Norma Legal Oficial del día 24 de enero del año 2009 (24/01/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

El Peruano MORDAZA, sabado 24 de enero de 2009

NORMAS LEGALES

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N° 151-2008-INPE-09.01-CPPAD, de fecha 26 de noviembre de 2008, que fue recibida en su domicilio por su hermana MORDAZA MORDAZA MORDAZA y obra en el expediente a fojas (107), tomo conocimiento de la instauracion del MORDAZA administrativo disciplinario, no ha hecho uso de su derecho de defensa, por lo mismo subsiste la imputacion formulada, al haber incumplido con su accionar lo previsto en el inciso i) del articulo 53° del "Reglamento de Control de Asistencia y Permanencia de los Servidores y Funcionarios del INPE", asi como lo establecido en el inciso c) del articulo 21° del Decreto Legislativo N° 276, Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico; Que, el procesado MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Agente Penitenciario del Establecimiento Penitenciario de Callao, a pesar de que mediante Notificacion N° 1502008-INPE-09.01-CPPAD, efectuada adecuadamente en su domicilio, el 06 de diciembre de 2008 y que obra en el expediente a fojas (112), tomo conocimiento de la instauracion del MORDAZA administrativo disciplinario, presento documentacion extemporanea, sin haber hecho uso de su derecho de defensa, en el plazo previsto en el articulo 15° del Reglamento Normativo de Procesos Administrativos Disciplinarios del Instituto Nacional Penitenciario, aprobado por Resolucion Presidencial del INPE N° 586-2005-INPE/P de fecha 03 de noviembre de 2005, por lo mismo subsiste la imputacion formulada, al haber incumplido con su accionar lo previsto en el inciso i) del articulo 53° del "Reglamento de Control de Asistencia y Permanencia de los Servidores y Funcionarios del INPE", asi como lo establecido en el inciso c) del articulo 21° del Decreto Legislativo N° 276, Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico; 4. RESPONSABILIDADES: Que, se encuentra acreditado, que los servidores EDGARD MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, del Establecimiento Penitenciario de Callao, de la Oficina Regional MORDAZA, han incumplido lo establecido en el inciso i) del articulo 53° del "Reglamento de Control de Asistencia y Permanencia de los Servidores y Funcionarios del INPE", aprobado por Resolucion Presidencial N° 430-2008-INPE/P, de fecha 31 de MORDAZA de 2008, asi como lo establecido en el inciso c) del articulo 21° del Decreto Legislativo N° 276, Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, incurriendo en falta administrativa de caracter disciplinaria tipificada en el inciso k) del articulo 28° del acotado dispositivo legal; Estando a lo informado por la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios y contando con las visaciones de los miembros del Consejo Nacional Penitenciario y de la Oficina de Asesoria Juridica, y ; De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo N° 276, Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 005-90-PCM, Decreto Supremo N° 009-2007-JUS, Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional Penitenciario, y Resoluciones Supremas N° 051-2008-JUS, N° 113-2008JUS y N° 205-2008-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1°.IMPONER, la sancion disciplinaria de DESTITUCION al servidor EDGARD MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Agente de Seguridad Penitenciaria, nivel STF, del Establecimiento Penitenciario de Callao, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2°.IMPONER, la sancion disciplinaria de DESTITUCION al servidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Agente de Seguridad Penitenciaria, nivel STF, del Establecimiento Penitenciario de Callao, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 3°.- Las sanciones disciplinarias se ejecutaran una vez que MORDAZA quedado agotada la via administrativa, conforme a lo establecido en el numeral 237.2 del articulo 237° de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. Arti culo 4°.- NOTIFIQUESE, la presente resolucion a los servidores MORDAZA mencionados, a traves de la Unidad de Recursos Humanos y a las instancias pertinentes, para los fines de ley. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CAPARROS MORDAZA Presidente Consejo Nacional Penitenciario

Exoneran de MORDAZA de seleccion la adquisicion de alimentos preparados para ingresantes al INPE e instructores
RESOLUCION PRESIDENCIAL INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO Nº 018-2009-INPE/P
MORDAZA, 19 de enero de 2009 VISTO, el Informe Tecnico Nº 001-2009-INPE/09 de fecha 19 de enero de 2009, de la Oficina General de Administracion del INPE, por el cual solicita que se declare en situacion de desabastecimiento inminente la adquisicion de alimentos preparados para ingresantes al INPE e instructores, Informe Nº 007-2009-INPE/08 de fecha 19 de enero de 2009, de la Oficina General de Asesoria Juridica del Instituto Nacional Penitenciario. CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 29276, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 04 de noviembre de 2008, se exceptuo al Instituto Nacional Penitenciario durante el ano fiscal 2008, de la prohibicion de ingreso de personal dispuesto en el articulo 7º de la Ley Nº 29142, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el ano fiscal 2008, con el objeto de nombrar trescientos cuarenta y tres (343) nuevos agentes penitenciarios de seguridad, asi como nombrar ciento veintisiete (127) profesionales para el tratamiento penitenciario, previo concurso publico, para el MORDAZA de admision y formacion a traves del Centro Nacional de Estudios Criminologicos y Penitenciarios ­ CENECP; Que, en observancia al dispositivo legal MORDAZA indicado, el Instituto Nacional Penitenciario a traves de la Resolucion Presidencial Nº 643-2008-INPE/P de fecha 04 de noviembre de 2008, designo a los miembros de la Comision encargada de realizar el MORDAZA de Admision ­ Convocatoria y Seleccion de los postulantes al Concurso Publico, el mismo que ha culminado con el nombramiento de los ingresantes al Instituto Nacional Penitenciario; Que, mediante Oficio N° 043-2008-INPE/CPA-2008 de fecha 11 de diciembre de 2008, la Comision de Procesos de Admision del CENECP remite la cantidad de raciones posibles por atender. Asimismo, mediante los Oficios N° 342-2008-INPE/16 de fecha 30 de diciembre de 2008 y Nº 001-2008-INPE/16 de fecha 02 de enero de 2009, el Director General del CENECP remite a la Oficina General de Administracion del INPE las Especificaciones Tecnicas del Menu para los ingresantes (343 agentes y 127 profesionales) al Instituto Nacional Penitenciario, asi como de los quince (15) instructores que se encargaran de la capacitacion y formacion en el CENECP; Que, mediante Informe N° 004-2009-INPE/09.03.01 de fecha 12 de enero de 2009, la Unidad de Logistica de la Oficina General de Administracion procedio a realizar las indagaciones y estudios de MORDAZA, para lo cual considero las dosificaciones de alimentos y las especificaciones tecnicas, determinandose asi el valor referencial; Que, en tal sentido, mediante Resolucion Directoral N° 001-2009-INPE/OGA de fecha 13 de enero de 2009, se aprobo el Plan Anual de Contrataciones y Adquisiciones del Estado para el ano fiscal 2009 de la Unidad Ejecutora 001 ­ Sede Central Administracion MORDAZA del Instituto Nacional Penitenciario correspondiente, en el cual se encuentra incluido el MORDAZA de seleccion para la "Adquisicion de Suministro de Alimentos Preparados para el Personal Ingresante al Centro Nacional de Estudios Criminologicos Penitenciarios ­ CENECP del INPE"; Que, por error involuntario no se consigno a los instructores, por lo que mediante Resolucion Directoral Nº 005-2009-INPE/OGA de fecha 19 de enero de 2009 se subsano dicha omision, denominandose el MORDAZA "Adquisicion de alimentos preparados para ingresantes al INPE e instructores, conforme se colige del Plan Anual del Instituto Nacional Penitenciario del 2009 ­ Version 2; Que, mediante Informe Tecnico Nº 001-2009-INPE/09 de fecha 19 de enero de 2009, la Oficina General de Administracion de la Sede Central del INPE, indica que la adquisicion de alimentos preparados para ingresantes al INPE e instructores asciende a trescientos treinta y cinco mil setecientos con 00/100 nuevos soles (S/. 335 700,00), el cual, por el monto corresponde realizar un MORDAZA de seleccion de Adjudicacion Directa Publica; Que, asimismo, senala que el desarrollo del citado MORDAZA de seleccion compromete plazos que superan el inicio de la formacion y capacitacion de los ingresantes al CENECP, los cuales inician sus actividades y formacion el 19 de enero

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