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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 9 de enero de 2009 387991 realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas por los viáticos entregados. Artículo 5°.- Refrendo La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República YEHUDE SIMON MUNARO Presidente del Consejo de Ministros ANTERO FLORES ARÁOZ E. Ministro de Defensa 298702-3 Designan integrante del Consejo Consultivo del Ministerio de Defensa RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1558-2008-DE/SG Lima, 31 de diciembre de 2008 CONSIDERANDO: Que, el artículo 22° de la Ley N° 29075 - Ley que establece la Naturaleza Jurídica, Función, Competencias y Estructura Orgánica Básica del Ministerio de Defensa, determina que el Consejo Consultivo es el órgano encargado de asesorar al Ministro en las materias que se someta a su consideración; Que, el artículo 32° del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa aprobado por Decreto Supremo N° 001-2008-DE de 2 de enero de 2008 concordante con el artículo 22 de la Ley N° 29075 señala que el Consejo Consultivo está integrado por personalidades representativas y de experiencia designadas por Resolución Ministerial; Que, las funciones de miembro del Consejo Consultivo no inhabilita para el desempeño de ninguna función pública o actividad privada y se ejerce ad honórem; Que, resulta necesario que la Dra. Nuria del Rocío Esparch Fernández forme parte del Consejo Consultivo del Ministerio de Defensa; De conformidad con la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29075 y el Decreto Supremo N° 001-2008-DE; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar a partir de la fecha a la Dra. Nuria del Rocío Esparch Fernández como integrante del Consejo Consultivo del Ministerio de Defensa. Regístrese, comuníquese, publíquese. ANTERO FLORES ARÁOZ E. Ministro de Defensa 298691-1 ECONOMIA Y FINANZAS Ratifican Acuerdo de PROINVERSIÓN que aprueba Plan de Promoción de la Inversión Privada para la entrega en concesión al sector privado del Proyecto “Planta de Tratamiento de Aguas Residuales y Emisario Submarino La Chira” RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 003-2009-EF Lima, 7 de enero de 2009 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 024-2006- EF de fecha 22 de mayo de 2006, se ratifi có el Acuerdo del Consejo Directivo de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN, en virtud del cual se acordó incorporar al Proceso de Promoción de la Inversión Privada la entrega en concesión del proyecto denominado “Planta de Tratamiento de Aguas Residuales Taboada” (PTAR Taboada), bajo los mecanismos y procedimientos establecidos en el Texto Único Ordenado aprobado por Decreto Supremo Nº 059-96-PCM y sus normas reglamentarias y complementarias; Que, a través de la Resolución Suprema Nº 076-2006- EF de fecha 14 de setiembre de 2006, se encargó al Comité de PROINVERSIÓN en Saneamiento y Proyectos del Estado, la conducción de los procesos de promoción de la inversión privada de los proyectos de saneamiento a cargo de PROINVERSIÓN; Que, por Resolución Suprema Nº 104-2006-EF de fecha 18 de diciembre de 2006, se ratifi có el Acuerdo del Consejo Directivo de PROINVERSIÓN, en virtud del cual se acordó modifi car la denominación del proyecto “Planta de Tratamiento de Aguas Residuales Taboada” (PTAR Taboada) a que se refi ere la Resolución Suprema Nº 024-2006-EF, por el de “Tratamiento y Disposición de Aguas Residuales de Lima y Callao”, el mismo que comprende los proyectos PTAR Taboada, La Chira, San Bartolo y otros, que pudiera identifi car el Comité de PROINVERSIÓN en Saneamiento y Proyectos del Estado; asimismo ratifi có el encargo de conducción del proceso de promoción de inversión privada, antes referido, al Comité de PROINVERSIÓN en Saneamiento y Proyectos del Estado, a que se refi eren las Resoluciones Supremas Nºs. 065 y 076-2006-EF; Que, con fecha 1 de diciembre de 2006 y al amparo de la Ley Nº 28059 - Ley Marco de Promoción de la Inversión Descentralizada, su reglamento y normas modifi catorias, se presentó a PROINVERSIÓN la solicitud de iniciativa privada que contiene el Proyecto de Inversión denominado “Planta de Tratamiento de Aguas Residuales y Emisario Submarino La Chira”; Que, el Comité de PROINVERSIÓN en Saneamiento y Proyectos del Estado mediante Acuerdo Nº 547-01- 2008-Saneamiento, adoptado en la sesión de fecha 27 de junio de 2008, ratifi cado por Acuerdo de Consejo Directivo de PROINVERSIÓN adoptado en su sesión de fecha 1 de julio de 2008, acordó declarar de interés la iniciativa privada “Planta de Tratamiento de Aguas Residuales y Emisario Submarino La Chira”; Que, de conformidad al Decreto Legislativo Nº 1012, que aprueba la Ley Marco de Asociaciones Público - Privadas para la Generación de Empleo Productivo y dicta normas para la Agilización de los Procesos de Promoción de la Inversión Privada, se publicó en el Diario Ofi cial El Peruano y en el diario Gestión el día 4 de julio de 2008, así como en la página web de PROINVERSIÓN, la iniciativa privada “Planta de Tratamiento de Aguas Residuales y Emisario Submarino La Chira”, a efectos que dentro del plazo previsto en la referida norma, se presenten terceros interesados en la ejecución del citado proyecto u otro alternativo; Que, dentro del plazo previsto en el artículo 16º del Decreto Legislativo Nº 1012, se presentaron cinco (5) expresiones de interés en la ejecución del citado Proyecto de Inversión que, de acuerdo con la evaluación efectuada, cumplieron con los requisitos de precalifi cación establecidos en la declaración de interés; Que, el Comité de PROINVERSIÓN en Saneamiento y Proyectos del Estado mediante Acuerdo Nº 582-01- 2008-Saneamiento, adoptado en la sesión de fecha 6 de octubre de 2008, acordó aprobar la precalifi cación de los terceros interesados que expresaron su interés en la ejecución del Proyecto “Planta de Tratamiento de Aguas Residuales y Emisario Submarino La Chira”; Que, de conformidad con lo establecido en el literal a) del artículo 16º del Decreto Legislativo Nº 1012, corresponde llevar adelante el proceso de promoción de la inversión privada mediante Oferta Pública, Licitación Pública o Concurso de Proyectos Integrales de acuerdo