Norma Legal Oficial del día 18 de agosto del año 2009 (18/08/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

El Peruano MORDAZA, martes 18 de agosto de 2009

NORMAS LEGALES

401099

tres fichas: la primera, dirigida a las coordinadoras y los coordinadores de dichos centros; la MORDAZA, a las usuarias y los usuarios de los servicios; la tercera, a los comisionados y comisionadas de la Defensoria del Pueblo que participaron en la supervision. La aplicacion de estas fichas se llevo a cabo en la totalidad de los 73 CEM existentes al momento de la supervision y en funcionamiento hasta el mes de junio del 2008. La informacion obtenida ha sido clasificada de acuerdo con la ubicacion de los servicios, a fin de reflejar la realidad y dinamica de cada zona. En la actualidad existen 89 CEM en el ambito nacional, creados en fecha posterior a la supervision realizada. Cuarto.- Resultados de la supervision defensorial a los CEM. Las principales conclusiones de la supervision realizada por la Defensoria del Pueblo son las siguientes: 1. El MORDAZA de transferencia de los CEM a los gobiernos locales provinciales aun no ha concluido. En el curso de ese MORDAZA se han presentado algunos obstaculos como plazos muy cortos, dificultades legales para la transferencia del personal, recursos limitados para el fortalecimiento de capacidades, asi como la identificacion en los gobiernos locales provinciales de servicios similares a los que serian transferidos. Por esta razon, mediante Decreto Supremo N° 083-2008-PCM, se vio la necesidad de replantear el MORDAZA de transferencia de estos servicios, ampliando el plazo hasta diciembre del 2009. 2. La mayoria de las personas que acuden a los CEM esta constituida por mujeres (94,3%) cuyas edades fluctuan entre los 15 y 45 anos de edad, victimas de violencia familiar y/o sexual. 3. No se pudo identificar un criterio especifico que diera cuenta de una planificacion sobre la creacion de estos centros en determinadas zonas. Sin embargo, en su mayoria, los CEM se encuentran en zonas de facil acceso. Sin embargo, un 69,9% no cumple con las normas de accesibilidad para las personas con discapacidad, en tanto que mas del 82,4% no cuenta con sala de cuidado para menores. 4. En su mayoria, los CEM supervisados contaban con profesionales de psicologia, derecho y trabajo social a cargo de las areas de atencion psicologica, asesoria legal y trabajo social, respectivamente, obteniendo de esta manera que se brindase una atencion integral a las personas que acudieron a este servicio. No obstante se detectaron casos (CEM MORDAZA, CEM Parinacochas, CEM Iquitos, CEM MORDAZA, CEM Cangallo, CEM Huamanga, CEM Huanta, CEM La Mar, CEM Vilcashuaman, CEM MORDAZA, CEM Moyobamba, CEM MORDAZA, CEM Yurimaguas, y CEM Chimbote) donde no se contaba con alguno de los profesionales mencionados. En los casos de las areas de atencion psicologica y asesoria legal, dicha falta constituia un incumplimiento de lo planteado en el Manual de Funciones Generales, Conceptos y Procedimientos de los Centros Emergencia Mujer,6 donde se establecia la obligatoriedad de contar como minimo con estas dos areas para iniciar las actividades de los CEM. 5. Todos los CEM supervisados cuentan con personal contratado bajo la modalidad de servicios no personales, mientras que el 43,8% de estos disponen de personal cuyo vinculo laboral se MORDAZA en un contrato de trabajo. Por otro lado se encontro que los CEM ubicados en MORDAZA y Callao, asi como en las capitales de departamento, los coordinadores y coordinadoras senalaron, en su mayoria, que no lograban abastecer adecuadamente (o que, simplemente, no abastecian) la demanda de los usuarios y usuarias, lo cual estaria afectando la calidad de la atencion en dichos centros. A ello se debe sumar la sobrecarga laboral que implica que los (y las) profesionales deban asumir la funcion rotativa de coordinador o coordinadora durante seis meses. Tomando en cuenta la gravedad de los temas que se atienden en estos servicios, asi como la precariedad y la carga laboral anteriormente senalada, existe un alto riesgo de que los referidos profesionales presenten el "sindrome de agotamiento profesional", afectando de esa manera la calidad del servicio. 6. En cuanto al modelo de intervencion multisectorial, este no se ha conseguido implementar en la totalidad de los CEM por lo que no se ha logrado el objetivo de reducir

la ruta que siguen las victimas de violencia. Es asi, que se comprobo que solo en el caso del CEM de MORDAZA Cercado -el cual fue el primer CEM creado y que debia servir como modelo para los centros que se crearian en el futuro- se habia logrado cumplir con el modelo propuesto por el Manual de Funciones Generales, Conceptos y Procedimientos, donde se senalaba que los CEM debian contar con las areas de Admision, Psicologia, Legal, Comisaria, Centro de Conciliacion, Servicio Social, Medicina Legal, Fiscalia Provincial de Familia, y Linea de Emergencia "Ayuda Amiga". 7. Se pudo identificar que mas del 50% de los CEM supervisados cuenta con algun profesional que hable el quechua, lo cual constituye un avance en el acceso a la justicia para las victimas de violencia, especialmente en el caso de las mujeres indigenas que no solo deben afrontar violencia y discriminacion por razon de su genero, sino ademas la dificultad de ser comprendidas por los funcionarios y funcionarias del Estado en su propio idioma. La presencia de personal que puede comunicarse con los usuarios y las usuarias en su lengua materna permite que puedan obtener una mejor comprension de sus derechos y de los mecanismos existentes para el ejercicio y respeto de estos. 8. Entre el 92,8% y el 97,4% de los usuarios y usuarias que acuden a los CEM lograron entender la informacion brindada por los profesionales de cada una de las areas. Ello demostraria el uso de un lenguaje MORDAZA y sencillo que permite que las personas que acuden a estos servicios pueden comprender y aceptar sus procesos, disminuyendo asi las posibilidades de desistir de ellos. 9. Se logro identificar que mas del 60,5% de los usuarios y las usuarias refirio que no habia recibido visita alguna a su domicilio por parte de algun profesional de los CEM a los que acudieron, a pesar de que entre el 61,9% y el 66,7% de los coordinadores y las coordinadoras senalaron que dichas visitas se realizaban como algunas de las acciones a adoptarse en caso de riesgo de la victima. Ademas, entre el 33,3% (ubicados en la MORDAZA de MORDAZA y Callao) y el 83,3% (ubicados en zonas provinciales) de los coordinadores y coordinadoras senalaron que realizaban una visita social a los usuarios o las usuarias como un mecanismo para medir su nivel de satisfaccion. 10. Entre el 58,0% y el 64,4% de los usuarios y las usuarias desean continuar recibiendo atencion en el area legal, mientras que entre el 50,8% y el 51,4% desean seguir siendo atendidos o atendidas por el servicio de psicologia, lo cual representa una muestra de la gran demanda que existe por parte de las victimas de violencia para acceder a este MORDAZA de servicios, especialmente en lo relacionado con el cuidado de la salud mental de las personas afectadas por hechos de violencia. 11. Entre el 85,3% y el 100% de los coordinadores y las coordinadoras de los CEM ubicados en las capitales de departamento y en otras zonas de provincia tienen conocimiento sobre el MORDAZA de transferencia de los programas y servicios sociales del MIMDES a los gobiernos locales provinciales, asi como del MORDAZA de los propios CEM. SE RESUELVE: Articulo Primero.- APROBAR el Informe Defensorial Nº 144, denominado "Centros Emergencia Mujer: Supervision de los servicios especializados en la atencion de las victimas de violencia", elaborado por la Adjuntia para los Derechos de la Mujer. Articulo Segundo.- RECOMENDAR al MIMDES: 1. RESPETAR el MORDAZA de gradualidad de los procesos de transferencia de los CEM a los gobiernos locales provinciales, establecido en la Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralizacion.

6

Manual de Funciones Generales, Conceptos y Procedimientos de los Centros Emergencia Mujer. Aprobado por Resolucion Ministerial N° 0782000-PROMUDEH, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 15 de mazo del 2000.

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