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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE ENERO DEL AÑO 2009 (11/01/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 20

TEXTO PAGINA: 20

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 11 de enero de 2009 388186 CONCEPTO CANTIDAD UNIDAD MEDIDA COSTO UNITARIO % DEDICACION COSTO 52 DIAS COSTO TEMPORADA Cobradores (Parqueo Nº 2 y Nº 6) 5 Personas 3,640.00 57 10,374.00 10,374.00 COSTOS DE MATERIALES 886.00 Tickets 7000 Boletos 0.094 658.00 658.00 Letreros(Parqueo N°2 y N°6) 2 Unidades 200.00 57 228.00 228.00 OTROS COSTOS Y GASTOS VARIABLES 26,950.63 Uniformes(Parqueo N°2 y N°6) 376.20 Pantalones/Bermudas (2unidades) 10 Unidades 25.00 57 142.50 Camisa Drill (2 unidades) 10 Unidades 20.00 57 114.00 Gorras con viscera (2 unidades) 10 Unidades 11.00 57 62.70 Zapatillas (1 par) 5 Pares 20.00 57 57.00 Servicios de terceros 26,574.43 Señalización de Playas de Estacionamiento Parqueo Nº 2 80 Espacios 37.13 2,970.30 Señalización de Playas de Estacionamiento Parqueo Nº 6 59 Espacios 37.13 2,190.59 Señalización de Pistas Anexas Parqueo Nº 2 80 Espacios 34.65 2,772.28 Señalización de Pistas Anexas Parqueo Nº 6 59 Espacios 34.65 2,044.55 Reparación de Pistas de AccesoParque Nº 2 80 Espacios 19.80 1,584.16 Reparación de Pistas de AccesoParque Nº 6 59 Espacios 19.80 2,110.32 Habilitación de Areas de Parqueo Nº 2 80 Espacios 92.82 7,425.74 Habilitación de Areas de Parqueo Nº 6 59 Espacios 92.82 5,476.49 COSTOS INDIRECTOSY GASTOS ADMINISTRATIVOS 4,245.00 Caja (Recaudación) 1 Persona 3,640.00 57 2,074.80 2,074.80 Administrativos (Control de personal, atención contribuyente) 2 Persona 2,730.00 - 2,170.20 2,170.20 TOTAL 42,455.63 NOTA .- SE CONSIDERA 52 DIAS COMPRENDIDOS DE LUNES JUEVES SEGÚN EL SIGIUENTE DETALLE MES DE ENERO-2009 17 DIAS MES DE FEBRERO-2009 16 DIAS MES DE MARZO-2009 18 DIAS MES DE ABRIL-2009 1 TOTAL DIAS 52 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE NUEVO CHIMBOTE Ratifican otorgamiento de facultades que corresponden al Despacho de Alcaldía en materia presupuestal al Gerente Municipal RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 002-2009-MDNCH Nuevo Chimbote, 5 de enero del 2009. VISTOS Y CONSIDERANDO: Que, las municipalidades son órganos de gobierno local, que emanan de la voluntad popular, son personas jurídicas de derecho público con autonomía económica y administrativa en los asuntos de su competencia, asimismo representan al vecindario; promueven la adecuada prestación de los servicios públicos locales y fomentan el bienestar de los vecinos y el desarrollo integral y armónico de las circunscripciones de su jurisdicción territorial; Que, de conformidad con la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972, establece en su Artículo 20° inciso 20) establece: “que es atribución del Alcalde delegar sus funciones administrativas en el Gerente Municipal; Que, en este sentido el artículo 7° de la Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto Ley N° 28411, señala: “que el titular de la Entidad es la más alta autoridad ejecutiva en materia presupuestal, siendo que puede delegar sus funciones en dicho tema, cuando lo establezca expresamente la Ley General y las Leyes de Presupuesto del Sector Público; Que, a mérito de la norma glosada, las funciones de aprobación referentes a las modifi caciones presupuestales en el nivel funcional programático pueden ser delegadas mediante disposición expresa, la misma que debe ser publicada en el Diario Ofi cial El Peruano; Que, siendo ello así, se hace necesario que el titular de la Entidad pueda delegar en la Gerencia Municipal sus funciones en materia presupuestal, señaladas en los numerales 7.2) del artículo 7° de la Ley N° 28411 que señala: “i. Efectuar la gestión presupuestaria en las fases de programación, formulación, aprobación, ejecución y evaluación, y el control del gasto, de conformidad con la Ley General, las leyes de Presupuesto Público, en el marco de los principios de legalidad y presunción de veracidad, así como otras normas, ii. Lograr que los objetivos y las metas establecidas en el Plan Operativo Institucional y Presupuesto Institucional se refl ejen en las funciones, programas, subprogramas, actividades y proyectos a su cargo, iii. Concordar en el Plan Operativo Institucional (POI) y su Presupuesto Institucional con su Plan Estratégico Institucional y 40.2) del artículo 40° de la Ley N° 28411, señala: “las modifi caciones presupuestales en el nivel funcional programático son aprobadas mediante resolución del titular, a propuesta de la Ofi cina de Presupuesto o de la que haga sus veces en la Entidad. El titular puede delegar, dicha facultad de aprobación, a través de disposición expresa, la misma que debe de ser publicada en el Diario Ofi cial El Peruano; Que, de conformidad con el artículo 20° numeral 6) y 20) de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; SE RESUELVE: Artículo Primero.- RATIFICAR en el Dr. BENITO AGREDA PEREZ, Gerente Municipal, las facultades que corresponden al despacho de Alcaldía, en materia presupuestal, señaladas en el numeral 7.2) del artículo 7° y referente a las modifi caciones presupuestales en el nivel funcional programático señalados en el numeral 40.2) del artículo 40° de la Ley General del Sistema nacional de Presupuesto N° 28411. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Ofi cina de Secretaría General, la publicación de la presente Resolución dentro del plazo de ley. Artículo Tercero.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Resolución a la Gerencia Municipal y a la Ofi cina de Planeamiento, Presupuesto y Sistemas. Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese. VALENTÍN FERNÁNDEZ BAZÁN Alcalde 298728-1 299157-1