Norma Legal Oficial del día 14 de enero del año 2009 (14/01/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 76

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CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES
Ubicacion de la Estacion: Estudios

El Peruano MORDAZA, miercoles 14 de enero de 2009

Que, el articulo 16° de la Ley de Radio y Television, establece que las autorizaciones del servicio de radiodifusion se otorgan a solicitud de parte o por concurso publico. El concurso publico es obligatorio cuando la cantidad de frecuencias o MORDAZA disponibles en una banda es menor al numero de solicitudes presentadas; Que, mediante Resolucion Directoral N° 2601-2006MTC/17, se aprobo las Bases del Concurso Publico N° 02-2006-MTC/17, para el otorgamiento de autorizacion para prestar el servicio de radiodifusion sonora y por television, con finalidades educativa y comercial, en diversas localidades y bandas de frecuencias, entre las cuales se encuentra la banda de Onda Media (OM), en la localidad de Cutervo - Chota ­ MORDAZA MORDAZA ­ Bambamarca - San Miguel; Que, los dias 16 y 26 de febrero de 2007, se llevaron a cabo los Actos Publicos de: i) MORDAZA de Sobres Nºs 1, 2, 3 y 4 y Apertura de Sobres Nºs 1 y 2, ii) Apertura de los Sobres Nºs 3 y 4 y el Otorgamiento de la Buena Pro, respectivamente, para la autorizacion del servicio de radiodifusion sonora educativa en Onda Media (OM), en la localidad de Cutervo ­ Chota - MORDAZA MORDAZA ­ Bambamarca - San MORDAZA, departamento de MORDAZA, a don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA conforme se verifica del Acta de los referidos Actos Publicos; Que, en el numeral 25 de las Bases del Concurso Publico Nº 02-2006-MTC/17 se establecio que los adjudicatarios de la Buena Pro que postularon en la finalidad educativa no podran modificarla, ni cualquier condicion u obligacion referida a la misma, en virtud del trato preferencial otorgado en el mencionado concurso; Que, el articulo 19° del Reglamento de la Ley de Radio y Television, establece que la autorizacion para prestar el servicio de radiodifusion es concedida mediante Resolucion del Viceministro de Comunicaciones; Que, mediante Informe Nº 3635-2008-MTC/28, la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones, considera que don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA ha cumplido con las obligaciones previstas en el numeral 21 y demas disposiciones contenidas en las Bases del Concurso Publico Nº 02-2006-MTC/17, asi como con la MORDAZA de la documentacion tecnica y legal requerida, por lo que resulta procedente otorgar a la referida persona, la autorizacion y permiso solicitados; De conformidad con la Ley de Radio y Television ­ Ley Nº 28278, el Reglamento de la Ley de Radio y Television, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, las Bases del Concurso Publico N° 02-2006-MTC/17, el Decreto Supremo N° 038-2003-MTC, modificado por Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, que establece los Limites Maximos Permisibles de Radiaciones No Ionizantes en Telecomunicaciones, el Plan de Canalizacion y Asignacion de Frecuencias, aprobado por Resolucion Viceministerial Nº 232-2005-MTC/03, la Resolucion Ministerial Nº 358-2003-MTC/03 que aprueba las Normas Tecnicas del Servicio de Radiodifusion; y, Con la opinion favorable de la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar autorizacion a don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por el plazo de diez (10) anos, para prestar el servicio de radiodifusion sonora educativa en Onda Media (OM), en la localidad de Cutervo ­ Chota MORDAZA MORDAZA ­ Bambamarca - San MORDAZA, departamento de Cajamarca; de acuerdo a las condiciones esenciales y caracteristicas tecnicas que se detallan a continuacion: Condiciones Esenciales: Modalidad Frecuencia Finalidad : SERVICIO DE RADIODIFUSION SONORA EN ONDA MEDIA : 950 KHz : EDUCATIVA

: MORDAZA San MORDAZA N° 950, en el distrito de Bambamarca, provincia de Hualgayoc, departamento de Cajamarca.

Coordenadas Geograficas : Longitud Oeste : 78° 31' 16" Latitud Sur : 06° 40' 56" Planta : MORDAZA Los Libertadores, en el distrito de Bambamarca, provincia de Hualgayoc, departamento de Cajamarca.

Coordenadas Geograficas : Longitud Oeste : 78° 30' 36" Latitud Sur : 06° 40' 26" MORDAZA de Servicio : El area comprendida dentro del contorno de 62 dB V/m

La autorizacion otorgada incluye el permiso para instalar los equipos de radiodifusion correspondientes. El plazo de la autorizacion y permiso concedidos se computaran a partir del dia siguiente de notificada la presente Resolucion, la cual, ademas, sera publicada en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 2°.- En caso que, con posterioridad al otorgamiento de la presente autorizacion, se verifique que la planta transmisora de la respectiva estacion radiodifusora, se encuentre dentro de las zonas de restriccion establecidas en el articulo 84º del Reglamento de la Ley de Radio y Television, el titular procedera a su reubicacion, salvo que cuente con el permiso de la autoridad competente de tratarse de los supuestos previstos en los numerales 1), 4), 5) y 6) del referido articulo. Articulo 3°.- La autorizacion que se otorga, se inicia con un periodo de instalacion y prueba de doce (12) meses improrrogables, dentro del cual, el titular de la autorizacion debera cumplir con las obligaciones que a continuacion se indican: - Instalar los equipos requeridos para la prestacion del servicio conforme a las condiciones esenciales y a las caracteristicas tecnicas aprobadas en la presente autorizacion. - Realizar las respectivas pruebas de funcionamiento. - Los equipos instalados deberan contar con el respectivo Certificado de Homologacion. La respectiva inspeccion tecnica se efectuara de oficio hasta dentro de los tres (03) meses siguientes al vencimiento del mencionado periodo, y en la cual se verificara la correcta instalacion de la estacion, incluyendo la homologacion del equipamiento asi como el cumplimiento de las condiciones esenciales y caracteristicas tecnicas indicadas en el articulo 1º de la presente Resolucion. Sin perjuicio de lo MORDAZA indicado, el titular podra solicitar la realizacion de la inspeccion tecnica MORDAZA del vencimiento del periodo de instalacion y prueba otorgado. En caso de incumplimiento de las obligaciones MORDAZA mencionadas la autorizacion otorgada quedara sin efecto. De cumplir el titular con las obligaciones precedentemente mencionadas y a merito del informe tecnico favorable, la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones procedera a expedir la respectiva Licencia de Operacion. Articulo 4º.- El titular, dentro de los doce (12) meses de entrada en vigencia la autorizacion, en forma individual o conjunta, aprobara su Codigo de Etica y presentara MORDAZA del mismo a la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones o podra acogerse al Codigo de Etica aprobado por el Ministerio. Articulo 5º.- Dentro de los tres (03) meses de entrada en vigencia, la presente autorizacion, el titular debera presentar los Estudios Teoricos de Radiaciones No Ionizantes, los cuales seran elaborados por persona inscrita en el Registro de Personas Habilitadas para elaborar Estudios de Radiaciones No Ionizantes y de acuerdo con las normas emitidas para tal efecto. Corresponde a la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones aprobar los Estudios Teoricos de Radiaciones No Ionizantes que remita el titular de la presente autorizacion.

Caracteristicas Tecnicas: Indicativo Emision Potencia Nominal del Transmisor : OAM-2H : 10K0A3EGN : 1.0 KW.

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