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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 14 de abril de 2009 394237 EL ALCALDE DEL DISTRITO DE SAN MARTÍN DE PORRES POR CUANTO: En Sesión Ordinaria del Concejo Municipal de fecha 07.ABRIL.2009, bajo la presidencia del señor alcalde Freddy Santos Ternero Corrales y con el quórum reglamentario de los señores regidores, se trató sobre la intromisión jurisdiccional por parte de la Municipalidad Distrital de Comas, a través de la Ordenanza Nº 285-C/ MC, en sectores vecinales de San Martín de Porres; y, CONSIDERANDO: Que, en Sesión Ordinaria de la fecha, se trató sobre la ilegal Ordenanza Nº 285-C/MC (09.MARZO.2009) de la Municipalidad Distrital de Comas, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano con fecha 26.MARZO.2009 y que -basado en un informe del Instituto Metropolitano de Planifi cación que no constituye un acto administrativo imperativo- ofrece benefi cios tributarios a vecinos de nuestra jurisdicción, lo que atenta contra los derechos e intereses legítima y legalmente adquiridos por nuestro distrito de San Martín de Porres, al considerar los sectores vecinales de Santa Rosa de Infantas, Pro Industrial IV y IX Sector, Santa Luisa 1ra. Etapa, Asentamiento Humano Municipal Nº 2, Asociación de Vivienda General Don José de San Martín, José Carlos Mariátegui, San Miguel (avenidas Alfredo Mendiola, Gerardo Unger, río Chillón, Jr. San Bernardo), que se encuentran dentro de nuestro ámbito competencial, como si estuvieran dentro de sus límites territoriales; lo que ha merecido el rechazo enérgico de la población sanmartiniana y del Pleno del Concejo Municipal; Que, en este sentido se deben adoptar las acciones que legalmente correspondan en defensa de la integridad territorial que histórica y legalmente corresponden a San Martín de Porres; De conformidad con el artículos 9, inciso 23) y 41 de la Ley Nº 27972 – Orgánica de Municipalidades, así como artículo 109 del Código Procesal Constitucional; con el Voto Unánime de los señores regidores; y con la dispensa de la lectura y aprobación del acta, el Concejo Municipal de San Martín de Porres, ACUERDA: Artículo Primero.- RECHAZAR enérgicamente el contenido de la Ordenanza Nº 285-C/MC de la Municipalidad Distrital de Comas, de fecha 09.MARZO.2009 – publicada en el Diario Ofi cial El Peruano con fecha 26.MARZO.2009; por agredir los derechos e intereses legítima y legalmente adquiridos por nuestro distrito de San Martín de Porres – en materia jurisdiccional y de competencia - en los sectores vecinales de Santa Rosa de Infantas, Pro Industrial IV y IX Sector, Santa Luisa 1ra. Etapa, Asentamiento Humano Municipal Nº 2, Asociación de Vivienda General Don José de San Martín, José Carlos Mariátegui, San Miguel (avenidas Alfredo Mendiola, Gerardo Unger, río Chillón, Jr. San Bernardo), mencionados en dicha disposición municipal; jurisdicción territorial señalada taxativamente en el Decreto Ley Nº 11369 (22.MAYO.1950) – de creación del distrito de San Martín de Porres; y que no ha sido modifi cada por la Ley Nº 13757 (12.DICIEMBRE.1961) – de creación del distrito de Comas, ni por la Ley Nº 25017 (06.ABRIL.1989) – de creación del distrito de los Olivos. Artículo Segundo.- AUTORIZAR al señor alcalde Freddy Santos Ternero Corrales para que interponga una acción competencial ante el Tribunal Constitucional, contra la Municipalidad Distrital de Comas para que se abstenga de realizar acciones de competencia territorial y funcional en los sectores vecinales referidos en el artículo precedente y otros que se encuentren dentro de la jurisdicción de San Martín de Porres. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Procuraduría Pública Municipal interponga las acciones civiles y/o penales que correspondan por el acto de invasión territorial y funcional, verifi cado a través de la Ordenanza Nº 285-C/MC, en agravio de nuestro distrito de San Martín de Porres. Artículo Cuarto.- EXHORTAR a los vecinos de San Martín de Porres mantener fi rmes nuestras posiciones de defensa de nuestros límites jurisdiccionales y que nos corresponden por razones histórico legales. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. FREDDY S. TERNERO CORRALES Alcalde 335491-1 REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE DECLARACIONES JURADAS Se comunica a los organismos públicos que, para efecto de la publicación en la Separata Especial de Declaraciones Juradas de Funcionarios y Servidores Públicos del Estado, se deberá tomar en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicación se efectuará mediante ofi cio dirigido al Director del Diario Ofi cial El Peruano y las declaraciones juradas deberán entregarse selladas y rubricadas en original por un funcionario de la entidad solicitante. 2. La publicación se realizará de acuerdo al orden de recepción del material y la disponibilidad de espacio que hubiere en las diversas secciones del diario. 3. La documentación a publicar se enviará además en archivo electrónico (diskette o cd) y/o al correo electrónico: dj@editoraperu.com.pe, precisando en la solicitud que el contenido de la versión electrónica es idéntico al del material impreso que se adjunta; de no existir esta identidad el cliente asumirá la responsabilidad del texto publicado y del costo de la nueva publicación o de la Fe de Erratas a publicarse. 4. Las declaraciones juradas deberán trabajarse en Excel. Si se hubiere utilizado el formato de la Sección Segunda aprobada por Decreto Supremo Nº 080-2001-PCM, se presentará en dos columnas, una línea por celda. 5. La información se guardará en una sola hoja de cálculo, colocándose una declaración jurada debajo de otra. LA DIRECCIÓN DIARIO OFICIAL