Norma Legal Oficial del día 09 de enero del año 2009 (09/01/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 9 de enero de 2009

y Acceso a la Informacion Publica y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM. Articulo 3º.- Designar a la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, encargada de las funciones de la Gerencia de Tecnologia de la Informacion, como responsable de elaborar y actualizar el MORDAZA de Transparencia del Programa Nacional de Apoyo Directo a los mas Pobres ­ JUNTOS. Articulo 4º.- Los funcionarios designados mediante los articulos 1º y 2º de la presente Resolucion, deberan cumplir las obligaciones estipuladas en el articulo 5º del Reglamento de la Ley Nº 27806 ­ Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica, aprobado por Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM y demas disposiciones que resulten aplicables. Articulo 5º.- La funcionaria designada mediante el articulo 3º de la presente Resolucion, debera cumplir las obligaciones estipuladas en el articulo 8º del Reglamento de la Ley Nº 27806 ­ Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica, aprobado por Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM y demas disposiciones que resulten aplicables. Articulo 6º.- Encargar a la Gerencia de Promocion y Difusion coordine la colocacion de MORDAZA de la presente Resolucion en un lugar visible de la Sede Central del Programa Nacional de Apoyo Directo a los mas Pobres ­ JUNTOS y de las sedes de las Coordinaciones Regionales del Programa; asi como en la Pagina Web Institucional. Articulo 7º.- Dejar sin efecto el articulo 2º de la Resolucion de Direccion Ejecutiva Nº 048-2008-PCM/ PNADP-DE de fecha 2 de MORDAZA de 2008 y la Resolucion de Direccion Ejecutiva Nº 079-2008/PCM-PNADP-DE de fecha 18 de MORDAZA de 2008. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA BIAGGI MORDAZA Directora Ejecutiva Suplente Programa Nacional de Apoyo Directo a los mas Pobres JUNTOS 298261-2

AGRICULTURA
Amplian la II Fase de la MORDAZA de vacunacion antiaftosa obligatoria, establecida mediante la R.D. Nº 0072008-AG-SENASA-DSA
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 01-2009-AG-SENASA-DSA La MORDAZA, 6 de enero de 2009 VISTO:

es funcion del Servicio Nacional de Sanidad Agraria ­ SENASA proponer, establecer y ejecutar, segun el caso, la normatividad juridica, tecnica y administrativa necesaria para la aplicacion de los reglamentos vigentes; a efectos de prevenir la introduccion, establecimiento y diseminacion de plagas y enfermedades, controlarlas y erradicarlas; Que, conforme a lo establecido en el inciso b) del articulo 4º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Servicio Nacional de Sanidad Agraria ­ SENASA, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2005-AG; el SENASA tiene como uno de sus objetivos estrategicos proteger el patrimonio agrosanitario del ingreso o dispersion de plaga y enfermedades y del incremento de plagas y enfermedades de importancia economica; Que, el articulo 6º del Reglamento para la Prevencion y Erradicacion de la Fiebre Aftosa aprobado por Decreto Supremo Nº 042-2004-AG, establece que la prevencion y erradicacion de la Fiebre Aftosa son obligatorias y prioritarias en el MORDAZA y de interes nacional; Que, asimismo, los Articulos 7º y 17º del referido Reglamento, establecen que la vacunacion como medida de prevencion de la Fiebre Aftosa es obligatoria solo en las zonas geograficas identificadas con vacunacion por el SENASA y se realizara unicamente en la especie bovina; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 007-2008AG-SENASA-DSA se identifico en el MORDAZA las zonas geograficas con vacunacion o de alto riesgo y sin vacunacion antiaftosa para el ano 2008; Que, segun lo recomendado por el Centro Panamericano de Fiebre Aftosa ­ PANAFTOSA de la Organizacion Panamericana de la Salud ­ OPS/OMS, debera mantenerse el estado de vacunacion antiaftosa normado por el SENASA en algunas zonas de la region nororiental del MORDAZA y algunas provincias y distritos del departamento de Lima; Que, se hace necesario la ampliacion de la II Fase de la MORDAZA de Vacunacion contra la Fiebre Aftosa del 2008, segun lo recomendado por el Informe Tecnico del visto, a fin de lograr un adecuado nivel de proteccion inmunologica de la poblacion bovina; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 1059, el Decreto Supremo Nº 018-2008AG, el Decreto Supremo Nº 008-2005-AG y la Resolucion Jefatural Nº 072-2001-AG-SENASA; y con el visto MORDAZA del Director General de Asesoria Juridica; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Ampliar la II Fase de la MORDAZA de vacunacion antiaftosa obligatoria, establecida mediante la Resolucion Directoral Nº 007-2008-AG-SENASA-DSA, hasta el 31 de enero de 2009. Articulo 2º.- La Direccion de Sanidad Animal del SENASA dictara las medidas tecnico sanitarias complementarias necesarias para el cumplimiento de la finalidad de la presente norma. Registrese, comuniquese y publiquese.

El Informe Tecnico Nº 010-2008-AG-SENASA-DSAPRONAFA del 19 de diciembre de 2008, en el cual el Responsable del Programa Nacional de Fiebre Aftosa de la Direccion de Sanidad Animal, solicita se apruebe la MORDAZA correspondiente que oficialice la ampliacion de la II Fase de la MORDAZA de vacunacion antiaftosa del ano 2008, y ; CONSIDERANDO: Que, el articulo 17º del Decreto Ley Nº 25902, creo el Servicio Nacional de Sanidad Agraria ­ SENASA, como Organismo Publico adscrito al Ministerio de Agricultura; que tiene como uno de sus objetivos, ser el ente responsable de cautelar la seguridad sanitaria de la actividad MORDAZA y pecuaria nacional, Que, el articulo 4º del Decreto Legislativo Nº 1059-Decreto Legislativo que aprueba la Ley General de Sanidad Agraria y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 018-2008-AG, establecen que

MORDAZA HALZE MORDAZA Director General (e) Direccion de Sanidad Animal Servicio Nacional de Sanidad Agraria 298696-1

Establecen requisitos fitosanitarios especificos de cumplimiento obligatorio en la importacion de plantas de brunia procedentes de Sudafrica y de grano de soya procedente de Canada
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 02-2009-AG-SENASA-DSV La MORDAZA, 8 de enero de 2009

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