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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE ABRIL DEL AÑO 2009 (24/04/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 71

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 24 de abril de 2009 394973 Rural que realizará en las ciudades de Santo Domingo, Santiago, Moca y Puerto Plata en República Dominicana entre los días 27 al 30 de abril del 2009. Artículo Segundo.- Autorizar la Asignación de los viáticos, gastos y otros que incurran los señores Regidores en el viaje a la República Dominicana desde el 26 de abril al 01 de mayo del 2009, con cargo al Centro de Gestión 1101- Concejo Municipal, Actividad 3514 aprobación de Dictámenes y Normas Municipales, Rubro 08 Impuestos Municipales, Específi cas de Gasto 232111 Pasajes y Gastos de Transporte, 232112 Viáticos y Asignaciones por Comisión de Servicios y 23271199 Servicios Diversos, hasta por los importes de S/. 6,867.00, S/. 2,880.00 y S/. 9,891.00 nuevos soles, respectivamente. Artículo Tercero.- Encargar a la Gerencia Municipal, a la Gerencia de Finanzas y a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto y a la Secretaría General el cumplimento del presente Acuerdo. Mando se registre, comunique, publique y cumpla. JUAN MANUEL DEL MAR ESTREMADOYRO Alcalde 339305-2 MUNICIPALIDAD DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO Declaran fundado recurso de reconsideración interpuesto contra el artículo tercero de la R.A. Nº 078- 2009/MVMT RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 095-2009/MVMT Villa María del Triunfo, 26 de marzo de 2009 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO VISTOS: El Recurso de Reconsideración interpuesto por el señor Raúl Ramos Coral contra el Artículo Tercero de la Resolución de Alcaldía Nº 078-2009/MVMT del 04 de marzo de 2009; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el Artículo Tercero de la Resolución de Alcaldía Nº 078-2009/MVMT del 04 de marzo de 2009, se impuso al señor Raúl Ramos Coral, ex Gerente de Rentas, la sanción de cese temporal sin goce de remuneraciones por el período de un mes; Que, el señor Raúl Ramos Coral ha interpuesto Recurso de Apelación contra la referida resolución, por lo que invocando el Artículo 213º de la Ley del Procedimiento Administrativo General Nº 27444 (LPAG), el cual establece que el error en la califi cación del recurso no debe ser obstáculo para su tramitación, siempre que del escrito se deduzca su verdadero carácter, corresponde califi car y tramitar el recurso de la referencia como uno de reconsideración; Que, en primer lugar debe destacarse que el recurso interpuesto por el señor Raúl Ramos Coral no requiere de nueva prueba, puesto que, conforme dispone el Artículo 208 de la LPAG, “En los casos de actos administrativos emitidos por órganos que constituyen única instancia no se requiere nueva prueba”; Que, los fundamentos del recurso permiten tener un nuevo enfoque de los hechos y de la falta administrativa imputada, permitiendo concluir que aquélla enerva, al grado de desvirtuarla, la responsabilidad administrativa imputada al recurrente, de acuerdo a lo que refi ere el Informe Nº 291-2009-GAJ/MVMT de la Gerencia de Asesoría Jurídica; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto por la Ley del Procedimiento Administrativo General y la Ley Orgánica de Municipalidades; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Declarar FUNDADO el Recurso de Reconsideración interpuesto contra el Artículo Tercero de la Resolución de Alcaldía Nº 078-2009/MVMT, dejando sin efecto la sanción impuesta mediante aquella al señor Raúl Ramos Coral, absolviéndosele de los cargos imputados. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Sub Gerencia de Personal el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución. Artículo Tercero.- Notifíquese la presente Resolución de acuerdo a lo dispuesto por la Ley del Procedimiento Administrativo General Nº 27444. Regístrese, comuníquese y cúmplase. JUAN JOSÉ CASTILLO ÁNGELES Alcalde 339652-1 Declaran fundado recurso de reconsideración interpuesto contra el artículo sexto de la R.A. Nº 074-2009/ MVMT RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 096-2009/MVMT Villa María del Triunfo, 26 de marzo de 2009 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO VISTOS: El Recurso de Reconsideración interpuesto por el señor Jacinto Cano Romero contra el artículo sexto de la Resolución de Alcaldía Nº 074-2009/MVMT del 03 de marzo de 2009; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el artículo sexto de la Resolución de Alcaldía Nº 074-2009/MVMT del 03 de marzo de 2009, se impuso al señor Jacinto Cano Romero, ex Sub-Gerente de Contabilidad, la sanción de cese temporal sin goce de remuneraciones por el período de dos meses; Que, el señor Jacinto Cano Romero ha interpuesto Recurso de Reconsideración contra el artículo sexto de la Resolución de Alcaldía Nº 074-2009/MVMT; Que, los fundamentos del recurso permiten tener un nuevo enfoque de los hechos y de la falta administrativa imputada, permitiendo concluir que aquélla enerva, al grado de desvirtuarla, la responsabilidad administrativa imputada al recurrente, los que han sido evaluadas por la Gerencia de Asesoría Jurídica según Informe Nº 292- 2009-GAJ/MVMT; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto por la Ley del Procedimiento Administrativo General y la Ley Orgánica de Municipalidades; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Declarar FUNDADO el Recurso de Reconsideración interpuesto contra el artículo sexto de la Resolución de Alcaldía Nº 074-2009/MVMT, dejando sin efecto la sanción impuesta mediante aquella al señor Jacinto Cano Romero, absolviéndosele de los cargos imputados. Artículo Segundo.- Encargar a la Sub Gerencia de Personal el cumplimiento de lo dispuesto en la presente resolución. Artículo Tercero.- Notifíquese la presente resolución de acuerdo a lo dispuesto por la Ley del Procedimiento Administrativo General Nº 27444. Regístrese, comuníquese y cúmplase. JUAN JOSÉ CASTILLO ÁNGELES Alcalde 339654-1