NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2008 (27/09/2008)
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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 27 de setiembre de 2008 380363 Artículo 2º.- Refrendo El presente Decreto Supremo, será refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de Energía y Minas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiséis días del mes de setiembre del año dos mil ocho. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República LUIS M. VALDIVIESO M. Ministro de Economía y Finanzas JUAN VALDIVIA ROMERO Ministro de Energía y Minas 257894-4 JUSTICIA Autorizan funcionamiento de Centros Móviles de Asistencia Legal Gratuita - “ALEGRAS - MÓVILES” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0553-2008-JUS Lima, 26 de setiembre de 2008CONSIDERANDO: Que, el Ministerio de Justicia tiene por fi nalidad velar por la vigencia del imperio de la ley, el derecho y la justicia, correspondiéndole promover una efi ciente y pronta administración de justicia, vinculando al Poder Ejecutivo con el Poder Judicial, el Ministerio Público y otras entidades, siendo sus funciones el centralizar, coordinar, asesorar y promover la tutela y vigencia de los Derechos Humanos; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 323-2004- JUS, publicada el 20 de julio de 2004, el Ministerio de Justicia dispuso la implementación de los Centros de Asistencia Legal Gratuita – ALEGRA en todo el territorio nacional, a través de los cuales se brindarán integralmente, mediante una única organización, los servicios de justicia de Defensoría de Ofi cio, Consultorio Jurídico Popular y Centro de Conciliación Extrajudicial Gratuito, permitiendo servicios de calidad y mayor acceso a la justicia; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 013-2008- JUS se dispone la implementación de Centros Móviles de Asistencia Legal Gratuita “ALEGRAS MOVILES” a nivel nacional, a través de los cuales el Ministerio de Justicia podrá brindar los servicios de justicia de Defensoría de Ofi cio, Consultorio Jurídico Popular y Centro de Conciliación Extrajudicial Gratuito, con la fi nalidad de ejecutar acciones de mayor promoción y más efectivo acceso a la justicia y a favor de la población de escasos recursos. Asimismo, se dispone que la Dirección Nacional de Justicia, órgano de línea del Ministerio de Justicia se encargue del cumplimiento de la presente Resolución. Que, estando prevista la implementación de estos Centros en diversos lugares de la República, entre ellos en el distrito de Ventanilla, Provincia Constitucional del Callao, Departamento de Lima, resulta necesario emitir la correspondiente Resolución Ministerial que autorice su funcionamiento; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25993, Ley Orgánica del Sector Justicia y por el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia, aprobado por Decreto Supremo Nº 019-2001-JUS; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Autorizar el funcionamiento de los siguientes Centros Móviles de Asistencia Legal Gratuita – “ALEGRAS – MOVILES”: - ALEGRA MOVIL MI PERU, ubicado en el Centro Poblado Mi Perú, distrito de Ventanilla, Provincia Constitucional del Callao, Departamento de Lima.- ALEGRA MOVIL LURIN, ubicado en el distrito y provincia de Lurín, departamento de Lima. - ALEGRA MOVIL ABANCAY, ubicado en el distrito y provincia de Abancay, departamento de Apurímac. Artículo Segundo.- A través de los cuales se brindarán los servicios de justicia de: - Defensoría de Ofi cio - Consultorio Jurídico Popular- Centro de Conciliación Extrajudicial Gratuito Artículo Tercero.- Conforme a los artículos 71º y 72º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia aprobado por Decreto Supremo Nº 019-2001-JUS, la Dirección Nacional de Justicia, órgano de línea del Ministerio de Justicia, tendrá la responsabilidad del cumplimiento de la presente Resolución. Artículo Cuarto.- Disponer que los demás órganos del Ministerio de Justicia brinden el apoyo correspondiente para el cumplimiento de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese.ROSARIO DEL PILAR FERNANDEZ FIGUEROA Ministra de Justicia 257446-1 MUJER Y DESARROLLO SOCIAL Aceptan renuncia de Jefe Zonal Chimbote de la Unidad Gerencial de Articulación Territorial y Seguridad Alimentaria y Nutricional del PRONAA RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 429-2008-MIMDES Lima, 26 de septiembre de 2008CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Ministerial Nº 138-2008- MIMDES de fecha 25 de Marzo de 2008 se designó a la señora MARÍA NANCY JARA PAREDES en el cargo de Jefe Zonal Chimbote de la Unidad Gerencial de Articulación Territorial y Seguridad Alimentaria y Nutricional del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria – PRONAA del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social – MIMDES, cargo al cual ha formulado renuncia; Que, en tal sentido resulta pertinente emitir el acto mediante el cual acepta la renuncia formulada; Con la visación del Director General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, el artículo 7º de la Ley Nº 27793, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social – MIMDES, su Reglamento de Organización y Funciones aprobado mediante Decreto Supremo Nº 011-2004-MIMDES; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aceptar, a partir de la fecha, la renuncia formulada por la señora MARÍA NANCY JARA PAREDES, al cargo de Jefe Zonal Chimbote de la Unidad Gerencial de Articulación Territorial y Seguridad Alimentaria y Nutricional del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria – PRONAA del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social – MIMDES, dándosele las gracias por los servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese.SUSANA ISABEL PINILLA CISNEROS Ministra de la Mujer y Desarrollo Social 257767-1Descargado desde www.elperuano.com.pe