Norma Legal Oficial del día 19 de diciembre del año 2009 (19/12/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 79

El Peruano MORDAZA, sabado 19 de diciembre de 2009

PROYECTO
Tarifaria de

408297

Lugar:LIMA Gerencia Adjunta de Regulacion OSINERGMIN. Av. Canada 1460, San Borja. MORDAZA Oficina Regional de OSINERGMIN MORDAZA MORDAZA 311-C, Cercado

Articulo 4°.- Definir un plazo de nueve (9) dias habiles, contados a partir del dia siguiente de la prepublicacion a que se refiere el articulo precedente, a fin de que los interesados remitan por escrito sus opiniones y sugerencias a la Gerencia Adjunta de Regulacion Tarifaria (GART) de OSINERGMIN, ubicada en la Avenida Canada N° 1460, San MORDAZA, Lima. Las opiniones y sugerencias tambien podran ser remitidas via fax al numero telefonico N° 224 0491, o via Internet a la siguiente direccion de correo electronico: Aislados12@osinerg.gob.pe. Articulo 5°.- Encargar a la Gerencia Adjunta de Regulacion Tarifaria la recepcion y analisis de las opiniones y sugerencias que se presenten respecto al proyecto de resolucion a que se refiere el Articulo 1° de la presente resolucion. MORDAZA DAMMERT MORDAZA Presidente del Consejo Directivo ANEXO 1 RELACION DE INFORMACION QUE SUSTENTA LA PRESENTE RESOLUCION 1. Resolucion OSINERGMIN N° 053-2009-OS/CD, modificada mediante la Resolucion OSINERGMIN N° 098-2009-OS/CD 2. Oficio N° G-1318-2009 de Electro Oriente SA, de fecha 18/09/2009 3. Oficio N° G-2642-2009 de Electro Oriente SA, de fecha 15/10/2009 4. Resolucion Ministerial N° 117-2009-MEM/DM 5. Resolucion Ministerial N° 487-2009-MEM/DM 6. Informe N° 0544-2009-GART, Modificacion de la Compensacion Anual y Precios en MORDAZA Efectivos de los Sistemas Aislados 2009 7. Informe N° 558-2009-GART, Opinion legal sobre procedencia de publicar el proyecto de Resolucion que modifica las Compensaciones Anuales del Mecanismo de Compensacion para los Sistemas Aislados y los Precios en MORDAZA Efectivos de los Sistemas Aislados. ANEXO 2 RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA OSINERGMIN N° XXX-2009-OS/CD MORDAZA, XX de diciembre de 2009 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial N° 117-2009MEM/DM, se determino el Monto Especifico para el funcionamiento del Mecanismo de Compensacion para Sistemas Aislados aplicable al periodo comprendido entre el 01 de MORDAZA de 2009 hasta el 30 de MORDAZA de 2010, en cumplimiento con lo establecido en el Articulo 30° de la Ley N° 28832, Ley para Asegurar el Desarrollo Eficiente de la Generacion Electrica, y el numeral 4.2 del articulo 4° del Reglamento del Mecanismo de Compensacion para Sistemas Aislados, aprobado por Decreto Supremo N° 069-2006-EM; Que, en cumplimiento de lo dispuesto por la citada ley y el Articulo 5° del Reglamento del Mecanismo de Compensacion para Sistemas Aislados, OSINERGMIN aprobo con la Resolucion OSINERGMIN N° 053-2009OS/CD, modificada mediante Resolucion OSINERGMIN N° 098-2009-OS/CD, las Compensaciones Anuales del Mecanismo de Compensacion para los Sistemas Aislados y los Precios en MORDAZA Efectivos aplicables al periodo MORDAZA 2009 ­ MORDAZA 2010; Que, posteriormente, el 19 de noviembre de 2009, se publico la Resolucion Ministerial N° 487-2009-MEM/DM; la cual dispone que:

i) Se amplie en Dos Millones Ochocientos Cincuenta y Cinco Mil Doscientos Ochenta y Cinco Nuevos Soles (S/. 2 855 285) el Monto Especifico para el funcionamiento del Mecanismo de Compensacion para Sistemas Aislados, aprobado mediante Resolucion Ministerial N° 1172009-MEM/DM, como consecuencia del retraso en la interconexion al Sistema Electrico Interconectado Nacional de los Sistemas Aislados Bagua-Jaen y San Martin; ii) OSINERGMIN adecuara la aplicacion del Mecanismo de Compensacion a lo dispuesto en la resolucion; iii) La Resolucion Ministerial entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el diario oficial El Peruano; Que, a efectos de cumplir con lo dispuesto por la Resolucion Ministerial N° 487-2009-MEM/DM se requiere modificar las Compensaciones Anuales del Mecanismo de Compensacion para los Sistemas Aislados y los Precios en MORDAZA Efectivos de los Sistemas Aislados aprobadas mediante Resolucion OSINERGMIN N° 053-2009-OS/CD y sus modificatorias, para lo cual es necesario cumplir con efectuar una prepublicacion y la audiencia publica descentralizada de conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 27838, Ley de Transparencia y Simplificacion de los Procedimientos Regulatorios de Tarifas; Que, asimismo con la finalidad de minimizar el impacto en los Precios en MORDAZA Efectivos producto del retraso de las interconexiones de los Sistemas Aislados Bagua-Jaen y San MORDAZA se ha determinado un Factor de Compensacion Tarifario para Sistemas Aislados (FCT) que regira por un plazo MORDAZA de doce meses y que compensara los montos que debieran transferirse entre diciembre y MORDAZA como resultado del retraso de la interconexion de San Martin; Que dicho Factor de Compensacion Tarifario debera ser incluido como parte del precio de energia de los Precios en MORDAZA Efectivos; Que, en ese sentido, mediante Resolucion OSINERGMIN N° 281-2009-GART, se publico el proyecto de resolucion, concediendo un plazo de nueve dias habiles para la remision de opiniones y sugerencias; las mismas que fueron analizados en los informes correspondientes. Asimismo, la respectiva audiencia publica se efectuo el dia 23 de diciembre en la MORDAZA de Lima; Que, por lo expuesto, habiendose cumplido los requisitos de forma pertinentes para la aprobacion de tarifas, corresponde modificar las Compensaciones Anuales del Mecanismo de Compensacion para los Sistemas Aislados y los Precios en MORDAZA Efectivos de los Sistemas Aislados, aprobados mediante Resolucion OSINERGMIN N° 053-2009-OS/CD y sus modificatorias, a partir del 20 de noviembre de 2009 de conformidad con lo dispuesto por la Resolucion Ministerial N° 487-2009MEM/DM; Que, se han emitido el Informe N° XXXX-2009-GART de la Division de Generacion y Transmision Electrica y el Informe N° XXXX-2009-GART de la Asesoria Legal de la Gerencia Adjunta de Regulacion Tarifaria, los cuales complementan la motivacion que sustenta la decision de OSINERGMIN, cumpliendo de esta manera con el requisito de validez de los actos administrativos a que se refiere el Articulo 3°, numeral 4, de la Ley del Procedimiento Administrativo General; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27332, Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores de la Inversion Privada en los Servicios Publicos; en el Reglamento General de OSINERGMIN, aprobado por Decreto Supremo N° 054-2001-PCM; en la Ley N° 28832 y sus normas complementarias. SE RESUELVE: Articulo 1.- Aprobar los Factores de Compensacion Tarifaria (FCT) que se incluiran en la componente de energia de los Precios en MORDAZA Efectivos durante un plazo MORDAZA de doce meses contados desde el 20 de noviembre de 2009. Empresa Distribuidora Adinelsa Chavimochic Edelnor FCT 0,00 0,00 0,00

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