NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2008 (27/09/2008)
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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 27 de setiembre de 2008 380348 personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores”; y Con la opinión favorable de la Marina de Guerra del Perú y de conformidad con la Ley Nº 27856 y la Ley Nº 28899; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República de cuatro (04) efectivos de la Marina de los Estados Unidos de América, cuyos nombres se indican en el Anexo que forma parte de la presente Resolución, del 28 de setiembre al 03 de octubre de 2008, para sostener reuniones ofi ciales de coordinación con personal de la Fuerza de Submarinos de la Marina de Guerra del Perú, sobre el último Despliegue Operacional “SUBDIEX” del B.A.P. Arica. Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que de cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5º de la Ley Nº 27856, modifi cado por Ley Nº 28899. Regístrese, comuníquese y publíquese.ANTERO FLORES ARÁOZ E. Ministro de Defensa ANEXO A LA RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1026-2008-DE/SG a. MOTIVOAutorizar el ingreso al territorio de la República de cuatro (04) efectivos de la Marina de los Estados Unidos de América para sostener reuniones ofi ciales de coordinación con personal de la Fuerza de Submarinos de la Marina de Guerra del Perú sobre el último Desplazamiento Operacional “SUBDIEX” del B.A.P. Arica. b.- IDENTIFICACION DEL PERSONAL MILITAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, SIN ARMAS DE GUERRA, QUE INGRESARÁ AL TERRITORIO DE LA REPÚBLICA: 1. CAPITAN NAVIO, USN STEVE ROSS 2. CAPITAN DE CORBETA, USN JOE BUCZKOWSKI 3. CAPITAN DE CORBETA, USN STEVE WHEAR 4. CAPITAN DE CORBETA, USN JAMES RAIMONDO c.- TIEMPO DE PERMANENCIA Del 28 de setiembre al 03 de octubre de 2008. 257531-1 ECONOMIA Y FINANZAS Otorgan seguridades y garantías no financieras del Estado de la República del Perú en respaldo de las obligaciones, declaraciones y seguridades contenidas en el Contrato de Concesión del Sistema de Distribución de Gas Natural en el Departamento de Ica DECRETO SUPREMO N° 114-2008-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Suprema Nº 050-2004- EF de fecha 31 de mayo de 2004, se ratifi có el Acuerdo del Consejo Directivo de PROINVERSIÓN, por el cual se estableció la entrega en concesión al sector privado del Proyecto “Gasoductos Regionales” bajo los mecanismos y procedimientos a que se refi ere el Decreto Supremo Nº 059-96-PCM y su reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 060-96-PCM; Que, mediante Resolución Suprema Nº 076-2005- EF de fecha 13 de junio de 2005, se ratifi có el Acuerdo adoptado por el Consejo Directivo de PROINVERSIÓN, mediante el cual se aprobó el Plan de Promoción de la Inversión Privada “Concesión de Gasoductos Regionales”, que regiría el proceso de promoción para entregar en concesión al sector privado la infraestructura necesaria para el transporte y distribución de gas natural por ductos al servicio de las regiones Cusco, Ayacucho, Junín e Ica; Que, mediante Resolución Suprema Nº 067-2007- EF de fecha 21 de agosto de 2007, se ratifi có el Acuerdo adoptado por el Consejo Directivo de PROINVERSIÓN en su sesión de fecha 24 de julio de 2007, conforme al cual se aprueba la modifi cación al Plan de Promoción de la Inversión Privada “Concesión de Gasoductos Regionales”, a fi n de iniciar el proceso en el departamento de Ica; Que, mediante Acuerdo del Consejo Directivo de PROINVERSIÓN, adoptado en sesión de fecha 21 de agosto de 2007, se aprobaron las Bases del Concurso Público Internacional en la modalidad de Proyecto Integral para otorgar en concesión el Sistema de Distribución de Gas Natural en el Departamento de Ica; Que, con fecha 25 de abril de 2008, se realizó el Acto de Recepción de Propuestas, Apertura de Sobres y Adjudicación de la Buena Pro del Concurso. En dicho acto se adjudicó la Buena Pro al CONSORCIO EEB-TGI, formado por la Empresa de Energía de Bogotá S.A. ESP y Transportadora de Gas del Interior S.A. ESP.; Que, el Artículo 2º del Decreto Ley Nº 25570, modifi cado por el Artículo 6º de la Ley Nº 26438, en concordancia con el Artículo 4º de la Ley Nº 26885, permite que el Estado otorgue mediante contrato, a las personas jurídicas que realicen inversiones bajo el marco de los Decretos Supremos Nº 059-96-PCM y Nº 060-96-PCM, las seguridades y garantías que mediante decreto supremo, en cada caso, se consideren necesarias para proteger sus adquisiciones e inversiones, de acuerdo a la legislación vigente; Que, mediante Acuerdo del Consejo Directivo de PROINVERSIÓN, adoptado en sesión de fecha 12 de agosto de 2008, se aprobó otorgar mediante contrato, las seguridades y garantías a que se refi ere el párrafo precedente, en favor de la Sociedad Concesionaria, respecto de las obligaciones, declaraciones y seguridades asumidas por el concedente en el Contrato de Concesión del Sistema de Distribución de Gas Natural en el Departamento de Ica; Que, en virtud de lo antes expresado, procede otorgar mediante contrato, las seguridades y garantías del Estado de la República del Perú en respaldo de las declaraciones, seguridades y obligaciones contenidas en el Contrato de Concesión a favor de la Sociedad Concesionaria que el CONSORCIO EEB-TGI constituirá, la cual suscribirá el Contrato de Concesión del Sistema de Distribución de Gas Natural en el Departamento de Ica; De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 2º del Decreto Ley Nº 25570, norma complementaria al Decreto Legislativo Nº 674, modifi cado por el Artículo 6º de la Ley Nº 26438, en concordancia con el Artículo 4º de la Ley Nº 26885, el Texto Único Ordenado aprobado por Decreto Supremo Nº 059-96-PCM, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 060-96-PCM; y la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; DECRETA: Artículo 1º.- Otórguese mediante contrato, las seguridades y garantías no fi nancieras del Estado de la República del Perú en respaldo de las obligaciones, declaraciones y seguridades contenidas en el Contrato de Concesión del Sistema de Distribución de Gas Natural en el Departamento de Ica, a celebrarse con la Sociedad Concesionaria que el CONSORCIO EEB-TGI, constituirá conforme se señala en las Bases del Concurso Público Internacional en la modalidad de Proyecto Integral para otorgar en Concesión el Sistema de Distribución de Gas Natural en el Departamento de Ica, efectuado Descargado desde www.elperuano.com.pe