Norma Legal Oficial del día 01 de abril del año 2009 (01/04/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 36

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 1 de MORDAZA de 2009

debe elaborar las normas tecnicas de organizacion en el Ministerio de Salud, Organos Desconcentrados y Organismos Publicos; Que, mediante Resolucion Ministerial N° 603-2006/ MINSA, se aprobo la Directiva N° 007-MINSA/OGPP­ V.02 "Directiva para la Formulacion de Documentos Tecnicos Normativos de Gestion Institucional", que establece disposiciones para la elaboracion, aprobacion, revision y modificacion del Reglamento de Organizacion y Funciones, Cuadro para Asignacion de Personal, Manual de Organizacion y Funciones, Manual General de Procesos, Manual de Procesos y Procedimientos y del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Salud y de las entidades y organos que mantienen dependencia tecnica funcional del Ministerio de Salud; Que, con Decreto Supremo N° 043-2004-PCM se aprobo los "Lineamientos para la elaboracion y aprobacion del Cuadro para Asignacion de Personal ­ CAP de las Entidades de la Administracion Publica", el cual establece los lineamientos generales que todas las entidades del Sector Publico, MORDAZA del Gobierno Nacional, Regional o Local, deben seguir; Que, mediante Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM, se aprueba los "Lineamientos para la elaboracion y aprobacion del Reglamento de Organizacion y FuncionesROF por parte de las Entidades de la Administracion Publica, que establece lineamientos generales que toda entidad y dependencia debe seguir para elaborar y aprobar los mencionados documentos de gestion; Que, por Decreto Supremo Nº 079-2007-PCM, se aprueban los "Lineamientos para elaboracion y aprobacion del MORDAZA y establecen disposiciones para el cumplimiento de la Ley del Silencio Administrativo", que establece disposiciones que deberan tener en cuenta las entidades para el cumplimiento de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General y de la Ley Nº 29060, Ley del Silencio Administrativo; Que, dentro este contexto, es necesario actualizar las disposiciones establecidas en la Directiva Nº 007MINSA/OGPP-V.02, en concordancia a los lineamientos aprobados por el Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM y Decreto Supremo Nº 079-2007-PCM, asi como incluir cambios que orienten y contribuyan a la mejora continua de los documentos tecnicos normativos de gestion institucional; Con el visado del Director General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, de la Directora General de la Oficina General de Asesoria Juridica, y del Viceministro de Salud; De conformidad con lo dispuesto en el literal l) del Articulo 8° de la Ley N° 27657, Ley del Ministerio de Salud, y su Reglamento de Organizacion y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 023-2005-SA; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Modificar el primer parrafo del numeral 5.2.4, los literales c) y f) de los "Criterios para la elaboracion del CAP" del numeral 5.3.4, los literales c) y d) del numeral 5.3.8 y el numeral 5.4.8 de la Directiva Nº 007-MINSA/ OGPP-V.02, "Directiva para la Formulacion de Documentos Tecnicos Normativos de Gestion Institucional", aprobada por Resolucion Ministerial Nº 603-2006/MINSA, los que quedaran redactados de la siguiente manera: "5.2.4 Criterios para la elaboracion del ROF Las entidades deberan elaborar y aprobar el Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF), segun las disposiciones establecidas en los "Lineamientos para la elaboracion y aprobacion de los Reglamentos de Organizacion y Funciones por parte de las Entidades de la Administracion Publica, aprobado por Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM, y complementariamente debera tenerse en cuenta los siguientes criterios: (...)" "5.3.4 Criterios para la elaboracion del CAP (...) c) Los cargos contenidos en el CAP deberan ser los establecidos en el Manual de Clasificacion de Cargos del Ministerio de Salud, y es de aplicacion obligatoria por el

Ministerio de Salud, sus organos desconcentrados y las Direcciones Regionales de Salud o las que MORDAZA sus veces en el ambito regional. (...) f) Los cargos correspondientes a los organos de asesoramiento y de apoyo no deben exceder del veinte (20%) del total de cargos contenidos en el CAP. (...)" "5.3.8 De la modificacion del CAP (...) c) La modificacion del CAP por reordenamiento de cargos, que se genere por la eliminacion o creacion de cargos, que no incidan en un incremento del Presupuesto Analitico de Personal - PAP de la Entidad, no requerira de un MORDAZA MORDAZA de aprobacion mediante resolucion ministerial. Para efectuar el reordenamiento de cargos las Entidades deberan contar con su CAP adecuado a la normatividad vigente y tener en cuenta lo siguiente: - Los porcentajes de cargos previstos y de los organos de apoyo y asesoramiento, deben mantenerse dentro del limite que establece la normatividad vigente - Los cambios en la denominacion de los cargos no debe exceder el 5% del total de cargos del CAP. - La creacion de cargos unicamente podra efectuarse, como resultado de la reprogramacion y reconversion de plazas de cargos ocupados o por eliminacion de cargos de similar nivel comprendidos en el CAP. d) El reordenamiento de cargos se aprueba mediante Resolucion del Titular del Ministerio de Salud o del organo desconcentrado, previo informe tecnico de la Oficina de Organizacion o la que haga sus veces en cada Entidad. El reordenamiento de cargos de los Institutos Especializados, Direcciones de Salud, y sus organos desconcentrados, deberan contar con la opinion favorable de la Oficina de Organizacion de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Salud.(...)" "5.4.8 De la Aprobacion del MOF Los proyectos de MOF se aprueban por Resolucion del titular de la Entidad, en forma individual o conjunta. (...)" Articulo 2°.- Incorporar como numeral 5.7.7 en la "Directiva N° 007-MINSA/OGPP-V.02, Directiva para la Formulacion de Documentos Tecnicos Normativos de Gestion Institucional", aprobada por Resolucion Ministerial N° 603-2006/MINSA, el siguiente texto: "5.7.7 Elaboracion y aprobacion del Manual de Procedimientos Administrativos del MORDAZA Posteriormente a la aprobacion o modificacion del Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA), la Oficina de Organizacion del Ministerio de Salud, o quien haga las veces en los organos desconcentrados del MINSA, debe elaborar el Manual de Procedimientos Administrativos del MORDAZA, que debe incluir lo siguiente: - Descripcion del Procedimiento. - Flujogramas. - Formatos o formularios utilizados en el procedimiento. El precitado manual sera aprobado por resolucion ministerial en caso del Ministerio de Salud y por resolucion del titular en los casos de los organos desconcentrados del MINSA." Articulo 3º.- Dejar sin efecto el literal h) del numeral 5.2.4 y el literal d) del numeral 5.3.4 de la Directiva N° 007-MINSA/OGPP-V.02, "Directiva para la Formulacion de Documentos Tecnicos Normativos de Gestion Institucional", aprobada por Resolucion Ministerial N° 603-2006/MINSA Articulo 4°.- Encargar a la Oficina General de Comunicaciones publique la presente resolucion en la direccion electro-

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