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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 9 de enero de 2009 387985 CONSIDERANDO: Que, toda persona tiene derecho a solicitar sin expresión de causa la información que requiera y a recibirla de cualquier entidad pública, con excepción de las informaciones que afectan la intimidad personal y las que expresamente se excluyan por ley o por razones de seguridad nacional, de conformidad a lo dispuesto en el numeral 5 del artículo 2º de la Constitución Política del Perú; Que, en tal sentido, todas las actividades y disposiciones de las entidades de la Administración Pública están sometidas al principio de publicidad, por lo que toda información que posea el Estado se presume pública, salvo que se trate de información clasifi cada como secreta, reservada o confi dencial; asimismo, se debe adoptar medidas básicas que garanticen y promuevan la transparencia de la actuación de las Entidades de la Administración Pública, existiendo la obligación de entregar la información que demanden las personas en aplicación del principio de publicidad, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 3º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806 – Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM, concordado con lo señalado en los artículos 15º, 15-B, 15-C, 16º y 17º del mismo Texto Único Ordenado; Que, es obligación de la máxima autoridad de la Entidad designar a los funcionarios responsables de entregar la información de acceso público, así como también, designar al funcionario responsable de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia, conforme a lo señalado en los artículos 3º, 5º y 8º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, aprobado por Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM, concordado con lo dispuesto en el artículo 3º del Reglamento de la citada Ley, aprobado por Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM; Que, en caso las entidades públicas cuenten con ofi cinas desconcentradas o descentralizadas, se designarán en cada una de ellas al funcionario responsable de entregar la información que se requiera al amparo de la Ley Nº 27806, con el objeto que la misma pueda tramitarse con mayor celeridad, según lo dispuesto en el artículo 4º del Reglamento de la citada Ley, aprobado por Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM; Que, los funcionarios responsables de brindar información de acceso público deben cumplir las obligaciones estipuladas en los artículos 5º del Reglamento de la Ley Nº 27806, aprobado por Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM y demás disposiciones que resulten aplicables, mientras que el funcionario responsable de elaborar y actualizar el Portal de Transparencia de las entidades públicas debe cumplir las obligaciones contenidas en el artículo 8º del mencionado Reglamento y demás disposiciones que resulten aplicables; Que, asimismo, las entidades públicas tienen la obligación de remitir trimestralmente al Ministerio de Economía y Finanzas la información sobre fi nanzas públicas, dentro de los cinco (5) días calendario siguientes a su publicación, para que éste la incluya en su Portal de Internet, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 25º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, aprobado por Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM; Que, la designación del funcionario o funcionarios responsables de entregar la información, así como la designación del funcionario responsable de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia se efectúan mediante Resolución de la máxima autoridad de la entidad y se publica en el Diario Ofi cial El Peruano; adicionalmente, la entidad deberá colocar copia de la Resolución de designación en lugar visible en cada una de sus sedes administrativas, de conformidad a lo establecido en el artículo 4º del Reglamento de la Ley Nº 27806, aprobado por Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM; Que, mediante el artículo 2º de la Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 048-2008-PCM/PNADP-DE de fecha 2 de abril de 2008, se establece que los funcionarios responsables de entregar la información de acceso público en la Sede Central y órganos desconcentrados del Programa Nacional de Apoyo Directo a los más Pobres – JUNTOS, son el Director (a) Ejecutivo (a) Adjunto (a) por la información que se encuentre en la Alta Dirección, los Gerentes o quienes hagan sus veces y los Coordinadores Regionales de las Ofi cinas Regionales por la información con que cuenten; Que, a través de la Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 079-2008/PCM-PNADP-DE del 18 de julio de 2008, se designa al señor Adolfo Manuel Medrano Carbajal, encargado de la Gerencia de Promoción y Difusión, como responsable de brindar la información que demanden los administrados, y al señor Miguel Santiago Ávila Jara, encargado de la Gerencia de Tecnología de la Información, como funcionario responsable de la elaboración de los portales de Internet del Programa; Que, por Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 089- 2008/PCM-PNADP-DE de fecha 12 de agosto de 2008, se encarga a la señora Norma Arcadia Gutiérrez Peña las funciones de la Gerencia de Tecnología de la Información en reemplazo del señor Miguel Santiago Ávila Jara; Que, mediante el Informe Nº 292-2008-PCM/PNADP- GAL del 3 de setiembre de 2008, la Gerencia de Asuntos Legales recomienda se designe a los funcionarios responsables de brindar información de acceso público en la Sede Central y en las Ofi cinas Regionales, así como también, se designe al nuevo funcionario responsable de elaborar y actualizar el Portal de Transparencia del Programa JUNTOS, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 4º del Reglamento de la Ley Nº 27806 – Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM y ante la conclusión de las funciones del señor Miguel Santiago Ávila Jara como encargado de la Gerencia de Tecnología de la Información, habiéndose dispuesto la elaboración de la presente Resolución mediante los Proveídos de fecha 4 de setiembre de 2008, contenidos en la Hoja de Trámite Nº 2008-E01-003792 y Nº 2008-E01-003820; Que, en consecuencia es necesario emitir el acto de administración interna que designe a los funcionarios responsables de brindar información de acceso público en la Sede Central y en las Ofi cinas Regionales, así como a la funcionaria responsable de elaborar y actualizar el Portal de Transparencia del Programa JUNTOS, en cumplimento a lo establecido en la Ley Nº 27806 – Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública y su Reglamento; Con la visación de la Gerencia de Asuntos Legales, de la Gerencia de Promoción y Difusión y de la Gerencia de Tecnología de la Información; En uso de las facultades conferidas por el artículo 5º del Decreto Supremo Nº 032-2005-PCM, modifi cado por el Decreto Supremo Nº 062-2005-PCM, y por los artículos 26º y 28º del Reglamento Interno del Programa Nacional de Apoyo Directo a los más Pobres – “JUNTOS”, aprobado por Resolución Ministerial Nº 364-2005-PCM, así como por lo dispuesto en el artículo 4º del Reglamento de la Ley Nº 27806 – Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM ; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designar al señor ADOLFO MANUEL MEDRANO CARBAJAL, encargado de las funciones de la Gerencia de Promoción y Difusión, como responsable de brindar la información de acceso público correspondiente al Programa Nacional de Apoyo Directo a los más Pobres – JUNTOS, solicitada al amparo del derecho constitucional consagrado en el numeral 5 del artículo 2º de la Constitución Política del Perú y de lo dispuesto en la Ley Nº 27806 – Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM. Artículo 2º.- Designar a los Coordinadores Regionales como responsables de brindar la información de acceso público correspondiente del Programa Nacional de Apoyo Directo a los más Pobres – JUNTOS, solicitada al amparo del derecho constitucional consagrado en el numeral 5 del artículo 2º de la Constitución Política del Perú y de lo dispuesto en la Ley Nº 27806 – Ley de Transparencia