Norma Legal Oficial del día 19 de diciembre del año 2009 (19/12/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 67

El Peruano MORDAZA, sabado 19 de diciembre de 2009

NORMAS LEGALES
COSTO PROYECCION CANTIDAD UNITARIO DE DE ANUAL INGRESOS PREDIOS POR M2 2010 2010 883 3 0 78 846 11 2 293 3.281 15 6 912 18.067 46,75 140,72 231,43 292,2 52,38 157,66 259,28 327,38 61,47 185,02 304,29 384,19 41.280,25 422,16 0,00 22.791,60 44.313,48 1.734,26 518,56 95.922,34 201.683,07 2.775,30 1.825,74 350.381,28 1.641.384

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UBICACION Y USO DEL PREDIO

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE MIRAFLORES
Modifican la Ordenanza Nº 000802008, que aprobo el Reglamento para la Aplicacion de la Sancion de Tapiado
ORDENANZA Nº 000131-2009-MDSJM San MORDAZA de Miraflores, 14 de diciembre del 2009 EL MORDAZA DISTRITAL DE SAN MORDAZA DE MIRAFLORES POR CUANTO: EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITO DE SAN MORDAZA DE MIRAFLORES Vista, la Mocion de Orden del Dia presentado por el Regidor MORDAZA en Sesion Ordinaria de la fecha; CONSIDERANDO:

1 MORDAZA Habitacion, Predios en Construccion 2 Educacional, Ent. Publicas, Fund, Asoc, Conv. 3 Industrias 4 Comercio y Servicio en general, Hospedaje MORDAZA DE RIESGO MEDIO 1 MORDAZA Habitacion, Predios en Construccion 2 Educacional, Ent. Publicas, Fund, Asoc, Conv. 3 Industrias 4 Comercio y Servicio en general, Hospedaje MORDAZA DE RIESGO ALTO 1 MORDAZA Habitacion, Predios en Construccion 2 Educacional, Ent. Publicas, Fund, Asoc, Conv. 3 Industrias 4 Comercio y Servicio en general, Hospedaje TOTAL

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MUNICIPALIDAD DE PUEBLO LIBRE
Prorrogan vigencia de la Ordenanza N° 331-MPL
DECRETO DE ALCALDIA Nº 12-2009-MPL Pueblo Libre, 17 de diciembre de 2009 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUEBLO LIBRE CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 331-MPL, publicada en el Diario Oficial El Peruano el dia 15 de noviembre de 2009, se establecio un Regimen Excepcional de Regularizacion de Obligaciones Tributarias y Administrativas, el cual regiria hasta el 30 de noviembre de 2009; Que, conforme lo establece la MORDAZA Disposicion Final de la citada Ordenanza se faculta al MORDAZA a dictar mediante Decreto las medidas complementarias para el adecuado cumplimiento de la misma incluyendo su prorroga de ser necesario; Que, mediante Decreto de Alcaldia Nº 11-2009-MPL se prorrogo la vigencia de la Ordenanza Nº 311-MPL hasta el dia 18 de diciembre de 2009; Que, resulta necesario prorrogar nuevamente la vigencia de la Ordenanza Nº 331-MPL a fin de extender sus beneficios a un mayor numero de contribuyentes; En uso de las facultades que confiere el numeral 6) del articulo 20º y el articulo 42º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; DECRETA: Articulo Primero.- PRORROGAR la vigencia de la Ordenanza Nº 331-MPL hasta el 31 de diciembre de 2009. Articulo Segundo.- DISPONER que el presente Decreto entrara en vigencia a partir del dia de su publicacion en el Diario Oficial "El Peruano". Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA NORMAND MORDAZA 437250-1

Que, el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado consagra el concepto de Autonomia Municipal, garantia Institucional, sobre la base de la cual las Municipalidades tienen Autonomia Politica, Economica y Administrativa en asuntos de su competencia; Que, el Articulo 9º de la Ley de Bases de la Descentralizacion, define en su numeral 9.1 a la autonomia politica, como aquella facultad de adoptar y concordar las politicas, planes y normas en los asuntos de su competencia, aprobar y expedir sus normas, decidir a traves de sus organos de gobierno y desarrollar las funciones que le son inherentes; Que, la Ley Organica de Municipalidades, en concordancia con la Ley del Procedimiento Administrativo General, reconoce a los Gobiernos Locales la facultad de aplicar sanciones administrativas en el ambito de su jurisdiccion; Que, mediante la Ordenanza Municipal Nº 00080-2008 de fecha 22 de agosto del 2008 se aprueba el Reglamento para la Aplicacion de la Sancion de Tapiado; Que, resulta necesario modificar el articulo 4º de la Ordenanza Municipal Nº 00080-2008 de fecha 22 de Agosto del 2008; Estando a lo expuesto, y de conformidad con los articulos 39º, 40º y 46º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, con el MORDAZA de los senores regidores, se aprobo lo siguiente ORDENANZA: Articulo 1º.- MODIFICAR el Articulo 4º de la Ordenanza Municipal Nº 00080-2008 de fecha 22 de agosto del 2008, el cual quedara redactado de la siguiente manera: Articulo 4º.DESTAPIADO.PROCEDIMIENTO PARA EL

4.1.- La Sancion de tapiado solo podra ser levantada mediante resolucion que asi lo ordene expresamente, la cual debera ser emitida por la sub gerencia que impuso dicha sancion. 4.2.- La resolucion que ordene el levantamiento de la sancion del tapiado procedera, siempre que el que acredite derecho o interes legitimo, previamente cumpla con: a.- Presentar solicitud de Destapiado b.- Pago de la sancion pecuniaria impuesta. c.- Pago De los Gastos realizados por el tapiado y del destapiado, (gastos d.- Declaracion jurada de cumplir y respetar las normas de gobierno nacional y/o local, asi como no ejercer actividades contrarias a las disposiciones legales y municipales, o contra la moral y las buenas costumbres, o la tranquilidad y la salud publica, asi mismo se comprometera a realizar el cambio de giro, distinto por el cual fue sancionado, documento que debera de tener la firma legalizada ante notario publico. 4.3.- Emitida la resolucion que ordena el destapiado, se notificara la misma al solicitante, y propietario de dicho

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