Norma Legal Oficial del día 10 de enero del año 2009 (10/01/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano MORDAZA, sabado 10 de enero de 2009

NORMAS LEGALES

388063

De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 28411 ­ Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, Ley Nº 29142 ­ Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2008, Ley Nº 29144 ­ Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2008, Ley Nº 29136 ­ Ley que modifica los articulos 1º, 4º, 5º, 7º y 8º de la Ley Nº 29078 ­ Ley que crea el FORSUR y el Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros; SE RESUELVE:

en el Anexo publicaran en su pagina Web el resultado de las acciones y detalle de gastos realizados, que no exceda el 30 de MORDAZA de 2009 de los recursos autorizados mediante Resolucion Ministerial Nº 321-2008-PCM, sin perjuicio de las acciones de control que correspondan. Articulo 6º.- El Fondo para la Reconstruccion Integral de las Zonas Afectadas por los Sismos del 15 de agosto de 2007 ­ FORSUR se encargara, de acuerdo a sus funciones, del cumplimiento de la ejecucion de los proyectos referidos en el articulo 4º de la presente Resolucion, asi como del seguimiento y monitoreo de los mismos. Registrese, comuniquese y publiquese.

Articulo 1º.- Aprobar una transferencia financiera del Pliego 001 Presidencia del Consejo de Ministros, al Gobierno Regional de Ica por la suma de S/. 204 000 00 (Doscientos cuatro mil y 00/100 nuevos Soles) para la "Construccion del Local Central Comunitario por el colapso del Santuario del Senor de Luren en el Distrito, Provincia y Departamento de Ica, a la Municipalidad Distrital San MORDAZA de los Molinos por la suma de S/. 280 000 00 (Doscientos ochenta mil y 007100 Nuevos Soles) para la "Reparacion del Centro de Salud Los Molinos, Cerco perimetrico y Servicios Higienicos de Distrito de San MORDAZA de Los Molinos, Provincia y Departamento de Ica, a la Municipalidad Distrital de Tambo de MORDAZA por la suma de S/. 455 000 00 (Cuatrocientos cincuenta y cinco mil y 00/100 nuevos Soles) para la "Sustitucion y Mejoramiento de la Institucion Educativa Inicial Nº 254 ­ 1era Etapa del Distrito de Tambo de MORDAZA, Provincia de Chincha ­ Departamento de Ica, al Gobierno Regional de MORDAZA por la suma de S/. 290 000 00 (Doscientos noventa mil y 00/100 Nuevos Soles) para la "Reconstruccion del Puesto de Salud I-2 Cerro MORDAZA, afectado por los sismos del 15 de agosto de 2007, en el Distrito Imperial de la Provincia de Canete", a la Municipalidad Distrital San MORDAZA de Cusicancha por la suma de S/. 190 000 00 (Ciento noventa mil y 00/100 Nuevos Soles) para la "Reconstruccion de la Institucion Educativa Nº 22591 de la localidad de Paccha Alto, Distrito de San MORDAZA de Cusicancha, Provincia de Huaytara, Departamento de Huancavelica" y a la Municipalidad Distrital de Huayacundo Arma por la suma de S/. 300 000 00 (Trescientos mil y 00/100 Nuevos Soles) para la "Reconstruccion y Mejoramiento de la Institucion Educativa "Santa Teresita", del Distrito de Huayacundo Arma ­ Provincia de Huaytara ­ Departamento de Huancavelica, los cuales figuran en el Anexo Nº 01, que forma parte de la presente Resolucion, por la suma total de S/. 1 719 000,00 (UN MILLON SETECIENTOS DIECINUEVE MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES) en la Fuente de Financiamiento Donaciones y Transferencias, con la finalidad exclusiva de atender la priorizacion efectuada por el Directorio de FORSUR segun el Acuerdo de Directorio Nº 134-2008/ SESION Nº 013-FORSUR, conforme hace referencia lo dispuesto en la Resolucion Ministerial Nº 321-2008-PCM. Articulo 2º.- El egreso que demande el cumplimiento de la presente Resolucion, se aplicara al presupuesto Institucional Modificado del Pliego 001 Presidencia del Consejo de Ministros, Unidad Ejecutora 014 Fondo para la Reconstruccion Integral de las Zonas Afectadas por los Sismos del 15 de agosto de 2007 ­ FORSUR, Funcion 07 Defensa y Seguridad Nacional, Programa 024 Prevencion y Atencion de Desastres, Sub- Programa 0066 Defensa Civil, Actividad 1.029434 Atencion de Desastres y Apoyo a la Rehabilitacion y la Reconstruccion, en la Fuente de Financiamiento de Donaciones y Transferencias, y la correspondiente disponibilidad de Calendario de Compromisos. Articulo 3º.- Conforme al numeral 9.4 del articulo 9º de la Ley Nº 29142, formalizase el Cronograma de Desembolsos establecido en los Convenios suscritos entre FORSUR y los Gobiernos Locales y Regionales, que forman parte de la presente Resolucion y por el cual se efectuara la transferencia financiera autorizada. Articulo 4º.- Previa a la ejecucion de la transferencia financiera a los Gobiernos Locales y Gobiernos Regionales senalados en el articulo 1º de la presente Resolucion, la Unidad Ejecutora 014 Fondo para la Reconstruccion Integral de las Zonas Afectadas por los Sismos del 15 de agosto de 2007 ­ FORSUR, debera contar con el Acta de Sesion de Directorio de FORSUR, donde conste el Acuerdo de Directorio Nº 134-2008/SESION Nº 013-FORSUR, acorde con las reglas de la Ley Nº 27444 ­ Ley del Procedimiento Administrativo General. Articulo 5º.- En el MORDAZA de la Ley Nº 27806 ­ Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 072-2003PCM, los Gobiernos Locales y Gobiernos Regionales citados

YEHUDE MORDAZA MUNARO Presidente del Consejo de Ministros

299283-1

Delegan diversas facultades en el Secretario General y en el Director de la Oficina General de Administracion de la PCM
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 001-2009-PCM
MORDAZA, 6 de enero de 2009 CONSIDERANDO: Que, el numeral 7.1 del articulo 7° de la Ley N° 28411 Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto establece que el Titular de la Entidad puede delegar sus funciones en materia presupuestal cuando lo establezca expresamente dicha Ley General, las Leyes de Presupuesto del Sector Publico o la MORDAZA de creacion de la Entidad, siendo responsable solidario con el delegado; Que, la precitada Ley General ha establecido expresamente en el numeral 40.2 de su articulo 40°, que el Titular de la Entidad puede delegar la facultad de aprobacion de las modificaciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programatico, propuesta por la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces de la Entidad, a traves de disposicion expresa, la misma que debe ser publicada en el Diario Oficial El Peruano; Que, en la Ley N° 29289 Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2009, se establecen las normas para el MORDAZA presupuestario que deben observar los organismos del Sector Publico durante el Ejercicio Fiscal 2009; Que, el articulo 17° de la Ley N° 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo, dispone que la Presidencia del Consejo de Ministros es el Ministerio responsable de la coordinacion de las politicas nacionales y sectoriales del Poder Ejecutivo. El Presidente del Consejo de Ministros es el Titular de la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, el numeral 10 del articulo 19° de la precitada Ley N° 29158, establece que corresponde al Presidente del Consejo de Ministros delegar en el Secretario General o en otros funcionarios las facultades y atribuciones que no MORDAZA privativas a su funcion de Ministro de Estado, dentro de la competencia de la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, de acuerdo con la estructura organica de la Presidencia del Consejo de Ministros descrita en su Reglamento de Organizacion y Funciones, aprobado por el Decreto Supremo N° 063-2007-PCM, resulta pertinente delegar en el Secretario General de la Presidencia del Consejo de Ministros y en el Director General de la Oficina de Administracion las facultades y atribuciones en materia presupuestal y las acciones administrativas de gestion y resolucion que no MORDAZA privativas a su funcion de Presidente del Consejo de Ministros; Que, asimismo, resulta necesario designar a los responsables de la administracion y ejecucion presupuestaria en las metas, actividades y proyectos de las Unidades Ejecutoras de la Presidencia del Consejo de Ministros para el ejercicio presupuestal 2009; Con el visado del Secretario General y de los Directores de las Oficinas Generales de Planeamiento y Presupuesto, Asesoria Juridica y Administracion; De conformidad con la Ley N° 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo, la Ley N° 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto y el Decreto Supremo N° 063-

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