Norma Legal Oficial del día 14 de abril del año 2009 (14/04/2009)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 14

394228

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 14 de MORDAZA de 2009

De conformidad con la Cuarta Disposicion Complementaria de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomatico de la Republica; los articulos 185º y 190º del Reglamento de la Ley del Servicio Diplomatico de la Republica, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 130-2003-RE; en concordancia con el articulo 83º del Reglamento de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-90PCM; el inciso m) del articulo 5º del Decreto Ley Nº 26112, Ley Organica del Ministerio de Relaciones Exteriores; la Ley Nº 27619, que regula la autorizacion de viajes al exterior de funcionarios y servidores publicos; su modificatoria la Ley Nº 28807, que establece que los viajes oficiales al exterior de funcionarios y servidores publicos se realicen en clase economica; su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; y el numeral 9.3 del articulo 9º de la Ley Nº 29289, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2009; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje, en comision de servicios, del Embajador en el Servicio Diplomatico de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Subsecretario para Asuntos Multilaterales del Ministerio de Relaciones Exteriores, quien participara en la reunion previa de Coordinadores Nacionales para la V Cumbre de las Americas, del 14 al 16 de MORDAZA de 2009, y en la V Cumbre de las Americas, que se realizara del 17 al 19 de MORDAZA de 2009, en Puerto Espana, Republica de MORDAZA y Tobago. Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucion, seran cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta: 19437 ­ Integracion Politica y Negociaciones Economico Comerciales Internacionales, debiendose rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) dias al termino de la referida comision de servicios, de acuerdo con el siguiente detalle:
Nombres y Apellidos Pasajes US$ Viaticos Numero Total Tarifa por dia de viaticos aeropuerto US$ dias US$ US$ 240.00 4+1 1,200.00 31.00

Vistos: la Nota Informativa Nº 0230-2009-OGPP/ MINSA, la Nota Informativa Nº 143-2009-OGA-OE/ MINSA, la Nota Informativa Nº 150-2009-OGA/MINSA, el Informe Nº 332-2009-OGAJ/MINSA, y los Decretos de Urgencia Nº 016 y Nº 022-2009, que establecen medidas extraordinarias para la ejecucion del mantenimiento y reposicion de equipamiento de los establecimientos de Salud; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 016-2009 se autorizo un Credito Suplementario en el Presupuesto del Sector Publico para el ano Fiscal 2009 hasta por la suma de CUATROCIENTOS DIECIOCHO MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 418'000,000.00) con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, de los cuales le corresponde al Pliego 011- Ministerio de Salud, la cantidad de CIENTO SESENTICINCO MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 165'000,000.00), para financiar los gastos de mantenimiento de los establecimientos de salud, que segun el articulo 4º del citado Decreto son distribuidos priorizando los puestos y centros de salud de los distritos mas pobres y con menores recursos; Que, el articulo 1º del Decreto de Urgencia Nº 0222009, dispone establecer medidas extraordinarias y urgentes destinadas a viabilizar la ejecucion del mantenimiento y la reposicion de equipamiento para los puestos y centros de salud, y los hospitales con categoria II-1; Que, el articulo 2º del referido Decreto de Urgencia, establece que los recursos asignados al Ministerio de Salud por el Decreto de Urgencia Nº 016-2009 para el mantenimiento de los puestos y centros de salud a nivel nacional, comprende tambien el financiamiento de la reposicion de equipamiento para dichos establecimientos, y el mantenimiento y reposicion de equipamiento para los hospitales con categoria II-1, en el MORDAZA del articulo 4º del mismo dispositivo legal; Que, asimismo, el numeral 7.1 del articulo 7º del Decreto de Urgencia Nº 022-2009 precisa que los recursos habilitados por el articulo 2º del Decreto de Urgencia Nº 016-2009 MORDAZA transferidos directamente al jefe o responsable de cada establecimiento de salud para el mantenimiento de los puestos y centros de salud y los hospitales con categoria II-1, con excepcion de los establecimientos de salud ubicados en las zonas rurales con categoria I-1, en cuyo caso se transfiere directamente al jefe de la microrred de salud correspondiente; Que, conforme a lo establecido en el numeral 7.2 del articulo 7º del referido Decreto de Urgencia, el Ministerio de Salud mediante Resolucion Ministerial establece la relacion de los Jefes o responsables de los establecimientos de salud y las Microrredes de Salud, segun corresponda, detallando sus nombres, apellidos y el Documento Nacional de Identidad correspondiente, la cual es publicada en el Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA institucional del Ministerio; Que, el numeral 7.3 del articulo 7º del Decreto de Urgencia Nº 022-2009, establece que los desembolsos de los recursos asignados para las acciones de mantenimiento de los citados establecimientos de salud son efectuados a traves del Banco de la Nacion, mediante la apertura de una cuenta a nombre del Jefe o responsable del establecimiento de salud o de la Microrred de Salud, segun corresponda, conforme a la relacion establecida en el numeral 7.2 del citado articulo; asimismo, el Jefe o responsable del establecimiento de salud o de la Microrred queda facultado para atender los gastos que originen las acciones de mantenimiento con cargo a los fondos depositados en dicha cuenta. Para tal efecto, la Direccion Nacional del Tesoro Publico autoriza la apertura de la respectiva cuenta en el Banco de la Nacion, a solicitud del Ministerio de Salud, de acuerdo con la informacion contenida en la Resolucion Ministerial, a que se refiere el numeral 7.2 MORDAZA mencionado;

MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 1,879.40 MORDAZA

Articulo 3º.- Dentro de los quince (15) dias calendario siguientes al termino del referido viaje, el citado funcionario debera presentar un informe ante el senor Ministro de Relaciones Exteriores de las acciones realizadas durante el viaje autorizado. Articulo 4º.- La presente Resolucion no da derecho a exoneracion ni liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores
335176-1

SALUD
Aprueban Directiva Administrativa que establece los procedimientos para la ejecucion y rendicion de recursos subvencionados para el mantenimiento de establecimientos de salud y reposicion de equipamiento, en el MORDAZA de los DD.UU. Nºs. 016-2009 y 022-2009
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 229-2009/MINSA

MORDAZA, 13 de MORDAZA del 2009

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.