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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE ENERO DEL AÑO 2009 (24/01/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 12

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 24 de enero de 2009 389182 INTERIOR Modifican artículo de la R.M. N° 0804- 97-IN/011100000000 RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 052-2009-IN/1101 Lima, 22 de enero del 2009 CONSIDERANDO: Que, mediante el artículo 2° de la Resolución Ministerial N° 0804-97-IN/01100000000 de fecha 19 de septiembre de 1997, quedó establecido que el depósito del dinero incautado por Tráfi co Ilícito de Drogas en todas sus modalidades, tanto en moneda nacional como en moneda extranjera, se efectúe a las Cuentas Corrientes N° 0000-246433 y N° 6-000-026415, del Banco de la Nación a cargo del Tesoro Público; Que, tomando en consideración el incremento progresivo de las incautaciones en moneda extranjera con denominación EURO, que realiza la Policía Nacional del Perú, la Ofi cina Ejecutiva de Control de Drogas, mediante Ofi cio N° 4243- 2007-IN/1104 del 23 de julio de 2007, sobre la base de la información proporcionada por el Banco de la Nación, solicitó la creación de una cuenta corriente a efecto que las unidades policiales intervinientes puedan depositar en cuenta las incautaciones en dicha moneda, cuyo dinero se encuentra internado en la Bóveda de Seguridad del Banco de la Nación en la modalidad de Certifi cado de Depósito en Custodia; Que, la Dirección Nacional del Tesoro Público, mediante Ofi cio N° 2964-2007-EF/77.17 del 06 de agosto de 2007, comunicó la apertura de la cuenta corriente en EUROS N° 06-000-032652 “MEFDNTP Incautaciones por Narcotráfi co”; por lo que resulta necesario dictar disposiciones para el depósito de dinero incautado de esta denominación en el Banco de la Nación; y, De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 370 — Ley del Ministerio del Interior, aprobado mediante Decreto Supremo N° 003-2004-IN, y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2005-lN; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Modifi car el artículo 2° de la Resolución Ministerial N° 0804-97-IN/011100000000 fecha 19 de setiembre de 1997, en el extremo que alude a la Cuenta Corriente en Moneda del Banco de la Nación, el mismo que tendrá el texto siguiente: Los depósitos de dinero incautados por delito contra la Salud Pública - Tráfi co Ilícito de Drogas en todas sus modalidades y delito de Lavado de Activos proveniente del Tráfi co Ilícito de Drogas, tanto en moneda nacional como en moneda extranjera, se efectuarán a las siguientes cuentas del Banco de la Nación a cargo del Tesoro Público: - Moneda Nacional: Cuenta Corriente N° 0000 246433 - Moneda Extranjera Dólares Cuenta Corriente N° 6-000-026415 Euros Cuenta Corriente N° 06-000-032652 Artículo 2°.- El dinero en moneda extranjera con denominación EURO, que se encuentra internado en la Bóveda de Seguridad del Banco de la Nación en Certifi cados de Depósito en Custodia, será ingresado a la Cuenta Corriente N° 06-000-032652. Artículo 3°.- La Ofi cina Ejecutiva de Control de Drogas efectuará las coordinaciones con las autoridades competentes para garantizar el cumplimiento de las disposiciones contenidas en la presente resolución, Artículo 4°.- Remitir copia de la presente resolución a la Dirección Nacional del Tesoro Público, Banco de la Nación, Dirección General de la Policía Nacional del Perú, Ministerio Público y Poder Judicial para los fi nes consiguientes. Regístrese, comuníquese y publíquese REMIGIO HERNANI MELONI Ministro del Interior 304615-1 JUSTICIA Aprueban Metas e Indicadores de Desempeño del Sector Justicia del año 2009 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0013-2009-JUS Lima, 23 de enero de 2009 Visto el proyecto de Metas e Indicadores de Desempeño del Sector Justicia 2009, propuesto por la Ofi cina General de Economía y Desarrollo del Ministerio de Justicia; CONSIDERANDO: Que, el artículo 3º de la Ley Orgánica del Sector Justicia, Decreto Ley Nº 25993, dispone que el Sector Justicia comprende el Ministerio de Justicia, los organismos públicos, las dependencias regionales competentes en la materia y las personas naturales y jurídicas dedicadas a las actividades propias del Sector; Que, mediante el artículo 10º literal a) del Decreto Supremo Nº 019-2001-JUS, se establece entre las funciones del Ministerio de Justicia, aprobar, dirigir, supervisar y evaluar el cumplimiento de la política nacional del Sector, en armonía con la política general del Estado y los planes de Gobierno; Que, el Decreto Supremo Nº 027-2007-PCM de 22 de marzo de 2007 defi ne y establece las Políticas Nacionales de obligatorio cumplimiento para las entidades del gobierno nacional, a fi n que el conjunto de instituciones y funcionarios públicos impulsen su promoción y ejecución en adición al cumplimiento de las políticas sectoriales; Estando a lo informado con el documento de visto y con las visaciones de la Ofi cina General de Economía y Desarrollo y la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en los Artículos 2º y 8º del Decreto Ley Nº 25993, Ley Orgánica del Sector Justicia, Artículo 10º del Reglamento de Organización y Funciones aprobado mediante Decreto Supremo Nº 019-2001-JUS, y en el Artículo 3º del Decreto Supremo Nº 027-2007-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar las Metas e Indicadores de Desempeño del Sector Justicia del año 2009, documento que forma parte de la presente Resolución. Artículo 2º.- El cumplimiento de las Metas e Indicadores 2009, será de responsabilidad de los Jefes y/o Directores de las Dependencias Orgánicas del Ministerio de Justicia y de los Organismos Públicos del Sector. Artículo 3º.- La Ofi cina General de Economía y Desarrollo del Ministerio de Justicia, se encargará de elaborar los informes evaluativos correspondientes, para lo cual los organismos públicos del Sector Justicia y los órganos del Ministerio de Justicia inmersos en su cumplimiento, remitirán la evaluación de la ejecución de metas e indicadores de las Políticas Nacionales, a más tardar a los 15 días de culminados los semestres correspondientes. Artículo 4º.- Disponer la publicación de las Metas e Indicadores de Desempeño del Sector Justicia 2009 en la página web del Ministerio de Justicia. Regístrese, comuníquese y publíquese. ROSARIO DEL PILAR FERNANDEZ FIGUEROA Ministra de Justicia 305106-1 MUJER Y DESARROLLO SOCIAL Dan por concluida designación y designan Presidente del Directorio de la Sociedad de Beneficencia de Lima Metropolitana RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 024-2009-MIMDES Lima, 23 de enero de 2009