US$ 349,10 Viáticos (US$ 220,00 x 12 días) : US$ 2 640,00Tarifa CORPAC : US$ 30,25 Artículo 3°.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, el señor Ernesto Guevara Lam deberá presentar a la Ministra de Comercio Exterior y Turismo un informe detallado sobre las acciones realizadas y resultados obtenidos en la reunión a la que asistirá; asimismo, presentará la rendición de cuentas de acuerdo a Ley. Artículo 4º.- La presente Resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Artículo 5°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y la Ministra de Comercio Exterior y Turismo. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros MERCEDES ARAOZ FERNÁNDEZ Ministra de Comercio Exterior y Turismo 246795-10Descargado desde www.elperuano.com.pe