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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE ABRIL DEL AÑO 2009 (01/04/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 35

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 1 de abril de 2009 393597 en los Establecimientos de Salud”, que en documento adjunto forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2º.- Disponer que la Ofi cina General de Comunicaciones publique la presente Resolución Ministerial en la dirección electrónica http://www.minsa. gob.pe/portal/transparencia/normas.asp del Portal de Internet del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. OSCAR RAUL UGARTE UBILLUZ Ministro de Salud 330217-2 Disponen la conformación con carácter temporal de la Unidad Funcional de Estudios Económicos en Salud en la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 198-2009/MINSA Lima, 27 de marzo del 2009 Visto el Expediente N° 08-106917-001, que contiene el Informe Nº 0321-2008-OGPP-OO/MINSA de la Ofi cina de Organización de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto y el Informe N° 1256-2008-OGAJ/MINSA de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, en el numeral f) del artículo 17º y numeral i) del artículo 20º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 023-2005-SA y sus modifi catorias, se han establecido funciones relacionadas a la normatividad técnica de los sistemas y procesos, y de los estudios sobre el gasto y fi nanciamiento del sector salud; Que, en el Plan Nacional Concertado de Salud, aprobado por Resolución Ministerial Nº 589-2007/MINSA, se establece como uno de los problemas de salud, el defi ciente fi nanciamiento en salud, ocasionado por el bajo gasto en salud, distribución inequitativa del fi nanciamiento y gasto inefi ciente en salud; Que, asimismo, en el mencionado Plan se dispone que el fi nanciamiento debe estar orientado a incidir favorablemente sobre los determinantes de la salud, por lo que establece como uno de los objetivos del Sistema de Salud 2007-2011, el incrementar el fi nanciamiento y mejorar la calidad del gasto en salud; Que, el Perú como país integrante de la Organización Mundial de la Salud – OMS, a través del Ministerio de Salud en el marco del proceso de reforma, tiene el compromiso de fortalecer la iniciativa de estudiar la relación entre la inversión en salud, el desarrollo económico y la reducción de la pobreza; Que, el numeral 5.4.5 de la Directiva Nº 007-MINSA/ OGPP-V.02, Directiva para la formulación de Documentos Técnicos Normativos de Gestión Institucional”, aprobada por Resolución Ministerial Nº 603-2006/MINSA modifi cada por Resolución Ministerial N° 809-2006/MINSA, regula en sus literales a) al d), los criterios para la conformación de áreas funcionales, estableciendo que las entidades podrán conformar las áreas funcionales, a fi n de facilitar la organización, supervisión, control de trabajo, acortando y agilizando la cadena de mando, sin crear instancias formales burocráticas que reduzcan la comunicación y coordinación e incrementen los costos, las cuales en ningún caso forman parte de la estructura orgánica de la entidad; Que, la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto requiere fortalecer las funciones que le han sido asignadas, por lo que propone la conformación de una unidad funcional que efectúe estudios sobre cuentas nacionales de salud y otros estudios económicos para mejorar las capacidades para el planeamiento y fi nanciamiento de la salud, en el marco de la reforma del sector; propuesta que se sustenta técnicamente en el Informe N° 0321-2008-OGPP-OO/MINSA de la Ofi cina de Organización y que cuenta con la opinión favorable de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; Que, en ese sentido, es necesario conformar la Unidad Funcional de Estudios Económicos en Salud en la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, para la elaboración y análisis de las cuentas nacionales y regionales de salud y el diseño del sistema de costos de los servicios de salud y otros estudios necesarios para fortalecer el rol rector del Ministerio de Salud; en el marco de lo dispuesto en el numeral 5.4.5 de la Directiva N° 007- MINSA/OGPP-V.02, aprobada por Resolución Ministerial N° 603-2006/MINSA y modifi cada por Resolución Ministerial N° 809-2006/MINSA; Con el visado del Director General de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, de la Directora General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y del Viceministro de Salud; y, De conformidad con lo dispuesto en el numeral l) del artículo 8º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Conformar con carácter temporal la Unidad Funcional de Estudios Económicos en Salud en la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, para la elaboración y análisis de las cuentas nacionales y regionales de salud, el desarrollo del sistema de costos de los servicios de salud y otros estudios necesarios para fortalecer el rol rector del Ministerio de Salud, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- La Unidad Funcional a que se refi ere el artículo 1°, tendrá una duración no mayor de un año, a partir de la fecha de publicación de la presente Resolución. Artículo 3º.- La implementación de la Unidad Funcional de Estudios Económicos en Salud, no generará gastos adicionales al presupuesto del Ministerio del Salud. Artículo 4°.- Disponer que la Ofi cina General de Comunicaciones publique en el Portal de Internet del Ministerio de Salud la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. OSCAR RAUL UGARTE UBILLUZ Ministro de Salud 330217-3 Modifican la “Directiva para la Formulación de Documentos Técnicos Normativos de Gestión Institucional” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 205-2009/MINSA Lima, 27 de marzo de 2009 Visto, el Expediente N° 09-002015-001 que contiene el Informe Nº 0001-2009-OGPP-OO/MINSA de la Ofi cina de Organización de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, y el Informe N° 227-2009-OGAJ/MINSA de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, el numeral 1.1 del artículo 1° de la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, ha declarado al Estado peruano en proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos, con la fi nalidad de mejorar la gestión pública; Que, el literal c) del artículo 4° del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 023-2005-SA y sus modifi catorias, establece como uno de sus objetivos funcionales generales, la organización del sector salud; Que, asimismo, el precitado reglamento dispone en el literal b) del artículo 19º, que la Ofi cina de Organización de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto