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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2009 (19/12/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 76

El Peruano Lima, sábado 19 de diciembre de 2009 408294 8.11 Las garantías que otorgarán el Licitante al Adjudicatario, de conformidad con el Artículo 7º del Reglamento y el numeral 4.2 del Artículo 4º. 8.12 Otros que el Licitante considere relevantes. Artículo 9º. CONTENIDO DE LAS BASES SOBRE PROPUESTAS DE LOS POSTORES Las Bases deberán especifi car y detallar, entre otros, lo siguiente: 9.1 El día, hora y lugar estipulado para el acto público de presentación de Propuestas y adjudicación de buena pro. 9.2 La forma y los formatos tipo para remitir la documentación, la cual deberá ser presentada en idioma español. 9.3 El contenido mínimo del sobre de precalifi cación, según: a) Acreditación de haber adquirido las Bases. b) Acreditación del representante legal del adquiriente de Bases. c) Datos técnicos del proyecto de nueva generación del Postor y cronograma de ejecución del proyecto. d) Compromiso de: (i) Aceptación de las Bases. (ii) Validez de propuesta durante el Proceso. (iii) No colusión y confi dencialidad. 9.4 El sobre de la Propuesta contendrá la Oferta Económica del Postor de acuerdo con el formato impreso y/o electrónico contenido en las Bases ajustadas. 9.5 La oportunidad y forma en que el Adjudicatario hará efectiva la garantía de ejecución de obras. Dicha garantía se extinguirá a más tardar cuando se inicie la operación comercial de la respectiva central. 9.6 Todos los documentos deberán ser fi rmados por el representante legal del Adquiriente de Bases. Artículo 10º. DE LAS SUGERENCIAS Y CONSULTAS AL PROCESO DE LICITACIÓN 10.1 El Conductor del Proceso podrá poner a disposición de los interesados, a través de un Data Room, toda la información técnica y comercial relativa al Sistema Aislado, que como mínimo contendrá información de la demanda histórica de la Distribuidora de los últimos (5) cinco años. 10.2 Las modifi caciones que originen las sugerencias y consultas serán sometidas a la aprobación de OSINERGMIN como parte de la propuesta de Bases Integradas. Las propuestas de cambios, así como el análisis de las sugerencias y consultas, deberán motivarse en un informe que elaborará el Conductor del Proceso. 10.3 OSINERGMIN determinará el contenido fi nal de las Bases Integradas, aprobando dichas bases mediante una resolución de su Consejo Directivo. Artículo 11º. ACTO DE PRECALIFICACIÓN 11.1 La apertura de los sobres de precalifi cación será en acto privado y contará con la presencia de un notario público, el Comité de Adjudicación y de los representantes de OSINERGMIN. Al fi nalizar la revisión de la documentación se procederá a levantar un acta que indique los adquirientes de bases que resultaron precalifi cados por haber cumplido con todos los requisitos exigidos. Esta acta tendrá carácter de confi dencial e incluirá la potencia mínima ofrecida y los códigos otorgados a cada Postor. 11.2 Los agentes precalifi cados deberán presentar una garantía de seriedad de oferta, que será ejecutada en caso incumpla el compromiso de presentar el sobre a que se refi ere el numeral 9.4. Esta garantía deberá cumplir con los requisitos establecidos en el numeral 4.2 del Artículo 4º y será devuelta luego de fi nalizado el Proceso de Licitación. 11.3 En la misma oportunidad remitirán los contratos de suministro fi rmados por su representante legal. Artículo 12º. APERTURA DE PROPUESTAS, ADJUDICACIÓN DE LA BUENA PRO Y SUSCRIPCIÓN DE CONTRATOS 12.1 Acto Público: La apertura de propuestas y adjudicación de la Buena Pro se efectuará en un único acto público que contará con la presencia de un notario público y que deberá efectuarse en un local o auditorio de acceso abierto a la ciudadanía. 12.2 Apertura de las Propuestas: Se verifi cará el contenido de cada Propuesta y se descalifi cará aquellas que no satisfacen los requerimientos de las Bases, procediendo a su devolución al fi nalizar el Acto Público. 12.3 Evaluación de Ofertas y Adjudicación de la Buena Pro: Se seguirá exactamente el procedimiento de adjudicación descrito en las Bases. El software para estos fi nes será aprobado por OSINERGMIN junto con las Bases. De conformidad con el Artículo 14º del Reglamento los representantes de OSINERGMIN verifi carán que no se admitan Ofertas Económicas cuyos precios excedan al Precio Máximo de Adjudicación. 12.4 Declaratoria de Desierto: Se efectuará conforme a lo establecido en el Artículo 19º del Reglamento, sin derecho a indemnización alguna para los Postores, y sin que ello permita a los Postores realizar reclamo o solicitar reembolso alguno. 12.5 Revelación del Precio Máximo de Adjudicación: Se efectuará de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 14º del Reglamento, siendo el Notario Público quien revele y registre en acta el Precio Máximo de Adjudicación. 12.6 Acta del Proceso: De conformidad con el Artículo 16º del Reglamento se levantará un acta del acto público que, entre otros, deberá consignar los datos de la Oferta Económica Adjudicada, incluyendo las características de la nueva central vinculada a la oferta; en este caso se identifi cará expresamente al Postor en el acta. 12.7 Suscripción de Contratos de Suministro: La suscripción de contratos se efectuará conforme al Artículo 17º del Reglamento, debiendo el Licitante que suscribirlo de acuerdo con las cantidades adjudicadas. 12.8 Devolución de Contratos de Suministro Firmados: Finalizado el acto público de Adjudicación de la Buena Pro se procederá a la devolución de los contratos de suministro fi rmados de aquellos Postores que no resultaron Adjudicatarios. Artículo 13º. NUEVA CONVOCATORIA 13.1 Se aplicará lo dispuesto por el Artículo 20º del Reglamento. Artículo 14º. CANCELACIÓN DEL PROCESO DE LICITACIÓN 14.1 Una vez aprobadas las Bases de la Licitación, el Proceso de Licitación sólo podrá ser cancelado hasta antes de la etapa de Presentación de Propuestas y Adjudicación de Buena Pro, previa autorización de OSINERGMIN. Para ello, el Licitante deberá efectuar su solicitud por escrito junto con un informe que motive la solicitud de cancelación. Asimismo, deberá comunicar a los Postores sobre esta solicitud. 14.2 OSINERGMIN dispondrá de cómo máximo veinte (20) Días para resolver la solicitud. Durante este plazo se entenderá suspendida la cuenta de días del cronograma del proceso a que se refi ere el Artículo 6º de la presente Norma. 14.3 En caso se autorice la cancelación mediante Resolución del Consejo Directivo de OSINERGMIN, el Licitante procederá a devolver el costo de las Bases a los Postores, quienes no podrán reclamar otra compensación. Artículo 15º. PROFORMA DE CONTRATO 15.1 Las cláusulas de la proforma de contrato propuesta por el Conductor del Proceso no pueden contravenir lo dispuesto en la presente Norma por ser la misma de carácter mandatorio. ANEXOS ANEXO 1: FÓRMULAS DE ACTUALIZACIÓN Las siguientes Fórmulas de Actualización, se aplicarán considerando una periodicidad no menor a la trimestral PROYECTO