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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 19 de diciembre de 2009 408288 Zona Programa Municipal “Villa Mercedes” Barrido de Pistas y Veredas Tasa Anual por metro lineal año 2009 Nuevos Soles (S/.) VARIACIÓN ACUMULADA IPC AGOSTO 2009 Barrido de Pistas y Veredas Tasa Anual por metro lineal año 2010 Nuevos Soles (S/.) Vivienda 5.20231104 -0- 5.20231104 Terrenos sin construir 5.20231104 -0- 5.20231104 2.- Recolección de Residuos Sólidos Zona de Balneario Recolección de RR.SS. Tasa Anual por M2 de área construida año 2009 Nuevos Soles (S/.) VARIACIÓN ACUMULADA IPC AGOSTO 2009 Recolección de RR.SS. Tasa Anual por M2 de área construida año 2010 N u e v o s Soles (S/.) Vivienda 1.585117724 -0- 1.585117724 Terrenos sin construir -.- -0- -.- Usos Institucionales 3.534812524 -0- 3.534812524 Zona Programa Municipal “Villa Mercedes” Recolección de RR.SS. Tasa Anual por M2 de área construida año 2009 Nuevos Soles (S/.) VARIACIÓN ACUMULADA IPC AGOSTO 2009 Recolección de RR.SS. Tasa Anual por M2 de área construida año 2010 Nuevos Soles (S/.) Vivienda 0.619186611 -0- 0.619186611 Terrenos sin construir -.- -0- -.- ARBITRIO DE PARQUES Y JARDINES Zonas Tasa Anual por Predio Año 2009 Nuevos Soles (S/.) VARIACIÓN ACUMULADA IPC AGOSTO 2009 Tasa Anual por Predio Año 2010 Nuevos Soles (S/.) Balneario 397.36 -0- 397.36 Villa Mercedes 178.25 -0- 178.25 ARBITRIO DE SERENAZGO Usos del Predio Tasa Anual por Predio Año 2009 Nuevos Soles (S/.)/.) VARIACIÓN ACUMULADA IPC AGOSTO 2009 Tasa Anual por Predio Año 2010 Nuevos Soles (S/.) Vivienda Balneario 517.55 -0- 517.55 Usos Institucionales Balneario 3,117.34 -0- 3,117.34 Vivienda Villa Mercedes 38.68 -0- 38.68 ANEXO N° 3 CUADRO DE ESTIMACION DE INGRESOS Y COSTOS PRESUPUESTADOS ARBITRIOS DE LIMPIEZA PUBLICA AÑO 2010 1.- BARRIDO DE PISTAS Y VEREDAS TOTAL DE MT LINEALES TOTAL DE MT LINEALES SOLES X METRO LINEAL ANUAL ESTIMACION DE INGRESOS COSTOS PRESUPUESTADOS AÑO 2010 ZONA BALNEARIO SECTOR V. MERCEDES 11,518.73 2,391.75 10.40462209 5.20231104 119,848.03 12,442.63 COSTO TOTAL TOTALES 132,290.66 132,290.66 2.- RECOLECCION DE RESIDUOS SOLIDOS AREA CONSTRUIDA SECTORES TOTAL M2 SOLES X METRO ESTIMACION DE INGRESOS COSTOS PRESUPUESTADOS AÑO 2010 AREA CONSTRUIDA CUADRADO VIVIENDAS BALNEARIO USOS INSTITUCIONALES PROG.MUNIC.V. MERCEDES 116,988.76 1.585117724 185,440.96 COSTO TOTAL 11,770.68 3.534812524 41,607.15 11,927.69 0.619186611 7,385.47 TOTALES 140,687.13 234,433.57 234,433.57 ARBITRIOS DE PARQUES Y JARDINES AÑO 2010 ZONAS TOTAL PREDIOS SOLES X PREDIO ANUAL ESTIMACION DE INGRESOS COSTOS PRESUPUESTADOS AÑO 2010 BALNEARIO 658 397.36 261,462.88 COSTO TOTAL VILLA MERCEDES 94 178.25 16,755.50 TOTALES 752 278,218.38 278,219.82 ARBITRIOS DE SERENAZGO AÑO 2010 SECTORES TOTAL PREDIOS SOLES X PREDIO ANUAL ESTIMACION DE INGRESOS COSTOS PRESUPUESTADOS AÑO 2010 VIVIENDA BALNEARIO 641 517.55 331,749.55 COSTO USOS INSTITUCIONALES 17 3,117.34 52,994.78 TOTAL VIVIENDA P.M. V. MERCEDES 94 38.68 3,635.92 TOTALES 752 388,380.25 388,380.90 436857-1 MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO Modifican la Ordenanza N° 227-MDS ORDENANZA Nº 230-MDS Surquillo, 17 de Diciembre de 2009 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO: POR CUANTO: El Concejo Municipal de Surquillo, en Sesión Ordinaria de la fecha, estando a lo dispuesto en el artículo 74º y 195º numeral 4) de la Constitución Política del Perú, en el artículo 41º del Decreto Supremo Nº 135-99-EF, Texto Único Ordenado del Código Tributario, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 9º numeral 8) y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, por UNANIMIDAD de votos de los miembros del Concejo Municipal y con la dispensa del trámite de aprobación de actas, aprobó la siguiente: ORDENANZA MODIFICATORIA DE LA ORDENANZA Nº 227-MDS Artículo 1º.- OBJETO DE LA NORMA.- Modifíquese el artículo 5º de la Ordenanza Nº 227-MDS que establece una Amnistía Tributaria y Administrativa para el distrito de Surquillo, con el tenor siguiente: Artículo 5º.- MULTAS ADMINISTRATIVAS.- Aquellos contribuyentes que tengan deudas pendientes de pago por Multas Administrativas hasta el 15 de Diciembre de 2009, podrán cancelarlas con un descuento del 90% a excepción de multas impuestas producto de infracciones contempladas en el Código 07: Obras y Desarrollo Urbano – 200: Licencia de Obra y Obligaciones conexas, contempladas en el Reglamento de Aplicación de Sanciones Administrativas – RASA. Artículo 2º.- ENTRADA EN VIGENCIA.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. GUSTAVO SIERRA ORTIZ Alcalde 437386-1