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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE ABRIL DEL AÑO 2009 (14/04/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 12

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 14 de abril de 2009 394226 De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley Nº 27793, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social – MIMDES, y su Reglamento de Organización y Funciones aprobado mediante Decreto Supremo Nº 011-2004-MIMDES; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aceptar la renuncia formulada por la señora ROSA DEL PILAR NUÑEZ ULLOA al cargo de Jefa de Comunicaciones de la Ofi cina de Comunicación de la Secretaría General del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social – MIMDES, dándosele las gracias por los servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARMEN AURORA VILDOSO CHIRINOS Ministra de la Mujer y Desarrollo Social 335529-1 PRODUCE Decreto Supremo que incorpora el procedimiento administrativo deno- minado “Asociación o Incorporación Definitiva del Porcentaje Máximo de Captura por Embarcación (PMCE) del Recurso Anchoveta” en el TUPA del Ministerio de la Producción DECRETO SUPREMO Nº 012-2009-PRODUCE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, conforme a lo previsto en el artículo 37º de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA), contiene entre otros aspectos, la relación de los procedimientos que a iniciativa de parte requieran los administrados ante determinada entidad, la descripción clara y taxativa de los requisitos exigidos para la realización completa de cada procedimiento, y la califi cación de éstos, precisando el silencio administrativo aplicable en caso de procedimientos de evaluación previa; asimismo, también contiene los derechos de tramitación, los formularios que sean empleados durante el respectivo procedimiento administrativo, y la relación de aquellos servicios prestados en exclusividad por la entidad; Que, mediante Decreto Supremo N° 008-2009- PRODUCE se aprobó el TUPA del Ministerio de la Producción con 130 Procedimientos y 11 Servicios, así como los formularios que los administrados deben utilizar para el inicio y cumplimiento de los requisitos de dichos procedimientos y servicios; Que, en concordancia con los numerales 38.1 y 38.5 del artículo 38º de la Ley Nº 27444, toda modifi cación del TUPA que implique la creación de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitación o requisitos, es aprobado por Decreto Supremo del Sector para el caso de entidades del Poder Ejecutivo; Que, mediante los artículos 7° y 9° del Decreto Legislativo N° 1084 - Ley sobre límites máximos de captura por embarcación, y el artículo 16° de su Reglamento que fue aprobado por Decreto Supremo N° 021-2008- PRODUCE y modifi cado por Decreto Supremo N° 010- 2009-PRODUCE, se determinaron las condiciones por los cuales el Porcentaje Máximo de Captura por Embarcación (PMCE) podrá ser asociado e incorporado a otra u otras embarcaciones del mismo armador de manera defi nitiva; lo cual supone la existencia de un nuevo procedimiento administrativo que debe ser incorporado en el TUPA del Ministerio de la Producción; Que, el proyecto de incorporación del procedimiento denominado “Asociación o Incorporación Defi nitiva del Porcentaje Máximo de Captura por Embarcación (PMCE) del recurso Anchoveta” cuenta con el informe favorable de la Ofi cina de Planifi cación y Presupuesto del Ministerio de la Producción, así como con la documentación a que se refi ere el artículo 12º de los lineamientos para elaboración y aprobación del TUPA aprobados por Decreto Supremo Nº 079-2007-PCM; De conformidad con las normas citadas precedentemente, el Decreto Legislativo N° 1047 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, y con la opinión favorable de la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros; DECRETA: Artículo 1°.- Incorporación de procedimiento en el TUPA Incorpórese en el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del Ministerio de la Producción, el procedimiento denominado “Asociación o Incorporación Defi nitiva del Porcentaje Máximo de Captura por Embarcación (PMCE) del recurso Anchoveta”, que como Anexo Nº 01 forma parte integrante del presente Decreto Supremo. Artículo 2º.- Aprobación de formulario Apruébese el formulario denominado “Solicitud de asociación o incorporación defi nitiva del Porcentaje Máximo de Captura por Embarcación (PMCE) del recurso Anchoveta a otra embarcación”, que los administrados deben utilizar para el inicio y cumplimiento de los requisitos del procedimiento administrativo a que se refi ere el artículo 1° del presente Decreto Supremo, el cual como Anexo Nº 02 forma parte integrante del mismo. Artículo 3º.- Publicación Publíquese el presente Decreto Supremo en el Diario Ofi cial El Peruano, y los Anexos N°s. 01 y 02 referidos en los artículos 1° y 2° del presente Decreto Supremo en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas - PSCE (www.serviciosalciudadano.gob.pe) y en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción (www. produce.gob.pe). Artículo 4º.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por la Ministra de la Producción. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los trece días del mes de abril del año dos mil nueve. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República ELENA CONTERNO MARTINELLI Ministra de la Producción 335557-1 RELACIONES EXTERIORES Autorizan viaje de funcionarios diplomáticos para participar en la IV Reunión del Grupo Ejecutivo de Trabajo Peruano Brasileño (GET) RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0549/RE Lima, 3 de abril de 2009