Norma Legal Oficial del día 18 de agosto del año 2009 (18/08/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 4

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 18 de agosto de 2009

del Despacho Viceministerial del Ministerio de Agricultura; Que, el citado funcionario ha presentado su renuncia al cargo que venia desempenando; Que, se ha visto por conveniente aceptar la renuncia formulada; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158 - Ley Organica del Poder Ejecutivo, el Decreto Legislativo N° 997 que aprueba la Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Agricultura y su Reglamento de Organizacion y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2008-AG; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aceptar, con efectividad al 14 de agosto de 2009, la renuncia presentada por MORDAZA MORDAZA MORDAZA al cargo de Asesor del Despacho Viceministerial del Ministerio de Agricultura efectuado mediante Resolucion Ministerial Nº 0187-2009-AG, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA DE MORDAZA MORDAZA Ministro de Agricultura

h) Se considera como operaciones en moneda extranjera a las realizadas con valores en moneda nacional indexados al MORDAZA de cambio, emitidos por el Banco Central de Reserva del Peru". Articulo 2º.- REFRENDO El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los diecisiete dias del mes de agosto del ano dos mil nueve. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA UGARTE Ministro de Economia y Finanzas

385127-1

385067-1

Autorizan Transferencia de Partidas a favor de los Gobiernos Locales en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2009
DECRETO SUPREMO Nº 187-2009-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, por Resolucion Ministerial Nº 448-2008-PCM se aprobo el Presupuesto Institucional de Apertura para el Ano Fiscal 2009 del Pliego 001 Presidencia del Consejo de Ministros y los recursos que lo financian de conformidad con la Ley Nº 29289 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2009; Que, la Ley Nº 28592 crea el Plan Integral de Reparaciones - PIR y se aprueba su Reglamento mediante Decreto Supremo Nº 015-2006-JUS, modificado por el Decreto Supremo Nº 003-2008-JUS, estableciendo los mecanismos, modalidades y procedimientos con la finalidad de reparar a las victimas del MORDAZA de violencia y con el objeto de contribuir a afirmar la paz y la MORDAZA entre los peruanos y propender a la reconciliacion nacional; Que, el Programa de Reparaciones Colectivas del Plan Integral de Reparaciones - PIR ha contemplado el financiamiento de hasta S/. 100 000,00 por cada proyecto de inversion destinado a la reconstruccion de la infraestructura economica, productiva y de comercio, y el desarrollo de capacidades humanas y de acceso a oportunidades economicas, asi como a la recuperacion y ampliacion de infraestructura de servicios basicos de educacion, salud, saneamiento, electrificacion rural, recuperacion del patrimonio comunal y otros que el colectivo pueda identificar; Que, la Comision Multisectorial de Alto Nivel, encargada de las Acciones y Politicas del estado en los ambitos MORDAZA, la Reparacion Colectiva y la Reconciliacion Nacional - CMAN senala que los proyectos de los Gobiernos Locales de los departamentos de MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, Huancavelica, MORDAZA, San MORDAZA y Ucayali han cumplido con el procedimiento establecido en el Programa de Reparaciones Colectivas del PIR, y se han aprobado en el MORDAZA del Sistema Nacional de Inversion Publica, por lo que solicita el financiamiento con cargo al Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2009 de los respectivos Convenios de Transferencia de Recursos; Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 035-2009 se dictan medidas en materia presupuestaria para mejorar el avance de la inversion publica, disponiendose en su articulo 6º, que modifica la MORDAZA Disposicion Final de la Ley Nº 29289, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2009, que los recursos asignados en los presupuestos institucionales de los Pliegos del Gobierno Nacional, para la ejecucion de proyectos de inversion en los Gobiernos Regionales o los Gobiernos Locales, se transfieren bajo la modalidad de modificacion presupuestaria a nivel institucional, aprobada mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro del sector correspondiente y el Ministro de Economia y Finanzas, previa suscripcion de convenio;

ECONOMIA Y FINANZAS
Decreto Supremo que incorpora un inciso al articulo 34º del Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta
DECRETO SUPREMO Nº 186-2009-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con el articulo 61º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto a la Renta, aprobado por el Decreto Supremo Nº 179-2004-EF y normas modificatorias, las diferencias de cambio originadas por operaciones que fuesen objeto habitual de la actividad gravada y las que se produzcan por razones de los creditos obtenidos para financiarlas, constituyen resultados computables a efectos de la determinacion de la renta neta; Que, de acuerdo con el literal D del Capitulo I ­ Disposiciones Generales del Manual de Contabilidad para las Empresas del Sistema Financiero, aprobado mediante la Resolucion SBS Nº 895-98 y normas modificatorias, referido al Sistema de Codificacion y Denominacion, el registro contable de las operaciones en moneda extranjera incluye tambien aquellas en moneda nacional indexadas al MORDAZA de cambio; Que, el articulo 34º del Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta, aprobado por Decreto Supremo Nº 122-94-EF y normas modificatorias, contiene las normas para efecto de la determinacion de la renta por operaciones en moneda extranjera; Que, resulta necesario incorporar un inciso al articulo 34º del mencionado Reglamento para senalar que a las operaciones realizadas con valores en moneda nacional sujetos a un reajuste en funcion de la variacion del MORDAZA de cambio, emitidos por el Banco Central de Reserva del Peru, le son de aplicacion las normas para la determinacion de la renta MORDAZA por operaciones en moneda extranjera; De conformidad con el numeral 8 del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; DECRETA: Articulo 1º.- OPERACIONES EN MONEDA EXTRANJERA Incorporese como inciso h) del articulo 34º del Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta, aprobado por Decreto Supremo Nº 122-94-EF y normas modificatorias, el siguiente texto: "Articulo 34º.- DETERMINACION DE LA RENTA POR OPERACIONES EN MONEDA EXTRANJERA (...)

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