Norma Legal Oficial del día 09 de enero del año 2009 (09/01/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 9 de enero de 2009

establece el Regimen Provisional de Pesca del Recurso Merluza para el ano 2009; CONSIDERANDO: Que mediante Resolucion Ministerial N° 874-2008PRODUCE, publicada el 31 de diciembre de 2008, que establece el Regimen Provisional de Pesca del Recurso Merluza (Merluccius gayi peruanus), correspondiente al ano 2009, en el MORDAZA del cual se autoriza la actividad extractiva del recurso desde las 00:00 horas del 1 de enero de 2009 en el area maritima comprendida desde el extremo norte del dominio maritimo del Peru y el paralelo 06°00'00", con vigencia hasta el 31 de diciembre de 2009; Que, el literal a.2 del articulo 14° de la Resolucion Ministerial N° 874-2008- PRODUCE, establece que el titular del permiso de pesca de la embarcacion arrastrera de mayor escala (industrial) y de menor escala con permiso de pesca para el recurso merluza, que decida participar en el Regimen Provisional, debera suscribir un Convenio de Fiel y Cabal Cumplimiento de las disposiciones contenidas en dicha resolucion con la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia (DIGSECOVI), el que podra ser suscrito en la Direccion Regional con competencia pesquera de su jurisdiccion y remitir a la DIGSECOVI los convenios originales que hayan sido suscritos; Que, asimismo, el literal b.1 del articulo 14° de la Resolucion Ministerial mencionada en el considerando anterior, dispone que los titulares de los establecimientos industriales pesqueros que cuenten con licencia de operacion vigente para consumo humano directo, que decidan procesar el recurso merluza, en el MORDAZA del presente Regimen Provisional, deberan suscribir un Convenio de Fiel y Cabal Cumplimiento de las disposiciones contenidas en dicha Resolucion Ministerial con la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia o la Direccion Regional con competencia pesquera de su jurisdiccion; el que podra ser suscrito en la Direccion Regional con competencia pesquera de su jurisdiccion y remitir a la DIGSECOVI los convenios originales que hayan sido suscritos; Que, el articulo 14° de la Resolucion Ministerial N° 874-2008-PRODUCE, establece que la DIGSECOVI es la encargada de publicar, a mas tardar el 9 de enero de 2009, los modelos de Convenio que suscriba con los titulares de los permisos de pesca y con los titulares de los establecimientos industriales pesqueros que decidan participar en el Regimen de Provisional de Pesca del Recurso Merluza; Que, en consecuencia, se hace necesario dictar el acto administrativo correspondiente; De conformidad con lo establecido en la Resolucion Ministerial N° 874-2008- PRODUCE, y el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo N° 010-2006-PRODUCE; SE RESUELVE:

mismo que, en Anexo II, forma parte integrante de la presente resolucion directoral. Articulo 3°.- Disponer la publicacion de los modelos de convenio, aprobados en los articulos 1° y 2° de la presente Resolucion Directoral, en el MORDAZA institucional del Ministerio de la Produccion, dentro del plazo establecido en la Resolucion Ministerial 8742008-PRODUCE. Articulo 4°.- Los armadores y los titulares de los establecimientos industriales pesqueros (EIP) o sus representantes legales, podran apersonarse a la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia o a la Direccion Regional de la Produccion de su jurisdiccion, para la suscripcion del convenio correspondiente. Registrese, comuniquese y publiquese MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General de Seguimiento, Control y Vigilancia 298690-1

RELACIONES EXTERIORES
Remiten al Congreso de la Republica documentacion relativa al "Acuerdo para Promover el Cumplimiento de las Medidas Internacionales de Conservacion y Ordenacion por los Buques Pesqueros que Pescan en Alta Mar"
RESOLUCION SUPREMA Nº 010-2009-RE MORDAZA, 8 de enero de 2009 CONSIDERANDO: Que, el "Acuerdo para Promover el Cumplimiento de las Medidas Internacionales de Conservacion y Ordenacion por los Buques Pesqueros que Pescan en Alta Mar", adoptado mediante Resolucion 15/93 de noviembre de 1993, en el MORDAZA del periodo de sesiones de la Conferencia de la Organizacion de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentacion; Que es conveniente a los intereses del Peru la aprobacion del citado instrumento internacional; De conformidad con lo dispuesto en los articulos 56º y 102º inciso 3 de la Constitucion Politica del Peru y el articulo 2º de la Ley Nº 26647, que disponen la aprobacion legislativa de los Tratados celebrados por el Estado peruano; RESUELVE:

Articulo 1°.- Aprobar el modelo de "Convenio de Fiel y Cabal Cumplimiento de las disposiciones contenidas en la Resolucion Ministerial N° 874-2008-PRODUCE, que establece el Regimen Provisional de Pesca del Recurso Merluza, correspondiente al ano 2009", que suscribira el titular del permiso de pesca de la embarcacion arrastrera de mayor escala (industrial) y de menor escala con permiso de pesca para el recurso merluza, que decida participar en el citado Regimen Provisional de Pesca, el mismo que, en Anexo I, forma parte integrante de la presente resolucion directoral. Articulo 2°.- Aprobar el modelo de "Convenio de Fiel y Cabal Cumplimiento de las disposiciones contenidas en la Resolucion Ministerial N° 874-2008-PRODUCE, que establece el Regimen Provisional de Pesca del Recurso Merluza, correspondiente al ano 2009", que suscribira el titular del establecimiento industrial pesquero que cuente con licencia de operacion vigente para consumo humano directo, que decida participar en el citado Regimen Provisional de Pesca, correspondiente al ano 2009, el

Articulo Unico.- Remitase al Congreso de la Republica, la documentacion relativa al "Acuerdo para Promover el Cumplimiento de las Medidas Internacionales de Conservacion y Ordenacion por los Buques Pesqueros que Pescan en Alta Mar", adoptado mediante Resolucion 15/93 de noviembre de 1993, en el MORDAZA del periodo de sesiones de la Conferencia de la Organizacion de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores 298702-10

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