Norma Legal Oficial del día 24 de enero del año 2009 (24/01/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

El Peruano MORDAZA, sabado 24 de enero de 2009

Que, mediante Opinion Tecnica Nº 004-2008-CREASSUTP, de fecha 11.12.2008, elaborada por el Centro de Servicios Electronicos y Ramas Afines (CREASS), de la Universidad Tecnologica del Peru, suscrita por su Gerente Tecnico, Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, y presentada por la empresa Entretenimientos del Centro S.A.C., mediante Expediente Nº 000870-2009-MINCETUR, de fecha 14.01.2009, se deja MORDAZA sobre la existencia de equipos de grabacion de video que presentan una medida de resolucion de 320 x 240 pixeles y una mejor compresion para las transmisiones de alta calidad; Que, en la mencionada opinion tecnica se precisa que la medida de resolucion de 320 x 240 pixeles corresponde al denominado: "Source Input Format" (SIF), sistema que emplea el codec H.264/MPEG4, superior al codec H.261 que utiliza el Common Intermediate Format (CIF), el cual permite la codificacion de datos multimedia para su adecuado uso en la WEB asi como en los dispositivos perifericos moviles; Que, la diferencia entre el sistema de video previsto en la Directiva MORDAZA indicada y el senalado en el considerando anterior, presenta una diferencia de 9% en la resolucion de la imagen obtenida, siendo que dicha diferencia resulta tecnicamente irrelevante y no puede ser percibida por el ser humano; Que, en ese sentido, de la revision de la mencionada Opinion Tecnica asi como del Informe Tecnico Nº 0102009-MINCETUR/VMT/DNT/DGJCMT/SADR-YGP, de fecha 19.01.2009, se advierte que el uso de un sistema de video con el formato de un (01) SIF para las grabaciones de las MORDAZA de juego de maquinas tragamonedas, no afecta las labores de control y fiscalizacion a cargo de la autoridad administrativa competente; Que, a fin de permitir una mejor implementacion del sistema de video en las MORDAZA de juegos de maquinas tragamonedas, corresponde se regule la posibilidad que dicho sistema de video pueda presentar una resolucion de imagen equivalente a la medida de tamano de cuadro de video SIF de 320 x 240 pixeles; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27153 y normas modificatorias, su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-2002-MINCETUR, estando a lo opinado en el Informe Legal Nº 012-2009-MINCETUR/ VMT/DGJCMT/SDAR e Informe Tecnico Nº 010-2009MINCETUR/VMT/DNT/DGJCMT/SADR-YGP; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Autorizar el uso de los sistemas de video digitales que permitan una resolucion de imagen de 320 x 240 pixeles a la medida de tamano de cuadro de video: "Source Input Format" (SIF), unicamente para su instalacion y funcionamiento en las MORDAZA de juegos de maquinas tragamonedas, debiendo los administrados cumplir con las demas condiciones de uso y funcionamiento de los sistemas de video a que se refiere el Decreto Supremo Nº 009-2002-MINCETUR y la Directiva Nº 003-2007-MINCETUR/VMT/DGJCMT, aprobada mediante Resolucion Directoral Nº 200-2007MINCETUR/VMT/DGJCMT. Articulo 3º.- La presente Resolucion Directoral entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese MORDAZA SAN MORDAZA MORDAZA Director General de Juegos de Casino y Maquinas Tragamonedas

Que, mediante Resolucion Suprema Nº 070-2008-EF del 27 de agosto de 2008 se designo a la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Origgi como Superintendente Nacional de Administracion Tributaria; Que, la citada funcionaria ha formulado renuncia al cargo que venia desempenando, por lo que resulta conveniente aceptar la referida renuncia; Que, resulta conveniente aceptar la renuncia presentada por la citada funcionaria y encargar las funciones de Superintendente Nacional de Administracion Tributaria al senor MORDAZA MORDAZA Posada Ugaz, Superintendente Nacional Adjunto de la Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas, en adicion a sus funciones, mientras se designe al titular del cargo; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594 y la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aceptar la renuncia formulada por la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Origgi como Superintendente Nacional de Administracion Tributaria, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Articulo 2º.- Encargar al senor MORDAZA MORDAZA Posada Ugaz, Superintendente Nacional Adjunto de la Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas, las funciones de Superintendente Nacional de Administracion Tributaria, en adicion a sus funciones, mientras se designe al titular del cargo. Articulo 3º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Economia y Finanzas. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA UGARTE Ministro de Economia y Finanzas

305132-1

Excluyen tierras eriazas de los alcances del Articulo 3º de la R.S. Nº 066-2000AG y del Articulo 1º de la R.S. Nº 3972001-EF
RESOLUCION SUPREMA Nº 013-2009-EF
MORDAZA, 23 de enero de 2009 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Suprema Nº 066-2000-AG publicada el 12 de MORDAZA de 2000, se aprobaron los planos definitivos y memorias descriptivas de 10,945.07 hectareas de tierras eriazas de libre disponibilidad, ubicadas en los distritos de MORDAZA, Vegueta y Pativilca, provincias de Huaura y Barranca, departamento de Lima; disponiendo asimismo, entre otros, la remision de los actuados a la Comision de Promocion de la Inversion Privada - COPRI (actualmente, Agencia de Promocion de la Inversion Privada - PROINVERSION) a fin de proceder a la venta o concesion de dichas tierras mediante subasta publica; Que, mediante Resolucion Suprema Nº 397-2001-EF publicada el 28 de MORDAZA de 2001, se ratifico el acuerdo adoptado por la Comision de Promocion de la Inversion Privada - COPRI (actualmente PROINVERSION), conforme al cual (i) se aprobo el Plan de Promocion de la Inversion Privada a ser ejecutado en 13,019.48 hectareas de tierras eriazas de libre disponibilidad, ubicadas en MORDAZA (12,841.48 hectareas) y MORDAZA (178.00 hectareas); y (ii) se dispuso que la modalidad aplicable a dicho MORDAZA es la mencionada en el literal a) del Articulo 2º del Decreto Legislativo Nº 674, esto es, la venta de las tierras en subasta publica; encontrandose comprendidas en dicho Plan de Promocion las tierras eriazas referidas en el considerando anterior; Que, la Unidad Catastral Nº 90401 de 9,283.15 hectareas, correspondiente al predio denominado "Medio Mundo", ubicado en los distritos de Supe y Vegueta,

303981-1

ECONOMIA Y FINANZAS
Aceptan renuncia y encargan funciones de Superintendente Nacional de Administracion Tributaria
RESOLUCION SUPREMA Nº 012-2009-EF
MORDAZA, 23 de enero de 2009

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