Norma Legal Oficial del día 14 de enero del año 2009 (14/01/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 63

El Peruano MORDAZA, miercoles 14 de enero de 2009

NORMAS LEGALES

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debera cumplir con el pago por derecho de concesion, asi como con la MORDAZA de carta fianza y pago del canon, si estos dos ultimos correspondieran. En caso de incumplimiento, la resolucion de otorgamiento de concesion y la resolucion de asignacion de espectro quedaran sin efecto de pleno derecho; Que, en el caso de la concesion otorgada a la empresa TELEMUNDO INTERNACIONAL E.I.R.L., para la suscripcion del contrato de concesion correspondia realizar el pago del derecho de concesion y la MORDAZA de la carta fianza; Que, conforme a lo senalado en la MORDAZA Disposicion Complementaria Final del Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, se establece el derecho a solicitar nuevamente la emision de resolucion ministerial sin iniciar MORDAZA tramite. En tal sentido, la precitada MORDAZA senala que el incumplimiento de los plazos previstos en el articulo 124º no enerva el derecho a solicitar nuevamente y, por unica vez, sin necesidad de iniciar un MORDAZA tramite, la emision de la resolucion correspondiente. Para tal efecto, la solicitud podra ser presentada dentro del plazo de seis (6) meses de notificada la citada resolucion, debidamente sustentada; Que, la Resolucion Ministerial Nº 328-2008-MTC/03 fue notificada el 25 de MORDAZA de 2008, por lo tanto la solicitud para la emision de una nueva resolucion ministerial otorgando a la empresa TELEMUNDO INTERNACIONAL E.I.R.L. concesion unica para la prestacion de servicios publicos de telecomunicaciones ha sido presentada a este Ministerio, dentro del plazo de seis (6) meses de notificada dicha resolucion ministerial; Que, conforme a lo senalado por la empresa TELEMUNDO INTERNACIONAL E.I.R.L. mediante escrito P/D Nº 096685 del 3 de setiembre de 2008, el motivo por el cual no le ha sido posible suscribir el contrato de concesion dentro del plazo legal establecido fue la imposibilidad de contar con la carta fianza que asegure el inicio de operaciones, habiendo cumplido con el pago del derecho de concesion correspondiente; Que, el inciso 3) del articulo 75° del Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, senala que corresponde al Ministerio de Transportes y Comunicaciones otorgar concesiones, autorizaciones, permisos y licencias en materia de telecomunicaciones; Que, el 18 de MORDAZA de 2006, se publico en el Diario Oficial El Peruano, la Ley Nº 28737, Ley que establece la concesion unica para la prestacion de servicios publicos de telecomunicaciones, la cual modifica diversos articulos del Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo N° 013-93-TCC; Que, el articulo 53º del citado cuerpo legal, indica que en un mismo contrato de concesion el Ministerio otorgara el derecho a prestar todos los servicios publicos de telecomunicaciones; Que, en caso la empresa solicitante requiera prestar servicios adicionales al servicio de distribucion de radiodifusion por cable en la modalidad de cable alambrico u optico, debera cumplir con lo establecido en el articulo 155º del Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 020-2007-MTC; y solicitar al Ministerio la inscripcion de dichos servicios en el registro habilitado para tal fin, los mismos que se sujetaran a los derechos y obligaciones establecidos en el contrato de concesion unica y la ficha de inscripcion en el registro que forma parte de el; Que, mediante Informes Nºs. 219-2008-MTC/27 y 365-2008-MTC/27, la Direccion General de Concesiones en Comunicaciones, en el tramite del procedimiento iniciado con Expediente Nº 2007-036188, senalo que habiendose verificado el cumplimiento de los requisitos que establece la legislacion para otorgar la concesion unica solicitada para la prestacion de servicios publicos de telecomunicaciones en todo el territorio de la Republica del Peru, precisando que el primer servicio a prestar es el de distribucion de radiodifusion por cable en la modalidad de cable alambrico u optico, resulta procedente la solicitud formulada por la empresa TELEMUNDO INTERNACIONAL E.I.R.L.;

Que, asimismo mediante Informe Nº 1112-2008MTC/27 la Direccion General de Concesiones en Comunicaciones, concluye que corresponde emitir una nueva resolucion ministerial otorgando concesion unica para la prestacion de servicios publicos de telecomunicaciones en todo el territorio de la Republica del Peru; precisando que el primer servicio a prestar es el de distribucion de radiodifusion por cable en la modalidad de cable alambrico u optico, en aplicacion de lo dispuesto por la MORDAZA Disposicion Complementaria Final del Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 020-2007-MTC; Que, de acuerdo a la evaluacion favorable efectuada por la Direccion General de Concesiones en Comunicaciones sobre el cumplimiento de los requisitos para el otorgamiento de la concesion unica solicitada por la empresa TELEMUNDO INTERNACIONAL E.I.R.L., y habiendo cumplido esta con las condiciones establecidas en la MORDAZA Disposicion Complementaria Final del Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por el Decreto Supremo Nº 020-2007-MTC, corresponde emitir una nueva resolucion ministerial otorgando la concesion unica solicitada para la prestacion de servicios publicos de telecomunicaciones; De conformidad con lo dispuesto por el Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC y su modificatoria, el Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 020-2007-MTC, el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC, y el Texto Unico de Procedimientos Administrativos ­ MORDAZA del Ministerio, aprobado por Decreto Supremo N° 0082002-MTC y sus modificatorias; Con la opinion favorable del Director General de Concesiones en Comunicaciones y del Viceministro de Comunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar a la empresa TELEMUNDO INTERNACIONAL E.I.R.L., concesion unica para la prestacion de los servicios publicos de telecomunicaciones por el plazo de veinte (20) anos, en el area que comprende todo el territorio de la Republica del Peru; estableciendose como primer servicio a prestar, el servicio de distribucion de radiodifusion por cable en la modalidad de cable alambrico u optico. Articulo 2º.- Aprobar el contrato de concesion a celebrarse con la empresa TELEMUNDO INTERNACIONAL E.I.R.L., para la prestacion de los servicios publicos de telecomunicaciones, el que consta de veintiocho (28) clausulas que forma parte integrante de la presente resolucion. Articulo 3º.- Autorizar al Director General de Concesiones en Comunicaciones para que, en representacion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, suscriba el contrato de concesion que se aprueba en el articulo 2° de la presente resolucion, asi como, en caso cualquiera de las partes lo solicite, a firmar la elevacion a Escritura Publica del referido contrato y de las Adendas que se suscriban al mismo. Articulo 4º.- La concesion otorgada quedara sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio que el Ministerio emita el acto administrativo correspondiente, si el contrato de concesion no es suscrito por la empresa solicitante en el plazo MORDAZA de sesenta (60) dias habiles computados a partir de la publicacion de la presente resolucion. Dicho plazo es otorgado nuevamente y por unica vez, en aplicacion de lo dispuesto por la MORDAZA Disposicion Complementaria Final del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones. Para la suscripcion debera cumplir previamente con la MORDAZA de la carta fianza que asegure el inicio de operaciones. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA LOMBARDI Ministra de Transportes y Comunicaciones 299417-1

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