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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2008 (27/09/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 27

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 27 de setiembre de 2008 380365 de desastre como consecuencia del terremoto ocurrido en el departamento de Ica el año 2007, el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF) y el Programa Mundial de Alimentos(PMA) promovieron la administración de suplementación con micronutrientes (minerales y vitaminas) “Estrellitas Nutricionales”, “Chispitas” o “Sprinkles” a las niñas y niños de 6 a 36 meses de edad con el objetivo de contribuir a la disminución de la prevalencia de anemia. Que, ha sido desarrollada una innovadora forma de suplementar micronutrientes incluyendo el hierro, en polvo y encapsulados en una cubierta lipídica (lípidos de soya), envasados en sobres individuales para una dosis diaria que debe ser mezclada con los alimentos diarios de la niña o el niño. La encapsulación del hierro en su forma de fumarato ferroso previene la interacción de éste con los alimentos, evitando por lo tanto los efectos indeseables del sabor metálico, cambio de textura y color de los alimentos, además de gastritis y constipación. Esta estrategia tiene el respaldo de estudios científi cos y aprobación a nivel internacional (LANCET 2008) mostrando que ha sido efi caz en la reducción de anemia en niños de 6 meses a 5 años. Que, por lo expuesto en los párrafos anteriores corresponde elaborar un Plan Nacional para la prevención de la defi ciencia de micronutrientes (Vitaminas y Minerales) en todo el territorio nacional; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 648-2008/ MINSA se dispuso la elaboración de un Plan Nacional a cargo de un Grupo de Trabajo, el mismo que corresponde modifi car; Que, estando a lo expuesto en el Informe de Visto, resulta necesario precisar los alcances de la labor a ser desarrollada por el referido Grupo de Trabajo, tomando en consideración los aspectos antes señalados; Con la visación de los Directores Generales de Salud de las Personas, y de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica, así como de la Secretaria General y del Viceministro de Salud; y; De conformidad con lo dispuesto en el literal l) del artículo 8º de la Ley N° 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE:Artículo Único.- Modifi car el artículo 1º de la Resolución Ministerial Nº 648-2008/MINSA, conforme al texto siguiente: “Artículo 1º.- Disponer la elaboración de un Plan Nacional para la prevención de la defi ciencia de micronutrientes (Vitaminas y Minerales) en el ámbito nacional, tarea que estará a cargo de un Grupo de Trabajo.” Regístrese, comuníquese y publíquese.HERNÁN GARRIDO - LECCA MONTAÑEZ Ministro de Salud 257893-1 Aprueban el Documento Técnico: Metodología para el Análisis de Situación de Salud Regional RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 663-2008/MINSA Lima, 26 de setiembre del 2008Visto el Expediente Nº 08-006677-001, que contiene el Ofi cio N° 0860-2008-DGE-DIS/MINSA y el Memorando N° 1164-2008-DGE-DIS/MINSA, presentado por la Dirección General de Epidemiología; CONSIDERANDO:Que, el literal e) del Artículo 58° del Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 023-2005-SA, señala como función general de la Dirección de Vigilancia Epidemiológica, el monitoreo y evaluación de los procesos de vigilancia epidemiológica en Salud Pública; Que, los literales e) y h) del Artículo 59° del citado reglamento, establecen como funciones generales de la Dirección de Inteligencia Sanitaria, el monitoreo y evaluación de los procesos del Análisis de Situación de Salud en el ámbito nacional para su optimización; así como sistematizar, revisar y actualizar de manera permanente el estado de las intervenciones en salud determinadas por las Estrategias Sanitarias para la prevención y control de enfermedades transmisibles y no transmisibles; Que, mediante los documentos del visto, la Dirección General de Epidemiología remite el proyecto de Documento Técnico: Metodología para el Análisis de Situación de Salud Regional cuya fi nalidad es ser una herramienta de apoyo al desarrollo y gestión del proceso de análisis de situación de salud regional que conducen las Direcciones Regionales de Salud -DIRESA en todo el país; Con el visado de la Directora General de la Dirección General de Epidemiología, de la Directora General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y del Viceministro de Salud; De conformidad con lo establecido en el literal l) del artículo 8° de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE:Artículo 1°.- Aprobar el Documento Técnico: Metodología para el Análisis de Situación de Salud Regional, que en documento adjunto forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2°.- La Dirección General de Epidemiología se encargará de la difusión e implementación del citado Documento Técnico. Artículo 3°.- La Ofi cina General de Comunicaciones dispondrá la publicación de los referidos Documentos Técnicos contenidos en la presente Resolución en el Portal de Internet del Ministerio de Salud, en la dirección: http://www.minsa.gob.pe/portal/06transparencia/normas.asp. Regístrese, comuníquese y publíquese.HERNÁN GARRIDO-LECCA MONTAÑÉZ Ministro de Salud 257893-2 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Modifican Lineamientos Técnicos para el Uso de Fajas Transportadoras Herméticas para el Embarque y Desembarque de Graneles Sólidos, aprobados mediante D.S. Nº 015-2008-MTC DECRETO SUPREMO Nº 029-2008-MTC EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO:Que, mediante Decreto Supremo N° 015-2008-MTC, publicado en el Diario Ofi cial “El Peruano” con fecha 04 de abril de 2008, se aprobaron los Lineamientos Técnicos para el Uso de Fajas Transportadoras Herméticas para el Embarque y Desembarque de Graneles Sólidos; Que, el numeral 4.2.1. de los Lineamientos Técnicos para el Uso de Fajas Transportadoras Herméticas para el Embarque y Desembarque de Graneles Sólidos, dispuso que para efectuar la instalación de una Faja Transportadora Hermética Móvil en las instalaciones del puerto, el Descargado desde www.elperuano.com.pe