TEXTO PAGINA: 5
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 11 de enero de 2009 388171 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 28900, se otorgó al Fondo de Inversión en Telecomunicaciones - FITEL la calidad de persona jurídica de Derecho Público, adscribiéndolo al Sector Transporte y Comunicaciones. Asimismo, se dispuso que el FITEL sea administrado por un Directorio presidido por el titular del Ministerio de Transportes y Comunicaciones e integrado por el titular del Ministerio de Economía y Finanzas y el Presidente del Consejo Directivo del Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones; Que, el artículo 7º del Decreto Supremo Nº 036- 2008-MTC, establece, como una de las funciones del Directorio del FITEL, encargar a la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN, la conducción de las licitaciones y/o concursos públicos de los Programas y/o Proyectos, a ser financiados con los recursos del FITEL; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 944-2008- MTC/03, publicada con fecha 6 de enero de 2009, se encargó a PROINVERSIÓN la conducción del proceso de selección para elegir al operador que tendrá a su cargo la implementación del Proyecto “Banda Ancha para el Desarrollo de las Comunidades de Camisea (Camisea - Lurín)”, según lo dispuesto por el Directorio del FITEL mediante el Acuerdo de Directorio Nº 033- 2008/FITEL de fecha 18 de diciembre de 2008; Que, el Consejo Directivo de PROINVERSIÓN, en su sesión de fecha 9 de enero de 2009, acordó incorporar al proceso de promoción de la inversión privada el Proyecto “Banda Ancha para el Desarrollo de las Comunidades de Camisea (Camisea - Lurín)”, bajo los mecanismos y procedimientos establecidos en el Decreto Legislativo Nº 674, sus normas complementarias, reglamentarias y conexas, encargándole la conducción del mismo al Comité de PROINVERSIÓN en Saneamiento y Proyectos del Estado; Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 4º del Decreto Legislativo Nº 674, el acuerdo a que se refiere el considerando precedente, debe ser ratificado por resolución suprema; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Ratifi car el acuerdo adoptado por el Consejo Directivo de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN, en su sesión de fecha 9 de enero de 2009, mediante el cual se acordó incorporar al proceso de promoción de la inversión privada el Proyecto “Banda Ancha para el Desarrollo de las Comunidades de Camisea (Camisea - Lurín)”, bajo los mecanismos establecidos en el Decreto Legislativo Nº 674, sus normas complementarias, reglamentarias y conexas. Artículo 2º.- Encargar al Comité de PROINVERSIÓN en Saneamiento y Proyectos del Estado llevar adelante el proceso de promoción de la inversión privada del Proyecto “Banda Ancha para el Desarrollo de las Comunidades de Camisea (Camisea - Lurín)”. Artículo 3º.- La presente resolución suprema será refrendada por el Ministro de Economía y Finanzas, y el Ministro de Transportes y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República PEDRO SÁNCHEZ GAMARRA Ministro de Energía y Minas Encargado del Despacho del Ministerio de Economía y Finanzas ENRIQUE CORNEJO RAMÍREZ Ministro de Transportes y Comunicaciones 299333-4 Ratifican Acuerdo de PROINVERSIÓN que incorpora al proceso de promoción de la inversión privada el Proyecto “Servicio de Banda Ancha Rural Juliaca - San Gabán” RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 007-2009-EF Lima, 10 de enero de 2009 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 28900, se otorgó al Fondo de Inversión en Telecomunicaciones - FITEL la calidad de persona jurídica de Derecho Público, adscribiéndolo al Sector Transporte y Comunicaciones. Asimismo, se dispuso que el FITEL sea administrado por un Directorio presidido por el titular del Ministerio de Transportes y Comunicaciones e integrado por el titular del Ministerio de Economía y Finanzas y el Presidente del Consejo Directivo del Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones; Que, el artículo 7º del Decreto Supremo Nº 036-2008- MTC, establece, como una de las funciones del Directorio del FITEL, encargar a la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN, la conducción de las licitaciones y/o concursos públicos de los Programas y/o Proyectos, a ser fi nanciados con los recursos del FITEL; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 945-2008- MTC/03, publicada con fecha 6 de enero de 2009, se encargó a PROINVERSIÓN la conducción del proceso de selección para elegir al operador que tendrá a su cargo la implementación del Proyecto “Servicio de Banda Ancha Rural Juliaca - San Gabán”, según lo dispuesto por el Directorio del FITEL mediante el Acuerdo de Directorio Nº 031-2008/FITEL de fecha 18 de diciembre de 2008; Que, el Consejo Directivo de PROINVERSIÓN, en su sesión de fecha 9 de enero de 2009, acordó incorporar al proceso de promoción de la inversión privada el Proyecto “Servicio de Banda Ancha Rural Juliaca - San Gabán”, bajo los mecanismos y procedimientos establecidos en el Decreto Legislativo Nº 674, sus normas complementarias, reglamentarias y conexas, encargándole la conducción del mismo al Comité de PROINVERSIÓN en Saneamiento y Proyectos del Estado; Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 4º del Decreto Legislativo Nº 674, el acuerdo a que se refi ere el considerando precedente, debe ser ratifi cado por resolución suprema; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Ratifi car el acuerdo adoptado por el Consejo Directivo de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN, en su sesión de fecha 9 de enero de 2009, mediante el cual se acordó incorporar al proceso de promoción de la inversión privada el Proyecto “Servicio de Banda Ancha Rural Juliaca - San Gabán”, bajo los mecanismos establecidos en el Decreto Legislativo Nº 674, sus normas complementarias, reglamentarias y conexas. Artículo 2º.- Encargar al Comité de PROINVERSIÓN en Saneamiento y Proyectos del Estado llevar adelante el proceso de promoción de la inversión privada del Proyecto “Servicio de Banda Ancha Rural Juliaca - San Gabán”. Artículo 3º.- La presente resolución suprema será refrendada por el Ministro de Economía y Finanzas, y el Ministro de Transportes y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República PEDRO SÁNCHEZ GAMARRA Ministro de Energía y Minas Encargado del Despacho del Ministerio de Economía y Finanzas ENRIQUE CORNEJO RAMÍREZ Ministro de Transportes y Comunicaciones 299333-5