Norma Legal Oficial del día 09 de enero del año 2009 (09/01/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 24

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 9 de enero de 2009

del Estado, el titular de la entidad puede delegar la autoridad que le otorga dicha Ley, en los diversos aspectos de contrataciones y adquisiciones, siendo en este caso responsable solidario con el delegado; Que, el ultimo parrafo del articulo 2º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, prescribe que el titular de la entidad puede designar a los funcionarios y dependencias de la entidad encargados de los diferentes aspectos de las adquisiciones y contrataciones, delegandoles los distintos niveles de decision y autoridad, bajo responsabilidad, salvo en aquellos asuntos que, por indicacion expresa de la Ley y/o del Reglamento mencionados, MORDAZA indelegables; Que, de otra parte es importante considerar que el Decreto Legislativo Nº 1017, Ley de Contrataciones del Estado, y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, entrara en vigencia a los treinta (30) dias calendario contados a partir de la publicacion del Reglamento de Organizacion y Funciones del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE, de conformidad con la Decimo MORDAZA Disposicion Complementaria y Final del Decreto Legislativo Nº 1017; derogando el TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 083-2004PCM, y el Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, actualmente vigentes; Que, en ese sentido, la presente delegacion de facultades considera aspectos vinculados al Decreto Legislativo Nº 1017, Ley de Contrataciones del Estado, y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, los que estan sujetos a la entrada en vigencia de estas; Que, con Resolucion Directoral Nº 01392-INAP/ DNP, se aprobo el Manual Normativo de Personal Nº 002-92-DNP "Desplazamiento de Personal", estableciendose que corresponde al titular de la entidad publica, las acciones de personal a que se refiere el Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico; Que, con la finalidad de garantizar una adecuada gestion en la ejecucion de las adquisiciones y contrataciones de bienes, servicios y obras, que va a permitir que el Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo pueda cumplir con las funciones y competencias senaladas en la Ley Nº 27711, Ley del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, asi como cumplir con la programacion de las metas institucionales para el presente ejercicio 2009, por lo que resulta pertinente delegar determinadas funciones asignadas al titular del Pliego; Con las visaciones del Secretario General, del Director General de la Oficina de Asesoria Juridica, del Director General de Planificacion y Presupuesto, y del Director General de la Oficina de Administracion; y, De conformidad con lo establecido en el articulo 25º inciso 8) de la Ley Nº 29158, Ley del Poder Ejecutivo, el articulo 72º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; el articulo 12º literal d) del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, aprobado por Resolucion Ministerial Nº 173-2002-TR; la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; la Ley Nº 29289, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2009; el TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 0842004-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Delegacion de facultades al Secretario General Delegar al Secretario General del Ministerio de Trabajo

y Promocion del Empleo, para el presente ejercicio fiscal 2009, las siguientes facultades y atribuciones respecto de la Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Trabajo - Oficina de Administracion: a) La facultad de suscribir convenios interinstitucionales, asi como disponer su exclusion o ampliacion; b) La facultad de aprobar directivas, circulares y/ o manuales, asi como todo documento de caracter normativo que permita la racionalizacion del gasto y el manejo adecuado de los recursos asignados por toda fuente de financiamiento durante la ejecucion presupuestaria 2009, asi como los que regulen los actos de administracion interna, la elaboracion de documentos de gestion, tramites internos, lineamientos tecniconormativos y metodologicos, orientados a optimizar los procedimientos y procesos administrativos de caracter interno, a cargo de los organos de apoyo del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo; c) Tramitar todas las comunicaciones, actuaciones, pedidos de sancion y actos vinculados a los procesos de adquisicion y contratacion, que tengan que realizarse ante el CONSUCODE, el OSCE, PERU COMPRAS y la Contraloria General de la Republica, asi como gestionar las publicaciones que tengan que realizarse por mandato legal, y los pedidos de informacion y consulta que resulten necesarios realizar ante otras entidades, vinculados a la tematica de las adquisiciones y contrataciones estatales; d) Autorizar y resolver acciones de personal adscrito al regimen laboral del Decreto Legislativo Nº 276, desde el Nivel F-5. Esta facultad no incluye la de designar y remover a la que alude el articulo 25º inciso 5) de la Ley Nº 29158; e) Aprobar el calendario de compromisos y sus ampliaciones, la que debera realizarse de conformidad con la Directiva Nº 015-2007-EF/76.01, Directiva para la Prevision Presupuestaria Trimestral Mensualizada (PPTM) y para la Aprobacion de Calendario de Compromisos para el Gobierno Nacional y para los Gobiernos Regionales, y la Directiva Nº 003-2007-EF/76.01, TUO de la Directiva para la Ejecucion Presupuestaria; f) Designar a los integrantes titulares y suplentes de los comites especiales de los procesos de seleccion, dentro de los parametros establecidos en el ordenamiento juridico; g) Representar al Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo ante las autoridades publicas en las que este tenga que formular petitorios, impugnaciones, solicitudes, reclamaciones, tramites, acciones y procedimientos administrativos en que sea parte interesada o tenga legitimo interes; h) Disponer la cancelacion parcial o total de los procesos de seleccion, por causal debidamente motivada y bajo los lineamientos dispuestos en el Decreto Legislativo Nº 1017 y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 183-2008-EF, previo informe favorable de la Oficina de Asesoria Juridica; i) Aprobar las modificatorias presupuestarias en el Nivel Funcional Programatico, previo informe favorable de la Oficina de Planificacion y Presupuesto, asi como la suscripcion de formatos, fichas y documentacion que tenga incidencia presupuestaria; j) Resolver los recursos de apelacion que interpongan los postores en los procesos de seleccion convocados por el Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo; y, k) Aprobar las modificaciones al Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones - PAAC correspondiente al ejercicio fiscal 2009, dentro de los parametros regulados en el ordenamiento juridico. Lo dispuesto en los literales e) e i) se aplica a las Unidades Ejecutoras que conforman el Pliego 012: Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo - MTPE Articulo 2º.- Delegacion de facultades al Director General de la Oficina de Administracion Delegar al Director General de la Oficina de Administracion del Ministerio de Trabajo y Promocion del

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